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Ayudas Claras
Ayudas Salamanca Educación
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Ayudas a alumnos de escuelas culturales de Guijuelo

Ayuda mensual fija por actividad para alumnos de las escuelas culturales de Guijuelo

Lo que significa

Qué es
Subvención en régimen de concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Guijuelo para los alumnos de sus escuelas y aulas culturales
Para quién
Alumnos matriculados en las escuelas municipales de música, baile y demás actividades culturales de Guijuelo
Cuánto
  • Cantidad fija por persona y mes completo, según la actividad en la que estés matriculado
    EscuelaActividadImporte subvencionado
    Escuela de músicaIniciación musical35,95€
    Escuela de músicaFormación musical35,95€
    Escuela de músicaFormación + instrumento (2 sesiones)49,22€
    Escuela de músicaFormación + instrumento (2 sesiones)41,64€
    Escuela de músicaInstrumento40€
    Escuela de músicaInstrumento complementario (30 minutos)26€
    Escuela de músicaTaller de música tradicional10€
    Escuela de músicaCanto moderno o clásico10€
    Escuela de músicaEstimulación musical temprana para bebés10€
    Escuela de baileIniciación Sevillanas5€
    Escuela de baileSevillanas5€
    Escuela de baileFlamenco5€
    Escuela de baileZumba5€
    Escuela de baileBailes latinos5€
    Escuela de baileIniciación a la Danza5€
    Escuela de baileDanza Moderna5€
    Escuela de baileTwirling5€
    Escuela de baileMajorettes5€
    Escuela de baileIniciación a Sevillanas5€
    Escuela de bailePercusión – Cajón Flamenco8€
    Actividades formativas de culturaAula de idiomas (inglés)28€
    Actividades formativas de culturaPandilla teatrera10€
    Actividades formativas de culturaTertulias teatreras10€
    Actividades formativas de culturaRobótica Educativa5€
    Actividades formativas de culturaClub de genios tecnológicos5€
    Actividades formativas de culturaHerramientas de futuro y mecanografía por ordenador5€
    Actividades formativas de culturaAjedrez10€
    Actividades formativas de culturaPintura10€
    Actividades formativas de culturaBiodanza10€
    Actividades formativas de culturaBailes Charros10€
    Actividades formativas de culturaTitirigateando (actividades para bebés)10€
    Si el alumno pertenece a una familia numerosa o alguno de sus miembros tiene una discapacidad reconocida, el importe de la subvención se incrementa un 30%, acreditándolo con la documentación correspondiente.
Qué cubre
  • Parte del coste mensual de la actividad cultural en la que estás matriculado
  • Actividades de la escuela municipal de música, de la escuela de baile y de las actividades formativas de cultura
Requisitos
  • Estás matriculado como alumno en la escuela municipal de cultura, en alguna de las actividades recogidas en la convocatoria
  • Tu unidad familiar está empadronada en Guijuelo con al menos seis meses de antelación al inicio del plazo de matrícula
  • Estás al corriente de tus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y con la Seguridad Social, desde que solicitas la ayuda hasta que se paga
  • No tienes ninguna deuda pendiente con el Ayuntamiento de Guijuelo
  • Si el alumno es menor de edad, los requisitos de estar al corriente con la Hacienda estatal y la Seguridad Social y de no tener deudas con el Ayuntamiento se refieren a su tutor o tutores
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Asiste con regularidad a la actividad en la que estás matriculado
  • Abona las facturas que te presente la empresa encargada de la actividad
  • Presenta la factura del mes, el justificante de asistencia y el justificante bancario del pago
  • Justifica la subvención como muy tarde el 30 de agosto de 2027
  • Comunica las ayudas que recibas para la misma finalidad, antes o después de solicitar esta
  • Permite las actuaciones de comprobación y control financiero, y devuelve el dinero si incumples
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 30 de mayo de 2027 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

