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Ayudas Claras
Subvenciones Badajoz Económico
Económico Badajoz Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a sociedades de cazadores de Badajoz para caza menor

Hasta 8.000€ por proyecto para recuperar la caza menor en cotos sociales de Badajoz

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva de la Diputación de Badajoz para recuperar las poblaciones de caza menor en cotos sociales
Para quién
Sociedades locales de cazadores de la provincia de Badajoz titulares de cotos sociales de caza
Cuánto
Hasta 8.000€ por proyecto (IVA incluido), hasta el 100% del coste de las actuaciones
Qué cubre
  • Recuperación y mejora de hábitats de especies de caza menor
  • Conservación y reproducción de especies de caza menor
  • Repoblaciones debidamente autorizadas para reforzar las poblaciones
Requisitos
  • Tu sociedad local de cazadores tiene su sede en la provincia de Badajoz

    Se acredita con una certificación emitida por el secretario o la secretaria de la sociedad local.

  • Eres titular de un coto social de caza autorizado por la consejería competente de la comunidad autónoma

    Se acredita con un documento del órgano competente en materia de caza que certifique o informe que la sociedad es titular del coto social y que no tiene suspendidos sus aprovechamientos cinegéticos.

  • Tu coto social no tiene suspendidos sus aprovechamientos cinegéticos
  • Estás al corriente de tus obligaciones con la Diputación Provincial de Badajoz
  • Presentas un único proyecto que agrupa todas las actuaciones en un solo coto social del que seas titular
  • Todas las actuaciones se realizan dentro de la provincia de Badajoz
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta y paga las actuaciones entre la fecha de la resolución y el 15 de septiembre de 2027
  • Antes de empezar cada actuación, ten todas las licencias, permisos y autorizaciones necesarias y, si los terrenos no son de tu sociedad, la autorización expresa del propietario
  • Presenta la justificación técnica y económica como tarde el 15 de octubre de 2027, por la sede electrónica
  • Acredita todos los gastos con facturas y sus justificantes de pago
  • Avisa a la Diputación del inicio de cada actuación con al menos cinco días hábiles de antelación y comunica su fin en un máximo de cinco días hábiles (Anexo XI)
  • Permite las comprobaciones e inspecciones, con acceso a los terrenos e instalaciones de las actuaciones
  • Mantén las actuaciones en uso durante el plazo mínimo que fija el Anexo I para cada una
  • Difunde que la actividad está subvencionada por la Diputación de Badajoz, con su imagen corporativa, y coloca en un lugar visible del coto, preferentemente en la entrada principal, un cartel de las actuaciones con el logotipo de la Diputación
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una sociedad local de cazadores con sede en la provincia de Badajoz
  • Tu sociedad es titular de un coto social de caza autorizado
  • Quieres mejorar los hábitats de caza menor de tu coto
  • Quieres favorecer la reproducción de especies de caza menor
  • Planeas repoblaciones autorizadas para reforzar poblaciones de caza menor
  • Tu coto social tiene suspendidos sus aprovechamientos cinegéticos
  • Tu sociedad no tiene su sede en la provincia de Badajoz
  • Las actuaciones se harían fuera de la provincia de Badajoz
  • Quieres repartir las actuaciones entre varios cotos
  • Otra ayuda ya financia esas mismas actuaciones en las mismas zonas del coto

Cuánto puedes recibir

Puedes recibir hasta 8.000€ por proyecto, IVA incluido, y la subvención puede llegar al 100% del coste de las actuaciones. La cantidad se limita a lo que solicites y se descuentan los gastos presupuestados que no sean subvencionables. Solo cuentan los gastos de ejecución material directa de las actuaciones; quedan fuera los impuestos indirectos que puedas recuperar o compensar.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la certificación de sede de tu sociedad y el documento que acredita la titularidad del coto social

  2. Entra en la sede electrónica de la Diputación de Badajoz con el certificado digital de representación del representante legal

  3. En los trámites de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo, elige la solicitud de esta subvención

  4. Rellena los datos de la entidad, del representante legal y el formulario de solicitud

  5. Adjunta los anexos y demás documentos que pide la convocatoria

  6. Verifica los datos, firma y finaliza en los 20 días naturales siguientes a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Provincia

Documentación necesaria

  • Solicitud de subvención (Anexo II)
  • Certificación del secretario o secretaria de la sociedad local que acredita la sede en la provincia de Badajoz
  • Documento del órgano competente en materia de caza que certifique que la sociedad es titular del coto social y que no tiene suspendidos sus aprovechamientos cinegéticos
  • Declaración responsable del representante legal de que la sociedad cumple los requisitos y obligaciones para ser beneficiaria (Anexo III)
  • Proyecto de inversiones (Anexo IV): datos de la sociedad y del coto, plano del coto en SIGPAC o similar, plazo de ejecución previsto y presupuesto de cada actuación
  • Explicación detallada de cada actuación solicitada (Anexo V), con plano SIGPAC o similar y fotografías en color georreferenciadas y fechadas de cada ubicación
  • Copia del CIF de la sociedad
  • Alta o modificación en el registro de terceros de la Diputación, solo si tu sociedad no está inscrita o ha cambiado sus datos bancarios
  • Certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, solo si no autorizas a la Diputación a consultarlos

Preguntas frecuentes

¿Puede mi sociedad presentar más de una solicitud?
No. Solo se admite un proyecto por entidad, con todas las actuaciones en un único coto social del que sea titular. Si presentas más de una solicitud, solo se tiene en cuenta la última registrada dentro del plazo.
¿Es compatible con otras ayudas?
No es compatible con otras ayudas que financien las mismas actuaciones en las mismas ubicaciones o superficies del mismo coto. Sí lo es con ayudas para otras actuaciones, para las mismas actuaciones en otras zonas del coto o en otros años, o en un coto diferente.
¿Qué pasa si a mi solicitud le falta documentación?
La Diputación te lo pedirá a través de la sede electrónica y tendrás diez días hábiles para corregirlo. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de la solicitud.
¿Puedo contratar a una empresa para hacer las actuaciones?
Sí. Se permite subcontratar hasta el 100 % de las actuaciones, salvo que la subcontratación encarezca las actividades sin aportarles valor añadido.
¿Cuándo se resuelve la convocatoria?
La resolución se dicta en un plazo máximo de 3 meses desde que termina el plazo de solicitudes y se publica en el Boletín Oficial de la Provincia. Si pasado ese plazo no hay resolución, la solicitud se entiende desestimada.

Fuentes oficiales

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