Ayudas a asociaciones de participación ciudadana en Oliva
Subvención municipal para las actividades habituales de las asociaciones de Oliva
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en régimen de concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Oliva para las asociaciones municipales de participación ciudadana.
- Para quién
- Entidades y asociaciones municipales de Oliva con naturaleza de participación ciudadana.
- Cuánto
- Consulta directamente con la administración
- Qué cubre
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- Parte de los gastos de las actividades habituales u ordinarias de tu asociación
- Marcos de colaboración con el Ayuntamiento de Oliva mediante la firma de convenios
- Requisitos
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- Tu asociación está legalmente constituida
- Estás inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Oliva como asociación de participación ciudadana
- Estás al corriente de tus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Oliva
- Si ya recibiste subvenciones del Ayuntamiento de Oliva, has cumplido las obligaciones que asumiste con aquella concesión
- Cumples los requisitos de la ordenanza municipal de subvenciones y de las bases que regulan estas ayudas
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Destina la ayuda a los gastos de las actividades habituales u ordinarias de tu asociación
- Firma el convenio de colaboración con el Ayuntamiento de Oliva cuando proceda
- Cumple lo establecido en las bases que regulan la concesión de estas subvenciones
- Cumple las obligaciones que asumes al aceptar la subvención, porque condicionan futuras concesiones municipales
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu asociación está legalmente constituida
- Tu entidad está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Oliva
- Tu asociación tiene carácter de participación ciudadana
- Quieres financiar parte de los gastos de las actividades habituales de tu entidad
- Te interesa firmar un convenio de colaboración con el Ayuntamiento de Oliva
- Tu entidad no está legalmente constituida como asociación
- Tu asociación no figura en el Registro Municipal de Asociaciones de Oliva
- Tu entidad no tiene carácter de participación ciudadana
- No estás al corriente de tus obligaciones tributarias o con la Seguridad Social
- Tienes pendientes obligaciones de subvenciones anteriores del Ayuntamiento de Oliva
Cuánto puedes recibir
La convocatoria cuenta con un importe máximo de 7.000 € para el conjunto de las entidades beneficiarias. La ayuda cubre parte de los gastos de las actividades habituales u ordinarias de tu asociación y el reparto se decide en régimen de concurrencia competitiva, comparando las solicitudes presentadas. El importe que corresponde a cada asociación no está especificado; consulta directamente con la administración.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Consigue el modelo de solicitud en la web municipal o en las dependencias de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Oliva, en horario de 9 a 14 h
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Presenta la solicitud telemáticamente en la sede electrónica del Ayuntamiento de Oliva
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Hazlo dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación del extracto en el boletín oficial de la provincia de Valencia
Documentación necesaria
- Modelo de solicitud facilitado por el Ayuntamiento de Oliva