La convocatoria fija el plazo hasta el 30 de mayo de 2027, mientras que la Base de Datos Nacional de Subvenciones registra el 31 de julio de 2027. Mostramos la más temprana; confirma el plazo con el Ayuntamiento de Guijuelo antes de presentar la solicitud.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Estás matriculado en una escuela municipal o aula cultural de Guijuelo
  • Estudias música, baile, idiomas, teatro, ajedrez, pintura o robótica en el municipio
  • Tu unidad familiar lleva empadronada en Guijuelo al menos seis meses
  • Eres menor de edad y tu tutor puede presentar la solicitud por ti
  • Tu familia es numerosa o alguno de sus miembros tiene una discapacidad reconocida
  • No estás matriculado en ninguna actividad de las escuelas municipales de Guijuelo
  • Tu unidad familiar no está empadronada en Guijuelo
  • Tu unidad familiar se empadronó menos de seis meses antes del plazo de matrícula
  • Tienes alguna deuda pendiente con el Ayuntamiento de Guijuelo
  • No estás al corriente con la Hacienda estatal o con la Seguridad Social

Cuánto puedes recibir

Cobras una cantidad fija por persona y por mes completo, que depende de la actividad en la que estés matriculado: va desde 5€ hasta 49,22€ al mes. Si tu familia es numerosa o alguno de sus miembros tiene una discapacidad reconocida, ese importe se incrementa un 30%. El pago se hace por meses vencidos y por el importe que corresponda a ese periodo, mediante transferencia bancaria, a partir de la fecha de la resolución de concesión.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Matricúlate en alguna de las actividades de las escuelas municipales o aulas culturales de Guijuelo

  2. Reúne el anexo de solicitud, el anexo de declaración y la documentación que se exige

  3. Presenta la solicitud en el registro general del Ayuntamiento con el modelo de instancia general

  4. Adjunta los documentos que acrediten la familia numerosa o la discapacidad si alegas alguna de las dos

  5. Presenta después la solicitud de pago de cada mes con la factura y los justificantes de asistencia y de pago

Documentación necesaria

  • Solicitud normalizada (Anexo Solicitud de Subvención)
  • Declaración responsable (Anexo Declaración)
  • DNI o CIF de quien solicita la subvención o, si es menor de edad, de su tutor o tutores
  • Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y con la Seguridad Social
  • Documento bancario que acredite el número y la titularidad de la cuenta corriente donde cobrar la subvención
  • Documentos que acrediten la familia numerosa o la discapacidad reconocida, si las alegas
  • Modelo de solicitud de pago, con la factura del mes, el justificante de asistencia y el justificante bancario del pago

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrarla si ya recibo otra ayuda para la misma actividad?
Sí. Esta subvención es compatible con otras de cualquier administración pública o institución privada. Eso sí, la suma de todas ellas no puede superar el precio total de la actividad subvencionada.
¿Tengo que presentar toda la documentación si ya la entregué otro año?
No hace falta si la presentaste en la convocatoria del curso 2024/2025 y no han cambiado esas circunstancias. En todo caso, sí es obligatorio presentar al menos el anexo de solicitud.
¿Qué pasa si el alumno es menor de edad?
La solicitud la presenta su tutor o tutores legales, y los requisitos de estar al corriente con la Hacienda estatal y la Seguridad Social y de no tener deudas con el Ayuntamiento se entienden referidos a ellos.
¿Hasta cuándo puedo justificar la ayuda?
Puedes presentar los justificantes con la cadencia que quieras, pero el plazo termina el 30 de agosto de 2027, incluido ese día.
¿Qué ocurre si no cumplo las obligaciones?
El Ayuntamiento inicia de oficio un expediente y, tras darte audiencia, puede reclamarte el reintegro de los fondos no justificados más los intereses de demora. También puedes devolver voluntariamente lo cobrado comunicándolo por registro de entrada.

Fuentes oficiales

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