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Ayudas Claras
Subvenciones Córdoba Económico
Económico Córdoba Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a clubes y asociaciones deportivas de Posadas

Hasta 22.750€ por club o asociación deportiva de Posadas, según puntuación.

Lo que significa

Qué es
Subvención en régimen de concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Posadas para las actividades deportivas de clubes y asociaciones.
Para quién
Clubes deportivos y asociaciones sin ánimo de lucro del municipio de Posadas (Córdoba).
Cuánto
Hasta 22.750€ por club o asociación, según la puntuación que obtenga tu proyecto.
Qué cubre
  • Personal técnico deportivo, arbitrajes y licencias federativas

    Arbitrajes, jueces, cronometradores y secretarías técnicas. Entrenadores, delegados, fisioterapeutas, personal médico y coordinadores de cantera, excluido el personal administrativo. Tasas, altas y cuotas de tramitación de licencias deportivas del club o de sus deportistas. Canon de federaciones deportivas de Andalucía o españolas. Cuotas de mutualidades deportivas y de seguros deportivos.

  • Participación en competiciones: desplazamientos, alojamientos y alquiler de instalaciones

    Derechos de organización y de participación en campeonatos y competiciones. Desplazamientos. Alquiler de instalaciones deportivas. Alojamientos, que pueden incluir desayunos, medias pensiones y pensiones completas, con motivo de la participación en competiciones, torneos y ligas o de la organización de eventos deportivos. Los alojamientos y la ropa deportiva no pueden superar en conjunto el 50 % del proyecto o memoria deportiva presentada.

  • Material técnico deportivo, gastos médicos, seguros y organización de eventos

    Material técnico deportivo, excluido el material inventariable. Ropa deportiva. Gastos médicos, botiquines y material farmacéutico. Seguros de responsabilidad civil del club y de sus entrenadores o monitores. Gastos de organización de eventos que fomenten el deporte en el municipio. Gastos bancarios de la cuenta del club, como comisiones de mantenimiento, transferencias o tarjetas. No son subvencionables los gastos de protocolo o representación.

Requisitos
  • Tu club deportivo está legalmente constituido y tiene personalidad jurídica propia
  • Tu entidad tiene su domicilio social en el municipio de Posadas (Córdoba)
  • Tu entidad no tiene ánimo de lucro
  • Si eres una asociación, tus fines están dentro del fomento del deporte
  • Has justificado en su totalidad las subvenciones anteriores del Ayuntamiento de Posadas
  • Estás al corriente del pago de los reintegros de subvenciones anteriores
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza la actividad deportiva en consonancia con el proyecto que presentaste con la solicitud
  • Refleja la leyenda «con la colaboración del Excmo. Ayuntamiento de Posadas» en toda la publicidad de la actividad subvencionada
  • Responde de la veracidad de los datos que declaraste en la solicitud
  • Justifica el 100 % del importe de la memoria de actuación hasta el 31 de marzo de 2027, o hasta el 31 de julio de 2027 si te acoges al periodo de temporada
  • Aporta la información adicional que te pida la Comisión de Valoración
  • Devuelve el dinero recibido, con intereses de demora, si incumples la finalidad de la subvención o no la justificas
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres un club deportivo legalmente constituido con domicilio social en Posadas
  • Tu asociación sin ánimo de lucro tiene entre sus fines el fomento del deporte
  • Vas a desarrollar actividades deportivas durante 2026 o la temporada 2026-2027
  • Tu entidad está inscrita en el Registro de Entidades Deportivas de Andalucía
  • Has justificado las subvenciones que ya te concedió el Ayuntamiento de Posadas
  • Eres una federación deportiva o una de sus delegaciones provinciales
  • Tu entidad es una sociedad anónima deportiva
  • Tu club compite en una liga profesional
  • Eres una entidad de promoción y recreación deportiva
  • Tu entidad deportiva pertenece a una universidad pública o privada
  • El domicilio social de tu entidad está fuera del municipio de Posadas

