Ayudas al transporte adaptado en el Alt Penedès
Ayuda al transporte de personas con movilidad reducida, hasta el 23 de octubre.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva del Consell Comarcal del Alt Penedès para financiar transporte de personas con movilidad reducida.
- Para quién
- Personas con discapacidad o movilidad reducida, personas mayores dependientes y entes locales de la comarca.
- Cuánto
- El porcentaje de ayuda depende de tus ingresos. Consulta directamente con la administración.
- Qué cubre
-
- Los costes del transporte a una plaza pública de un servicio social especializado
- Transporte regular de lunes a viernes o intermitente de dos a tres días semanales
- Un máximo de 45 semanas de transporte al año
- Requisitos
-
- Eres mayor de 18 años y estás empadronado en un municipio de la comarca del Alt Penedès
- Acreditas un grado de discapacidad igual o superior al 33% en el que conste que superas el baremo de movilidad reducida y/o el baremo de acompañamiento, es decir, que necesitas el concurso de otra persona para los actos esenciales de la vida diaria
- Si tienes más de 65 años y no tienes certificado de discapacidad, aportas un informe médico del servicio público de salud que acredite dificultades de movilidad con dependencia continuada de aparatos técnicos o necesidad de acompañamiento, o un trastorno cognitivo que te impida usar el transporte normalizado
- El transporte sirve para asistir a una plaza pública reconocida en un servicio social especializado de la red pública
- Si eres un ente local de la comarca, organizas o subvencionas el servicio mediante transporte colectivo
-
No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
-
- No acumules otras ayudas análogas si la suma supera el 100% del coste justificado
- Destina el transporte a la integración en un servicio social o laboral, no a traslados particulares
- Justifica la asistencia al centro si pides ayuda por vacaciones de verano, Navidad o Semana Santa
- Si eres un ayuntamiento, justifica el importe del transporte de las personas que presentas
- Cuándo
-
- Abre: 5 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 23 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Estás empadronado en uno de los 27 municipios de la comarca del Alt Penedès
- Tienes reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%
- Tienes más de 65 años y un informe médico acredita tus dificultades de movilidad o un trastorno cognitivo
- Necesitas transporte para acudir a un servicio social especializado de la red pública
- Eres un ente local de la comarca que organiza o subvenciona transporte colectivo
- Eres menor de 18 años
- No estás empadronado en ningún municipio de la comarca del Alt Penedès
- Usas el transporte sin finalidad de integración en un servicio social o laboral
- Recibes otra ayuda análoga y la suma supera el 100% del coste justificado
- Pides ayuda por vacaciones de verano, Navidad o Semana Santa sin justificar la asistencia
Cuánto puedes recibir
El importe de cada ayuda depende de la valoración de tu solicitud, del presupuesto presentado y de la dotación presupuestaria de la convocatoria. El porcentaje se fija según tus ingresos por cápita comparados con el indicador de renta de suficiencia de Catalunya. También influye si el transporte es regular, de lunes a viernes, o intermitente, de dos a tres días semanales, con un máximo de 45 semanas al año. El importe por solicitante no está especificado; consulta directamente con la administración.
Cómo solicitarla, paso a paso
-
Reúne la documentación que exigen las bases reguladoras, como el certificado de discapacidad o el informe médico
-
Rellena el formulario disponible en el portal de trámites del Consell Comarcal
-
Presenta la solicitud telemáticamente entre el 5 y el 23 de octubre de 2026, ambos incluidos
-
Consulta la resolución en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Consell Comarcal
Documentación necesaria
- Formulario de solicitud del portal de trámites del Consell Comarcal
- Certificado de reconocimiento de discapacidad con grado igual o superior al 33%
- Informe médico del servicio público de salud, si tienes más de 65 años y no tienes certificado de discapacidad