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Ayudas Claras
Subvenciones El Hierro Agricultura
Agricultura El Hierro Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a viticultores de Tenerife por la sequía de 2025

Hasta 10.000€ por beneficiario para viticultores de Tenerife afectados por la sequía.

Lo que significa

Qué es
Subvención del Cabildo de Tenerife que se reparte entre los viticultores de la isla para compensar la caída de cosecha por la sequía.
Para quién
Viticultores en activo de la isla de Tenerife, personas físicas o jurídicas, estén o no inscritos en un consejo regulador de vinos.
Cuánto
  • Hasta 10.000€ por beneficiario, según los kilos perdidos y la superficie de viñedo
    ConceptoImporte
    Kilos de uva no producidos en 2025 frente a la media 2020-20240,425€/kg
    Superficie de viñedo declarada en 2025300€ por hectárea
    Tope máximo por beneficiario10.000€
    La caída de producción se computa hasta un tope máximo del 45%. El pago por kilo puede subir hasta 0,8€/kg si existe crédito disponible.
Qué cubre
  • Parte de los gastos de producción de los kilos de uva que no llegaste a producir en 2025
  • Una cantidad por cada hectárea de viñedo que declaraste en 2025
Requisitos
  • Eres viticultor en activo en la isla de Tenerife, persona física o jurídica, y estás a cargo de una explotación con parcelas en la isla
  • Tu producción de 2025 se redujo respecto a la media registrada en los años 2020-2024
  • Presentaste ante el Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria (ICCA), dentro de los plazos establecidos, las declaraciones de cosecha de 2024 y de 2025
  • Con esta ayuda no superas los 50.000 € en ayudas de minimis del sector agrícola durante un periodo de tres años
  • Mantienes estos requisitos durante el periodo subvencionable, que es la cosecha de 2025
  • Firmas una declaración responsable de que cumples los requisitos y aceptas las bases
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Comunica a la entidad colaboradora cualquier otra subvención, ayuda o ingreso que obtengas para lo mismo, en cuanto lo sepas y siempre antes de justificar
  • Conserva los documentos que justifican el uso de los fondos recibidos mientras puedan ser objeto de comprobación y control
  • Acepta las actuaciones de comprobación del Cabildo de Tenerife y el control financiero de los órganos competentes, aportando la información que te pidan
  • Devuelve al órgano de gestión los fondos percibidos si concurre una causa de reintegro, por ejemplo si se comprueba que los datos que aportaste no eran ciertos
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres viticultor y cultivas viña en la isla de Tenerife
  • Tu producción de uva bajó en la cosecha de 2025 por la sequía
  • Presentaste ante el ICCA las declaraciones de cosecha de 2024 y de 2025
  • Declaraste superficie de viñedo en el año 2025
  • Tu viñedo está fuera de la isla de Tenerife
  • Tu rendimiento de 2025 no bajó respecto a la media de 2020-2024: no tienes derecho a la ayuda
  • Eres un consejo regulador que gestiona y reparte estas ayudas
  • Los datos de tu solicitud o de tu documentación no se ajustan a la realidad: pueden desestimarte la solicitud o exigirte que devuelvas lo cobrado
  • No acreditas los cambios de titularidad de tus parcelas: no entran en el cálculo

Cuánto puedes recibir

Cobras una cantidad proporcional a los kilos de uva que dejaste de producir en 2025 frente a tu producción media de 2020 a 2024, a razón de 0,425€ por kilo, más 300€ por cada hectárea de viñedo que declaraste en 2025. La caída de producción se computa hasta un tope máximo del 45%, y el pago por kilo puede subir hasta 0,8€/kg si queda crédito disponible. En ningún caso cobras más de 10.000€, ni más de lo que te permita el límite de 50.000 € de ayudas de minimis agrícolas en tres años. El dinero te lo reparte el órgano de gestión donde tramitaste la solicitud, una vez el Cabildo le transfiere los fondos.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne tu NIF, los certificados de estar al corriente con la Agencia Tributaria estatal, la Administración Tributaria Canaria, el Cabildo y la Seguridad Social, el certificado bancario de titularidad y las acreditaciones de tus declaraciones de cosecha de 2024 y 2025

  2. Rellena y firma la solicitud del Anexo II, con su declaración responsable

  3. Preséntala presencialmente en el órgano de gestión de la denominación de origen en el que estés inscrito; si no lo estás, en el de tu comarca vitivinícola

  4. Si te requieren subsanar, aporta lo que falte en un plazo de diez días hábiles

  5. Espera la resolución, que se publica en el tablón de anuncios del Cabildo y hace las veces de notificación

Documentación necesaria

  • Solicitud cumplimentada y firmada conforme al modelo del Anexo II, con su declaración responsable de cumplimiento de requisitos y aceptación de las bases
  • NIF del solicitante y, si actúas por representante, acreditación de la representación; si eres persona jurídica, además escritura o acuerdo de constitución y estatutos
  • Certificados de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Administración Tributaria Canaria y el Cabildo Insular de Tenerife
  • Certificado de estar al corriente con la Tesorería General de la Seguridad Social
  • Certificado bancario de titularidad de la cuenta, con el nombre del titular, el NIF y el IBAN
  • Acreditación de haber presentado ante el ICCA, dentro de plazo, las declaraciones de cosecha de 2024 y de 2025
  • Declaración responsable del Anexo III con las producciones y superficies de tus declaraciones de cosecha de 2020-2024 y de 2025
  • Documentos que acrediten los cambios de titularidad de las parcelas, si los ha habido

Preguntas frecuentes

¿Dónde presento la solicitud?
Presencialmente, en uno de los seis órganos de gestión de las denominaciones de origen de vinos con presencia en Tenerife. Si estás inscrito en uno, tramítala allí; si no lo estás, preferiblemente en el de tu comarca vitivinícola.
¿Tengo que estar inscrito en un consejo regulador para pedirla?
No. Si no estás inscrito en ningún órgano de gestión, presenta tu solicitud preferiblemente en el que corresponda a tu comarca vitivinícola; si estás en varias, en aquella donde tengas mayoritariamente tu producción.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, siempre que entre todas no superes el importe de la pérdida que sufriste en 2025 ni el límite de 50.000 € de ayudas de minimis del sector agrícola durante un periodo de tres años.
¿Cuánto tardan en contestarme?
El plazo para resolver y notificar es de seis meses desde que termina el plazo de presentación de solicitudes. Si pasa ese plazo sin respuesta, puedes entender desestimada tu solicitud.
¿Puedo recurrir si no estoy de acuerdo con la resolución?
Sí. Cabe recurso de alzada ante la presidenta de la Corporación en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la publicación de la resolución.

Fuentes oficiales

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