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Ayudas Claras
Ayudas A Coruña Educación
Educación A Coruña Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayuda para equipo informático del alumnado en Mesía

El 75% de la factura de tu equipo informático, hasta 300€ según tu renta.

Lo que significa

Qué es
Subvención del Ayuntamiento de Mesía para comprar equipos informáticos destinados al alumnado del municipio.
Para quién
Alumnado de primaria, secundaria, bachillerato, formación profesional o universidad de Mesía.
Cuánto
  • El 75% del importe de la factura, con un tope según tu renta per cápita mensual
    Renta per cápita mensual de la unidad familiarAyuda
    Inferior al 100% del IPREM75% del importe de la factura, hasta un máximo de 300€
    Entre el 100% y el 120% del IPREM75% del importe de la factura, hasta un máximo de 200€
    El IPREM mensual de 2025 que se toma como referencia es de 600,00 euros. Si el importe de las ayudas concedidas supera el crédito disponible, se reparte de forma proporcional y todas las ayudas se reducen.
Qué cubre
  • Ordenador portátil, u ordenador de mesa con pantalla: son incompatibles entre sí
  • Impresora
  • Equipos de primera mano comprados desde el 1 de enero de 2026
Requisitos
  • Tienes 25 años o menos, estás estudiando y no obtienes ingresos
  • Estás empadronado en Mesía con un año de antigüedad
  • Uno de tus padres o tu tutor legal está empadronado en tu mismo domicilio

    Si eres mayor de edad, únicamente es necesario que estés empadronado tú.

  • Cursas primaria, secundaria, bachillerato, formación profesional o estudios universitarios en un centro público o concertado en el curso 2026-2027
  • Tu unidad familiar tiene una renta per cápita mensual igual o inferior a 1,2 veces el IPREM

    La renta per cápita familiar mensual es la renta familiar dividida entre el número de miembros computables de la unidad familiar y entre doce meses. Se tienen en cuenta los datos económicos de 2025 y el IPREM mensual de 2025, que es de 600,00 euros mensuales.

  • Tu unidad familiar está al día en el pago de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Presenta con la solicitud las facturas originales que acrediten el gasto, fechadas a partir del 1 de enero de 2026
  • Acredita el pago de la factura o presenta una factura en la que conste la expresión PAGADO
  • Declara mediante declaración jurada las ayudas que hayas solicitado u obtenido de otras instituciones para el mismo fin
  • Facilita los controles administrativos e inspecciones con los que el ayuntamiento comprueba la veracidad de tus datos
  • Devuelve la ayuda, total o parcialmente, junto con los intereses de demora, si incumples las condiciones
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 30 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Estudias primaria, secundaria, bachillerato, formación profesional o universidad
  • Tienes 25 años o menos, estás estudiando y no obtienes ingresos
  • Estás empadronado en Mesía con un año de antigüedad
  • Has comprado un ordenador o una impresora desde el 1 de enero de 2026
  • Tu renta familiar per cápita mensual no supera 1,2 veces el IPREM
  • Superas los 25 años de edad
  • No estás empadronado en Mesía desde hace al menos un año
  • Tu renta familiar per cápita mensual supera 1,2 veces el IPREM
  • Quieres la ayuda para un teléfono, un smartphone o una tablet
  • El equipo informático que compras no es de primera mano
  • Compraste el equipo antes del 1 de enero de 2026

Cuánto puedes recibir

Recibes el 75% del importe de la factura de tu equipo informático. El tope depende de la renta per cápita mensual de tu unidad familiar: hasta 300€ si es inferior al 100% del IPREM y hasta 200€ si está entre el 100% y el 120%. Si el importe de las ayudas concedidas supera el crédito disponible, se reparte de forma proporcional entre todas las solicitudes y cada ayuda se reduce. El pago se hace por transferencia bancaria a la cuenta que señales, antes del fin del ejercicio económico de 2026.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Compra el equipo informático de primera mano y conserva la factura original

  2. Reúne la documentación exigida y rellena las declaraciones juradas de los anexos

  3. Cumplimenta la solicitud normalizada del Anexo I

  4. Presenta la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento de Mesía

  5. Consulta la lista provisional que se publica en la web municipal y presenta alegaciones o subsanaciones si lo necesitas

  6. Espera la resolución definitiva, que se publica en el tablón de anuncios municipal y en la web del ayuntamiento

Documentación necesaria

  • Solicitud normalizada (Anexo I)
  • DNI del alumno y del padre, madre o tutor legal que ejerza de representante legal
  • Libro de familia completo
  • Certificado de convivencia en el Ayuntamiento de Mesía en el que conste el alumno y su representante legal
  • Declaración de la renta de la unidad familiar del ejercicio 2025 o, en su defecto, certificado de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria sobre la no obligación de presentarla
  • Certificado de empresa sobre los ingresos brutos anuales de la unidad familiar y justificante de la pensión, en su caso, si no hay obligación de declarar
  • Certificado expedido por el centro que acredite que cursas allí estudios y cuáles realizas
  • Declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (Anexo II)
  • Declaración jurada de los miembros de la unidad familiar que conviven en el mismo domicilio (Anexo III)
  • Declaración jurada de las ayudas solicitadas o concedidas para el mismo fin (Anexo IV)
  • Certificado bancario del número de cuenta del beneficiario o del representante legal
  • Facturas originales fechadas a partir del 1 de enero de 2026 y justificante de su pago

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la ayuda para un ordenador de mesa y un portátil a la vez?
No. El ordenador portátil y el ordenador de mesa con pantalla son incompatibles entre sí. Puedes pedir las ayudas que precises dentro de esa limitación.
¿Sirve una tablet o un teléfono móvil?
No. La adquisición de teléfonos, smartphones y tablets no es subvencionable.
¿Desde cuándo tiene que estar comprado el equipo?
Se subvencionan los equipos adquiridos entre el 1 de enero de 2026 y la fecha de finalización del plazo de solicitud. Las facturas deben estar fechadas a partir del 1 de enero de 2026.
¿Vale un ticket de compra en lugar de la factura?
No. Los tickets de compra no son válidos. Necesitas una factura con el nombre y NIF de quien la emite, el desglose del IVA, tu nombre y DNI, la descripción detallada del material, y el número, fecha y lugar de emisión.
¿Qué pasa si hay más solicitudes que crédito disponible?
Si el importe de las ayudas concedidas supera el crédito disponible, este se reparte entre todas las solicitudes y las ayudas concedidas sufren una disminución proporcional.

Fuentes oficiales

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