Cuánto puedes recibir

La cuantía de cada entidad se calcula repartiendo el crédito disponible en proporción a los puntos que obtenga: tus puntos divididos entre la suma de puntos de todas las entidades beneficiarias. Ningún club o asociación puede recibir más de 22.750€, ni más del 100 % de la cantidad que haya solicitado. Una vez notificada la resolución definitiva de concesión se anticipa el 75 % del importe concedido; el 25 % restante se abona en 2027, cuando se apruebe la cuenta justificativa.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Recoge el modelo de solicitud en las oficinas del Ayuntamiento de Posadas, en la Plaza del Ayuntamiento, 1, o en su página web

  2. Prepara la memoria o proyecto deportivo firmado por la presidencia, con la descripción de las actividades y el presupuesto de ingresos y gastos

  3. Pide a tu federación el certificado con las modalidades practicadas, número de equipos, categorías, licencias y gastos federativos

  4. Presenta la solicitud y la documentación por vía electrónica en el registro electrónico del Ayuntamiento, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la publicación

  5. Completa o corrige la documentación en 10 días hábiles si el Ayuntamiento te lo requiere

  6. Revisa la propuesta de resolución provisional y presenta alegaciones o reformula tu solicitud en 10 días hábiles

Documentación necesaria

  • Solicitud de subvención (Anexo I)
  • Certificado de la entidad bancaria con el número de cuenta de la entidad solicitante
  • Tarjeta de Identificación Fiscal de la entidad solicitante
  • Copia del DNI del representante legal de la entidad solicitante
  • Certificado del acta o acuerdo donde se nombra la Presidencia del club, firmado y sellado por la secretaría
  • Credencial de inscripción en el Registro de Entidades Deportivas de Andalucía o en el Registro de Asociaciones de Andalucía
  • Certificado de la secretaría con el número de deportistas, su localidad de empadronamiento y cuáles están federados
  • Declaración de la presidencia sobre otras subvenciones solicitadas o concedidas para la misma actividad (Anexo II)
  • Declaración responsable de no estar incursa en causas que impidan obtener la subvención (Anexo III)
  • Certificación positiva de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de estar al corriente de las obligaciones tributarias
  • Certificación positiva de la Agencia Tributaria de la Junta de Andalucía de no tener deudas tributarias con la Administración autonómica
  • Autorización para que el Ayuntamiento consulte si tienes deudas con la Administración local (Anexo IV)
  • Certificación positiva de la Tesorería Territorial de la Seguridad Social, o informe de no inscripción como empresario
  • Declaración responsable de no mantener deudas pendientes con la Seguridad Social (Anexo V)
  • Memoria o proyecto deportivo fechado y firmado por la presidencia
  • Certificado de la federación con los datos de actividad de la entidad deportiva

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si me falta algún documento en la solicitud?
El Ayuntamiento te requerirá para que en 10 días hábiles desde que recibas la notificación completes la documentación o corrijas los errores. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de la solicitud.
¿Puedo pedir esta subvención si recibo otras ayudas para la misma actividad?
Sí, pero debes declararlo al solicitar y al justificar. La subvención del Ayuntamiento junto con otras ayudas públicas o privadas no puede superar el 100 % del coste de las actividades subvencionadas; si lo supera, tendrás que reintegrar el exceso.
¿Hasta cuándo tengo para justificar los gastos?
Tres meses desde que termina la actividad, es decir, hasta el 31 de marzo de 2027. Si tu club o asociación se acoge al periodo de temporada 2026-2027, el plazo llega hasta el 31 de julio de 2027.
¿Qué ocurre si no presento la justificación a tiempo?
El Ayuntamiento te requerirá para que la presentes en un plazo improrrogable de 15 días. Si tampoco la presentas entonces, se te exigirá el reintegro de la subvención.
¿Cuánto tarda en resolverse la convocatoria?
El plazo máximo de resolución es de 2 meses desde que finaliza el plazo de presentación de solicitudes, aunque puede reducirse o ampliarse por causas justificadas que aprecie el órgano competente.

Fuentes oficiales

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