Ayudas para extraescolares y deporte en Vilassar de Dalt
Entre el 50% y el 70% del coste de tu actividad extraescolar, con tope de 350€
Lo que significa
- Qué es
- Ayuda por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Vilassar de Dalt para actividades deportivas, extraescolares, lúdicas o creativas
- Para quién
- Menores de entre 3 y 17 años de Vilassar de Dalt; la solicitan sus madres, padres, tutores o personas que tienen su guarda
- Cuánto
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- Entre el 50% y el 70% del coste de la actividad según tu puntuación, con tope de 350€
Tope máximo de ayuda de 350€ por la actividad solicitada. La puntuación máxima del baremo es de 56 puntos.Puntuación en el baremo Ayuda Entre 6 y 8 puntos 50% del coste total de la actividad Entre 9 y 29 puntos 60% del coste total de la actividad 30 puntos o más 70% del coste total de la actividad
- Entre el 50% y el 70% del coste de la actividad según tu puntuación, con tope de 350€
- Qué cubre
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- La inscripción en una actividad deportiva, extraescolar de ocio, lúdica o creativa
- La asistencia a esa actividad durante el curso 2026-27
- Requisitos
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- El menor tiene entre 3 y 17 años y está empadronado en Vilassar de Dalt
- Solicitas como madre, padre, tutor o persona encargada temporalmente de su guarda, y lo acreditas
- El menor está inscrito en una actividad deportiva, extraescolar de ocio, lúdica o creativa, preferentemente en una entidad de Vilassar de Dalt
- Los ingresos de tu unidad familiar no superan los umbrales de renta fijados en las bases
El umbral suma 13.861,50€ por el primer adulto, 6.930,70€ por el segundo y cada otro adulto, y 4.158,45€ por cada menor. Se tienen en cuenta los ingresos familiares del año fiscal inmediatamente anterior.Adultos 1 menor 2 menores 3 menores 4 menores 5 menores 1 adulto 18.019,95€ 22.178,40€ 26.336,88€ 30.495,36€ 34.653,81€ 2 adultos 24.950,65€ 29.109,10€ 33.267,55€ 37.426,00€ 41.584,45€ - Tu familia está al corriente de sus obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Vilassar de Dalt, con la Seguridad Social y con otras administraciones
- En casos excepcionales, Servicios Sociales puede proponer la ayuda aunque no cumplas estos requisitos, mediante un informe motivado
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Si el menor cambia de actividad, comunícalo por escrito en el Registro General del ayuntamiento
- Si la nueva actividad cuesta más, tu familia paga la diferencia: la ayuda nunca supera lo concedido al principio
- Justifica la ayuda como máximo el 30 de septiembre de 2027 con la factura o recibo que emite la entidad a nombre de la persona beneficiaria
- La factura debe indicar la actividad, su coste, el nombre del padre, madre o tutor y el número de cuenta de la entidad
- Si no justificas adecuadamente, tendrás que devolver la cantidad recibida
- Mantén al menor empadronado en Vilassar de Dalt: el cambio de municipio puede suponer perder la ayuda
- Cuándo
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- Abre: 8 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 29 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres madre, padre o tutor de un menor de entre 3 y 17 años
- El menor está empadronado en Vilassar de Dalt
- El menor está inscrito en una actividad deportiva o extraescolar de ocio
- Los ingresos de tu familia no superan los umbrales de renta de las bases
- Tu familia tiene seguimiento de los Servicios Sociales del ayuntamiento
- El menor no tiene entre 3 y 17 años
- El menor no está empadronado en Vilassar de Dalt
- Tu familia no está al corriente con Hacienda municipal o la Seguridad Social
- Tu renta familiar supera los umbrales, salvo propuesta de Servicios Sociales
Cuánto puedes recibir
Recibes entre el 50% y el 70% del coste total de la actividad elegida, según la puntuación que obtengas en el baremo (situación económica, situación familiar y valoración de Servicios Sociales, hasta 56 puntos). La ayuda tiene un tope máximo de 350€ por la actividad solicitada. El dinero no te lo ingresan a ti: una vez presentada la justificación, el ayuntamiento lo transfiere a la cuenta de la entidad o club donde se hace la actividad.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Inscribe o preinscribe al menor en la actividad y pide la hoja de inscripción con el precio y el nombre y CIF de la entidad
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Rellena la solicitud y los anexos con los datos y las firmas de los miembros de la unidad familiar con ingresos
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Presenta la solicitud con la documentación en la web del ayuntamiento o en la Oficina de Atención Ciudadana (OAC)
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Si te piden completar la documentación, apórtala en un plazo de 10 días hábiles
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Consulta la resolución, que se publica en la web municipal y en el tablón de anuncios
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Justifica la actividad como máximo el 30 de septiembre de 2027 con la factura o recibo de la entidad
Documentación necesaria
- Hoja de solicitud (Anexo 1)
- Información de los hijos e hijas que conviven en la unidad familiar (Anexo 2)
- Declaración jurada de ingresos de la unidad familiar (Anexo 3)
- Autorización para obtener datos de otras administraciones (Anexo 4)
- Hoja de inscripción o preinscripción en la actividad, con su precio y el nombre y CIF de la entidad o club
- Libro de familia y DNI, NIE o pasaporte de todos los miembros de la unidad familiar
- Justificantes de ingresos de los últimos 6 meses: certificado INEM, nóminas, última declaración de la renta, certificado de RMI, pensión, etc.
- Documentación que acredite que eres madre, padre, tutor o guardador del menor
- Si es tu caso: carné de familia numerosa o monoparental, certificado de familia de acogida, certificado de discapacidad, dictamen del equipo de asesoramiento psicopedagógico o documentación de separación o divorcio
- Si no autorizas la consulta de datos: certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias con el ayuntamiento y otras administraciones