Ayuda de hasta 150€ para agua, luz y gas en Muro de Alcoy
Hasta 150€ por unidad familiar para recibos de agua, luz o gas ya pagados
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Muro de Alcoy para pagar suministros de la vivienda habitual
- Para quién
- Unidades familiares de Muro de Alcoy que pagan el agua, la electricidad o el gas de su vivienda habitual
- Cuánto
- Hasta 150€ por unidad familiar, o el gasto justificado si es menor
- Qué cubre
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- Recibos de agua de tu vivienda habitual pagados entre enero y agosto de 2026
- Recibos de electricidad de tu vivienda habitual pagados en ese mismo periodo
- Recibos de gas de tu vivienda habitual pagados en ese mismo periodo
- Requisitos
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- Todos los miembros de tu unidad familiar están empadronados en Muro de Alcoy desde hace al menos un año
Se exceptúa del empadronamiento a las mujeres que acrediten una situación de violencia de género y/o sexual. Se considera hogar independiente la convivencia de las personas solicitantes que han abandonado su residencia habitual por violencia de género y/o sexual, tratamiento terapéutico, desahucio u otra circunstancia a valorar por la Comisión Técnica de Intervención Social.
- La renta bruta anual de tu unidad de convivencia no supera el umbral que le corresponde
Las solicitudes cuya renta supere el umbral que les corresponde quedan excluidas por incumplir el requisito económico.Miembros de la unidad Ingresos brutos anuales máximos 1 persona 12.600€ 2 personas 16.800€ 3 personas 21.000€ 4 personas 25.200€ 5 o más personas 29.400€ - Justificas el pago de suministros de agua, electricidad y/o gas de la vivienda habitual de enero a agosto de 2026
- No recibes prestaciones ni subvenciones para el mismo fin que cubran por completo el gasto justificado
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Todos los miembros de tu unidad familiar están empadronados en Muro de Alcoy desde hace al menos un año
- Obligaciones
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- Aporta con la solicitud las facturas y los justificantes de pago de los recibos
- Acredita la exactitud y veracidad de los justificantes que presentas si te lo piden
- Subsana en 10 días hábiles la documentación que falte cuando el ayuntamiento te lo requiera
- Devuelve la ayuda si la obtuviste falseando u ocultando las condiciones exigidas
- Devuelve la ayuda si las ayudas recibidas para el mismo fin superan el 100% del gasto justificado
- Facilita las actuaciones de comprobación y control financiero previstas en la convocatoria
- Cuándo
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- Abre: Consulta directamente con la administración
- Último día: 8 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Vives en Muro de Alcoy y llevas al menos un año empadronado
- Has pagado recibos de agua, electricidad o gas entre enero y agosto de 2026
- Los recibos son de tu vivienda habitual
- Los ingresos de tu unidad de convivencia están por debajo del umbral que te corresponde
- Acreditas una situación de violencia de género y/o sexual: quedas exenta del requisito de empadronamiento
- La renta bruta anual de tu unidad de convivencia supera el umbral que le corresponde
- Algún miembro de tu unidad familiar no lleva un año empadronado en Muro de Alcoy
- Ya recibes otra ayuda que cubre por completo ese mismo gasto de suministros
- No puedes justificar el pago de los recibos del periodo de enero a agosto de 2026
- Los recibos no corresponden a tu vivienda habitual
Cuánto puedes recibir
Recibes como máximo 150€ por unidad familiar, en un pago único por transferencia bancaria a tu cuenta una vez aprobada la ayuda. Si el gasto que justificas es inferior a 150€, cobras exactamente la cantidad justificada; si es superior, la diferencia la pagas tú. Las ayudas se reparten por orden de puntuación final (capacidad económica más criterio personal o familiar) hasta agotar el crédito, y las solicitudes sobrantes se desestiman por falta de crédito.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne las facturas y los justificantes de pago de agua, electricidad y/o gas de enero a agosto de 2026
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Rellena y firma la solicitud en el modelo oficial (Anexo I)
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Presenta la solicitud y la documentación en la sede electrónica del ayuntamiento o en su registro
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Aporta en 10 días hábiles los documentos que falten si te requieren subsanar
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Revisa la propuesta de resolución provisional en el tablón de anuncios y la web municipal y presenta alegaciones en 10 días si no estás de acuerdo
Documentación necesaria
- Solicitud en el modelo oficial (Anexo I), rellenada y firmada
- Documento de identidad en vigor de la persona solicitante (DNI, NIE o pasaporte)
- Autorización para el acceso, consulta y tratamiento de datos personales (Anexo II), firmada por los miembros mayores de 16 años
- Tres últimas nóminas, si trabajas por cuenta ajena
- Última declaración trimestral de IRPF o IVA, si eres autónomo
- Certificado del servicio público de empleo con la prestación, el importe y el tiempo de percepción, o certificado negativo, si estás en desempleo
- Certificado del Instituto Nacional de la Seguridad Social con el tipo e importe de la pensión o prestación, o certificado negativo
- Certificado bancario con la entidad pagadora, si cobras una pensión del extranjero
- Extracto completo de los movimientos bancarios de los 6 últimos meses, del titular y del resto de miembros de la unidad de convivencia
- Declaración responsable de tu situación económica actual y tus medios de subsistencia (Anexo III)
- Documentación que acredite la composición de la unidad de convivencia (libro de familia, certificados de nacimiento o documento equivalente)
- Resolución judicial o convenio regulador ratificado por el juzgado, en caso de separación o divorcio
- Factura y justificante de pago de los suministros de la vivienda habitual de enero a agosto de 2026
- Ficha de mantenimiento de terceros del ayuntamiento (Anexo IV) y certificado de titularidad de la cuenta bancaria