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Ayudas Claras
Subvenciones Almería Servicios sociales
Servicios sociales Almería Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas al emprendimiento juvenil en Almería 2026

Hasta 5.000€ por entidad para proyectos de emprendimiento juvenil en Almería

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Almería para proyectos empresariales de jóvenes emprendedores
Para quién
Empresas y entidades emprendedoras con actividad en el municipio de Almería
Cuánto
Hasta 5.000€ por entidad beneficiaria
Qué cubre
  • Solo gastos corrientes: queda excluido cualquier gasto de inversión
  • Campañas de publicidad online y servicios digitales de la actividad empresarial: hosting, alquiler de dominio, pasarelas de pago, implantación de VeriFactu y software de contabilidad, facturación o gestión de almacenes
  • Gestión profesional de redes sociales
  • Gastos de constitución de la empresa, incluida la gestoría para el alta en Seguridad Social y en la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la notaría y la inscripción en el Registro
  • Alquiler de local o de espacio de coworking en un centro de empresas privado ubicado en el término municipal de Almería
  • Implantación de herramientas tecnológicas y de digitalización empresarial
  • No cubre obras ni equipamiento, elementos inventariables, elaboración a medida de una página web, seguros, fianzas, tasas ni tributos
Requisitos
  • Tu entidad se constituyó antes de la publicación de las bases
  • Desarrollas un producto, servicio o modelo innovador acreditable
  • Los fundadores emprendedores tienen el 51% del capital social
  • La participación juvenil en la entidad es del 55%
  • Tienes el domicilio fiscal y el centro principal de actividad en el municipio de Almería
  • No tienes pendiente la justificación de otras subvenciones del ayuntamiento ya vencidas
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta el proyecto y cumple la finalidad por la que te conceden la ayuda
  • Mantén la actividad empresarial durante al menos dieciocho meses
  • Justifica la subvención en los dos meses siguientes al fin del plazo de ejecución
  • Presenta la memoria de actividad y económica con la relación de gastos y sus justificantes de pago
  • Da publicidad al carácter público de la financiación del proyecto
  • Mantén el cumplimiento de los requisitos mientras seas beneficiario
  • Sométete a las actuaciones de comprobación del ayuntamiento
Cuándo
  • Abre: 24 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 16 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu empresa se constituyó hace dos años como máximo
  • Quieres poner en marcha un proyecto empresarial de nueva creación
  • Tu proyecto desarrolla un producto, servicio o modelo innovador
  • Los fundadores de tu entidad son emprendedores
  • Tu entidad tiene su actividad principal en el municipio de Almería
  • Tu entidad no tiene domicilio fiscal ni actividad principal en Almería
  • Ya recibes otra ayuda o ingreso para esta misma finalidad
  • Recibes una subvención del Ayuntamiento de Almería para el mismo proyecto
  • Solo quieres financiar gastos de inversión
  • Ya has presentado otro proyecto a esta convocatoria

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo 5.000€ por entidad beneficiaria, y la subvención puede alcanzar hasta el 100% del gasto subvencionable que presentes. Las solicitudes se comparan entre sí y la ayuda se reparte según esa valoración, con el límite del crédito disponible. Solo se financian gastos corrientes, nunca inversiones. El pago es anticipado: se abona el 100% de la subvención reteniendo un 10% en concepto de garantía, que se te paga una vez se apruebe la justificación.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara tu proyecto o plan de empresa con el presupuesto y el desglose de gastos

  2. Reúne la documentación que acredita el capital social, la participación juvenil y tu domicilio fiscal en Almería

  3. Presenta la solicitud en el Registro General del ayuntamiento, de 9:00 a 14:00 con cita previa, o en su sede electrónica si tienes certificado digital

  4. Indica en la solicitud una dirección de correo electrónico donde recibir todas las notificaciones

  5. Si te requieren subsanar algo, completa la documentación en el plazo improrrogable de diez días hábiles

  6. Si la propuesta provisional es inferior a lo que pediste, reformula tu solicitud en diez días hábiles

Documentación necesaria

  • Solicitud de subvención y proyecto o plan de empresa (Anexo I)
  • Memoria de los proyectos o actividades realizados en 2025 (Anexo II)
  • Documentación acreditativa de la composición del capital social y de la participación juvenil
  • Documentación acreditativa del alta censal, el domicilio fiscal y el centro principal de actividad en Almería
  • Plan de empresa con referencia a la innovación y la sostenibilidad, si el proyecto es de nueva creación
  • Modelo de declaración responsable cumplimentado y firmado (Anexo III)

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir esta ayuda si ya tengo otra subvención para el mismo proyecto?
No. Esta subvención no es compatible con otra subvención, ayuda, ingreso o recurso para la misma finalidad, y quedan fuera las entidades que ya obtienen una subvención del Ayuntamiento de Almería para el mismo proyecto.
¿Cuántos proyectos puedo presentar?
Solo uno. Cada entidad solicitante únicamente puede presentar un proyecto a esta convocatoria.
¿Qué pasa si me falta documentación en la solicitud?
El ayuntamiento te requerirá para que subsanes o aportes los documentos en un plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de tu solicitud.
¿Qué ocurre si no presento la justificación a tiempo?
Te requerirán para que la presentes en un plazo improrrogable de quince días hábiles. Si tampoco la presentas entonces, se te exigirá el reintegro de la ayuda.
¿Puedo justificar facturas pagadas en efectivo?
Solo las facturas de cuantía no superior a 500€ con IVA incluido, dejando constancia del recibí con firma y sello del emisor. Está prohibido fraccionar facturas para evitar la transferencia bancaria.

Fuentes oficiales

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