Ayuda para alquiler, hipoteca y energía en Bergondo
Hasta 300€ al mes para alquiler o hipoteca y hasta 400€ para gastos de energía
Lo que significa
- Qué es
- Ayuda municipal por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Bergondo para pagar el alquiler, la hipoteca y facturas de energía.
- Para quién
- Familias vulnerables de Bergondo que viven de alquiler o pagan un préstamo hipotecario por su vivienda habitual.
- Cuánto
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- Dos ayudas compatibles: una para la vivienda y otra para la energía
Las dos ayudas son compatibles entre sí.Ayuda Importe máximo Límite Alquiler o préstamo hipotecario de la vivienda habitual Hasta 300€ al mes, sin superar la cuota mensual del contrato o del préstamo Máximo tres mensualidades de 2026 Gastos de consumo energético Hasta 400€ Máximo cuatro facturas del consumo de 2026
- Dos ayudas compatibles: una para la vivienda y otra para la energía
- Qué cubre
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- Alquiler o cuota del préstamo hipotecario de tu vivienda habitual (hasta tres mensualidades de 2026)
- Facturas de energía eléctrica y/o térmica del consumo de 2026 (hasta cuatro)
- Requisitos
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- Eres mayor de edad y tienes nacionalidad española o residencia legal en España
- Eres titular, como inquilino, de un contrato de alquiler o de un préstamo hipotecario de una vivienda en Bergondo
- La vivienda es tu residencia habitual y todos sus miembros llevan al menos seis meses empadronados en ella
- Los ingresos de 2025 de tu unidad de convivencia no superan el límite de la convocatoria
Con carácter general, 2 anualidades del IPREM vigente (16.800€). El límite sube a 3 anualidades del IPREM vigente (25.200€) para familias numerosas, monoparentales, con personas mayores a cargo, con personas con discapacidad a cargo, familias acogedoras y familias víctimas de violencia de género. Se suma la base imponible general y del ahorro de la declaración de la renta de 2025 de todos los miembros. Si vuestros ingresos se redujeron en más de un 50%, podéis pedir de forma excepcional que se tenga en cuenta la situación económica actual.
- Ni tú ni nadie de tu unidad de convivencia es propietario o usufructuario de una vivienda en España (o de una segunda vivienda si pides la ayuda a la hipoteca)
No cuenta si el derecho es solo sobre una parte de la vivienda obtenida por herencia o transmisión sin testamento. Tampoco si no puedes disponer de ella por separación, divorcio u otra causa ajena a tu voluntad, o si es inhabitable o inaccesible por discapacidad de algún miembro.
- Si pides la ayuda al alquiler, no tienes parentesco de primer o segundo grado, por consanguinidad o afinidad, con el arrendador
- Obligaciones
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- Presenta la justificación de los pagos junto con la solicitud, porque la ayuda es retroactiva
- Si te lo piden, corrige la solicitud o aporta los documentos en diez días hábiles; si no, se entiende que desistes
- Aporta los datos, documentos o aclaraciones adicionales que te pida el ayuntamiento
- Indica una cuenta bancaria de la que seas titular para recibir el pago por transferencia
- Cuándo
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- Abre: 19 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 2 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Vives de alquiler en una vivienda de Bergondo
- Pagas un préstamo hipotecario por tu vivienda en Bergondo
- Has pagado facturas de consumo energético de 2026
- Los ingresos de 2025 de tu hogar no superan 16.800€ (25.200€ si sois familia numerosa, monoparental, con mayores o personas con discapacidad a cargo, acogedora o víctima de violencia de género)
- Tus ingresos se han reducido en más de un 50%
- Eres menor de edad
- No llevas al menos seis meses empadronado en la vivienda
- Pides la ayuda al alquiler y tienes una vivienda en propiedad en España
- Pides la ayuda a la hipoteca y tienes una segunda vivienda
- Tu arrendador es familiar tuyo en primer o segundo grado
Cuánto puedes recibir
Para el alquiler o la hipoteca de tu vivienda habitual recibes hasta 300€ al mes, sin superar nunca la cuota mensual de tu contrato o préstamo, durante un máximo de tres mensualidades de 2026. Para los gastos de consumo energético recibes hasta 400€, con un máximo de cuatro facturas del consumo de 2026. Puedes pedir las dos ayudas porque son compatibles, y si se agota el dinero la prioridad y la cuantía dependen de tus ingresos en relación con tu límite de ingresos. El pago se hace por transferencia bancaria a tu cuenta.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación, incluidos los justificantes de pago del alquiler o la hipoteca y de las facturas de energía
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Rellena la solicitud con el modelo oficial (Anexo)
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Preséntala, preferentemente, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Bergondo, como tarde el 31 de octubre de 2026
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Si prefieres hacerlo en persona, pide cita previa al Registro municipal por teléfono o correo electrónico
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Si el ayuntamiento te lo requiere, corrige la solicitud o aporta los documentos en diez días hábiles
Documentación necesaria
- Solicitud según el modelo oficial (Anexo)
- Fotocopia del DNI de la persona que presenta la solicitud y es titular del contrato de alquiler o del préstamo hipotecario
- Fotocopia del contrato de alquiler o del préstamo hipotecario, según el caso
- Fotocopia de la declaración de la renta del ejercicio 2025
- Certificado de una cuenta bancaria de la que seas titular
- Justificante bancario del pago del alquiler o del préstamo de las mensualidades que pides (si es un recibo, debe identificar al arrendador, al inquilino y la vivienda, la cantidad pagada, el mes y que está pagado)
- Justificante del pago de las facturas de consumo energético que pides
- Si es tu caso, justificación de la reducción de ingresos en más de un 50%
- Si no autorizas la consulta, justificante de empadronamiento colectivo
- Declaración responsable de que nadie de tu unidad de convivencia es propietario o usufructuario de una vivienda en España (o de una segunda vivienda si pides la ayuda a la hipoteca)
- Declaración responsable de que nadie de tu unidad de convivencia tiene parentesco de primer o segundo grado con el arrendador
- Declaración responsable de que todos los datos de la solicitud son ciertos
- Cualquier otra documentación necesaria para acreditar que cumples los requisitos