Ayudas a inversiones en explotaciones lecheras de Baleares
Inversiones en explotaciones de bovino lechero; plazo hasta el 20 de noviembre de 2026
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva del fondo agrario y pesquero balear para invertir en explotaciones de bovino lechero
- Para quién
- Titulares y cotitulares de explotaciones agrarias de bovino lechero de las Illes Balears, y agrupaciones de agricultores
- Cuánto
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- El 25,00 % del coste de la inversión auxiliable, ampliable con incrementos hasta un máximo del 40,00 %
El límite de 1.000.000,00 € es por persona beneficiaria y convocatoria en esta línea. En todo el periodo 2023-2027 la inversión máxima auxiliable es de 1.500.000,00 € por persona beneficiaria, o de 2.000.000,00 € en cooperativas y sociedades agrarias de transformación de más de 12 UTA.Concepto Cuantía Porcentaje base de la ayuda 25,00 % de la inversión auxiliable Incrementos por condiciones +5, +10 o +20 puntos porcentuales Tope del porcentaje 40,00 % (50,00 % con ayuda de instalación de joven agricultor) Inversión auxiliable mínima 5.000,00 € Inversión máxima auxiliable 70.000,00 € por UTA, hasta 1.000.000,00 €
- El 25,00 % del coste de la inversión auxiliable, ampliable con incrementos hasta un máximo del 40,00 %
- Qué cubre
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- Inversiones para modernizar y mejorar tu explotación agraria
- Inversiones colectivas de agrupaciones de agricultores, como maquinaria o compras en común
- Requisitos
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- Eres titular o cotitular de una explotación agraria inscrita en el registro autonómico de explotaciones agrarias, con los datos actualizados en los cinco años anteriores al fin del plazo de solicitudes
- Tienes la competencia y la cualificación profesionales adecuadas en materia agraria
- Dispones de un plan de mejora en el que al menos el 80,00% de la inversión auxiliable se destina al sector bovino lechero
- Tu explotación alcanza el volumen mínimo de trabajo agrario exigido en tu isla
Al menos 0,75 unidades de trabajo agrario (UTA) en Mallorca, 0,75 UTA en Menorca, 0,5 UTA en Ibiza y 0,3 UTA en Formentera.
- Tu explotación es económicamente viable según las condiciones de la convocatoria
- Obtienes al menos 73 puntos de los 292 posibles del baremo de valoración de esta línea
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Realiza y justifica las inversiones aprobadas en seis meses si compras maquinaria, o en doce meses para el resto, desde que te notifican la concesión
- Mantén las inversiones y su uso previsto durante al menos cinco años desde el pago de la ayuda, o tres años si eres pyme y mantienes inversiones o puestos de trabajo
- Incrementa un 5,00% tus ingresos agrarios iniciales en uno de los cinco años posteriores a la solicitud
- Mantén la puntuación obtenida en la propuesta de concesión hasta que cobres la ayuda
- Mantén los requisitos al menos seis meses desde que acaba el plazo de solicitudes y, en todo caso, hasta el pago de la ayuda
- Sométete a los controles y comprobaciones de las administraciones y facilita la información que te pidan
- Cuándo
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- Abre: Consulta directamente con la administración
- Último día: 20 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tienes una explotación agraria de bovino lechero en las Illes Balears
- Vas a invertir en modernizar o mejorar tu explotación
- Dispones de un plan de mejora para tu explotación
- Formas parte de una agrupación de agricultores que compra maquinaria en común
- Tu explotación está fuera de las Illes Balears
- Menos del 80,00% de tu inversión se destina al sector bovino lechero
- Tienes menos de 18 años
- Tu explotación no llega al volumen mínimo de trabajo agrario de tu isla
- Tu explotación no es económicamente viable
- Eres una agrupación y la inversión es una infraestructura de uso común, como caminos o redes de riego
Cuánto puedes recibir
Cobras un porcentaje del coste de tu inversión auxiliable: el importe base es del 25,00 %. Ese porcentaje sube 5 puntos porcentuales por condiciones como tener la explotación en Menorca o destinar al menos el 20,00 % de la inversión a circuitos cortos de comercialización, 10 puntos porcentuales por condiciones como estar en Ibiza o Formentera, ser mujer la titular o tratarse de inversiones colectivas, y 20 puntos porcentuales si eres agricultor profesional o titular de una explotación agraria prioritaria; sumadas todas, la ayuda no puede pasar del 40,00 % del coste total de la inversión auxiliable, salvo para jóvenes agricultores o explotaciones que han incorporado a uno con la ayuda de instalación concedida en las convocatorias que indica la resolución, que llegan al 50,00 %. Tu inversión auxiliable debe ser de al menos 5.000,00 € y, en esta línea, la máxima auxiliable es de 70.000,00 € por unidad de trabajo agrario (UTA) hasta 1.000.000,00 € por persona beneficiaria y convocatoria. En ningún caso la ayuda supera el coste de la actividad, y la concesión se decide por concurrencia competitiva entre las solicitudes de la línea.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Rellena el formulario de solicitud según el modelo publicado por el organismo convocante
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Reúne la documentación que debe acompañar a la solicitud
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Presenta la solicitud en el registro del organismo convocante o de la consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural
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Tramítala por el procedimiento telemático de la sede electrónica autonómica si estás obligado a relacionarte electrónicamente
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Presenta una sola solicitud por línea de ayuda: si presentas varias, solo cuenta la última
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Espera la resolución, que se publica en el boletín oficial autonómico
Documentación necesaria
- Formulario de solicitud según el modelo del organismo convocante
- Plan de mejora con el contenido del modelo que publica el organismo convocante
- Tres presupuestos o facturas proforma de las inversiones, o uno solo si el gasto es inferior a 5.000,00 €
- Copia del NIF, de los estatutos sociales inscritos y del documento que acredite la representación, si eres persona jurídica
- Documentación acreditativa de las condiciones que aumentan el porcentaje de ayuda, si te opones a que se comprueben de oficio
- Documentación que acredite que al menos el 33,00% de los cargos del órgano de dirección son mujeres, si alegas esa condición