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Ayudas Claras
Subvenciones Barcelona Servicios sociales
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Subvenciones a entidades sociales de Les Franqueses

Subvención para proyectos de acción comunitaria de entidades sin ánimo de lucro

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Les Franqueses del Vallès para proyectos de acción comunitaria y convivencia.
Para quién
Entidades y asociaciones sin ánimo de lucro del municipio de Les Franqueses del Vallès.
Cuánto
  • Tu puntuación marca el porcentaje máximo que te pueden otorgar, y ese porcentaje se aplica sobre el presupuesto que presentes
    Criterio de valoraciónPuntuación máximaPorcentaje máximo
    Trayectoria e implicación de la entidad30 puntos30%
    Interés social y educativo de las actividades40 puntos40%
    Número de usuarios y participantes10 puntos10%
    Colaboración con otras entidades del municipio10 puntos10%
    Viabilidad económica de la actividad10 puntos10%
    Total100 puntos100%
    El importe concedido no puede superar el importe que hayas solicitado ni el tope máximo, que resulta de dividir el presupuesto disponible entre el número total de solicitudes presentadas.
Qué cubre
  • Proyectos de acción comunitaria y de fomento de la convivencia
  • Actividades del ámbito de las políticas sociales realizadas en el municipio durante el año natural
Requisitos
  • Tu entidad o asociación no tiene ánimo de lucro y es del municipio de Les Franqueses del Vallès
  • Está legalmente constituida y tiene inscripción en un registro público
  • Está inscrita en el Registro único de entidades y otras formas de acción colectiva del municipio
  • Está clasificada dentro del área de Políticas Sociales del ayuntamiento
  • La inscripción en ese registro se produjo antes de la fecha de publicación de la convocatoria
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Presenta la justificación antes del 31 de enero de 2027 en el registro del ayuntamiento
  • Aporta un certificado de gastos firmado por el secretario de la entidad, por un importe no inferior a la subvención concedida
  • Entrega las facturas originales de la actividad por el importe total subvencionado, con el recibo o justificante de pago
  • Firma una declaración jurada de que no has recibido ninguna otra subvención por el mismo concepto
  • Incluye el logotipo del ayuntamiento, bien visible y destacado, en todo el material de difusión
  • Pide al ayuntamiento que valide el material de difusión antes de publicarlo
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu entidad o asociación sin ánimo de lucro es del municipio de Les Franqueses del Vallès
  • Tu entidad está legalmente constituida e inscrita en un registro público
  • Estás inscrito en el Registro único de entidades del municipio
  • Tu entidad está clasificada dentro del área de Políticas Sociales del ayuntamiento
  • Quieres financiar un proyecto de acción comunitaria o de fomento de la convivencia
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Eres una persona física y no una entidad o asociación
  • Tu entidad no está inscrita en el Registro único de entidades del municipio
  • Inscribiste tu entidad en ese registro después de publicarse la convocatoria
  • Tu entidad no está clasificada en el área de Políticas Sociales del ayuntamiento

Cuánto puedes recibir

No hay una cantidad fija por entidad. La puntuación que obtenga tu proyecto marca el porcentaje máximo que se aplica sobre el presupuesto que presentas, y el resultado no puede superar ni el importe que has solicitado ni el tope de la convocatoria, que sale de dividir el presupuesto disponible entre el número de solicitudes presentadas. El pago se hace por anticipo, mediante transferencia a la cuenta bancaria que indiques en la solicitud, en un plazo máximo de 60 días desde que se aprueba la resolución de concesión.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tu entidad está inscrita en el Registro único de entidades del municipio y clasificada en el área de Políticas Sociales

  2. Descarga el formulario de solicitud específico de la convocatoria y sus anexos en la web municipal

  3. Reúne la documentación exigida y prepara la descripción del programa para el que pides la subvención

  4. Rellena el formulario electrónico y fírmalo con el certificado de representante de la entidad o con el certificado personal del presidente

  5. Preséntalo en la sede electrónica del ayuntamiento dentro de los 15 días naturales siguientes a la publicación en el boletín oficial de la provincia

Documentación necesaria

  • Impreso de solicitud con los datos de la entidad, el nombre de la actividad y la previsión de ingresos y gastos
  • Descripción del programa: objetivos, metodología, destinatarios, acciones previstas, temporalización, ubicación y presupuesto
  • Declaración jurada de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de no ser deudor con la tesorería municipal
  • Impreso de transferencia bancaria con los datos de la entidad, conformado por el banco
  • Certificado de la junta de la entidad, si firmas con el certificado personal del presidente
  • Documentación complementaria que el ayuntamiento pida según el tipo y la complejidad de la actividad

Preguntas frecuentes

¿Cuándo cobro la subvención si me la conceden?
El pago se hace por anticipo, mediante transferencia a la cuenta bancaria que indiques en la solicitud, en un plazo máximo de 60 días desde la fecha de aprobación de la resolución de concesión.
¿Tengo que aceptar la subvención de forma expresa?
No. Se entiende aceptada si transcurre un mes desde la publicación de la concesión en el tablón de anuncios de la sede electrónica sin que presentes objeciones.
¿Hasta cuándo tengo para justificar el dinero recibido?
Hasta el 31 de enero de 2027, presentando la documentación justificativa original en el registro del ayuntamiento.
¿Puedo usar las mismas facturas para justificar otra subvención?
No. Tienes que declarar que no has recibido ninguna otra subvención por el mismo concepto y las facturas deben ir diligenciadas indicando que se han usado para justificar esta ayuda del ayuntamiento.
¿Dónde se publica la resolución de la convocatoria?
En el tablón de anuncios del portal de transparencia de la sede electrónica del ayuntamiento, indicando el expediente asignado según el registro de entrada de la solicitud.

Fuentes oficiales

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