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Ayudas Claras
Ayudas Córdoba Servicios sociales
Servicios sociales Córdoba Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas al estudio para familias de Fuente Palmera

Hasta 400€ para familias de Fuente Palmera con hijos que estudian fuera.

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Fuente Palmera para el gasto extraordinario de estudiar fuera del municipio.
Para quién
Familias de Fuente Palmera con hijos e hijas que cursan ciclos formativos o estudios universitarios fuera del municipio.
Cuánto
Hasta 400€ de cuantía máxima individual
Qué cubre
  • Matrícula, libros y material necesario para el estudio
  • Alojamiento
  • Transporte público
Requisitos
  • Tu unidad familiar está empadronada en Fuente Palmera desde hace al menos doce meses
  • El alumno está matriculado en un ciclo formativo medio o superior, un grado o un posgrado
  • El centro educativo está ubicado fuera de la Colonia de Fuente Palmera
  • El centro es público o concertado, y la universidad es pública
  • Los ingresos anuales de tu unidad familiar no superan el límite de renta que le corresponde por número de miembros: 10.800 € (1 miembro), 18.000 € (2), 25.200 € (3), 32.400 € (4), 39.600 € (5) y 46.800 € (6 o más) computando 12 pagas; o 12.600 €, 21.000 €, 29.400 €, 37.800 €, 46.200 € y 54.600 € respectivamente computando 14 pagas
  • No pueden ser beneficiarios más de dos miembros de la misma unidad familiar
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica ante el Ayuntamiento que cumples los requisitos y condiciones de la ayuda
  • Sométete a las actuaciones de comprobación y control financiero
  • Comunica al Ayuntamiento cualquier otra ayuda o ingreso que recibas para lo mismo
  • Conserva los documentos que justifican el uso del dinero recibido
  • Devuelve la ayuda si la obtuviste falseando u ocultando las condiciones exigidas
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Estás empadronado en Fuente Palmera desde hace al menos doce meses
  • Tu hijo o hija cursa un ciclo formativo de grado medio o superior
  • Tu hijo o hija estudia un grado o posgrado en una universidad pública
  • El centro donde estudia está fuera de la Colonia de Fuente Palmera
  • Has pagado gastos de matrícula, alojamiento o transporte durante 2026
  • El centro donde estudia tu hijo está dentro de la Colonia de Fuente Palmera
  • Tu unidad familiar lleva menos de doce meses empadronada en Fuente Palmera
  • Los ingresos anuales de tu unidad familiar superan el límite de renta que le corresponde por número de miembros (desde 10.800 € con un miembro hasta 46.800 € con seis o más, computando 12 pagas)
  • Ya hay dos miembros de tu unidad familiar beneficiarios de esta ayuda
  • Pagaste los gastos fuera del año 2026
  • El estudiante cursa una etapa educativa distinta a las que recoge la convocatoria

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo 400€, y no pueden cobrar la ayuda más de dos miembros de una misma unidad familiar. Las solicitudes se ordenan por la puntuación obtenida y se conceden hasta agotar la partida. Una vez publicada la resolución definitiva de concesión, cobras el 100% de la ayuda por transferencia bancaria a la cuenta que hayas indicado.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación que acredita tu empadronamiento, tus ingresos y la matrícula

  2. Rellena y firma el modelo de solicitud del Anexo I

  3. Relaciona los gastos y adjunta las facturas con sus justificantes de pago en el Anexo II

  4. Presenta la solicitud en el Registro del Ayuntamiento o en su sede electrónica

  5. Si te lo requieren, subsana la documentación en 5 días hábiles

  6. Consulta la propuesta de resolución provisional y presenta alegaciones en 5 días

Documentación necesaria

  • Modelo de solicitud relleno y firmado (Anexo I)
  • Fotocopia del DNI de la persona solicitante y de todos los miembros de la unidad familiar
  • Fotocopia del libro de familia
  • Certificado de empadronamiento histórico colectivo de las personas que forman la unidad de convivencia
  • Copia de la declaración de la renta de 2025 de los miembros mayores de 16 años o certificado de imputaciones
  • Fotocopia de la matrícula del curso 2025/2026 y/o 2026/2027 con el justificante de pago
  • Convenio regulador o sentencia, en caso de familia monoparental o monomarental
  • Fotocopia del carnet de familia numerosa en vigor, si lo tienes
  • Certificación de cuenta bancaria a nombre del solicitante
  • Contrato de alquiler de piso de estudiantes y justificantes de pago, si lo hay
  • Factura a nombre del solicitante y justificante de pago del material de estudio
  • Justificante de demanda de empleo del solicitante, los progenitores y los convivientes mayores de 18 años
  • Declaración responsable de ingresos de la unidad familiar con el justificante de ingresos de 2025
  • Declaración responsable de todas las ayudas concedidas o solicitadas con la misma finalidad
  • Acreditación de la discapacidad reconocida superior al 33% de algún miembro de la unidad familiar
  • Relación clasificada de los gastos subvencionados (Anexo II)
  • Relación del patrimonio inmobiliario de la unidad familiar distinto de la vivienda habitual (Anexo III)

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir esta ayuda si ya recibo otra beca de estudios?
Sí. Estas ayudas son compatibles con otras subvenciones o ingresos para la misma finalidad, siempre que entre todas no superen el coste de la actividad. Tienes que declarar todas las ayudas concedidas o solicitadas.
¿Cómo se decide quién recibe la ayuda?
Se suman puntos por la situación económica de la unidad familiar medida sobre el IPREM de 2025 (3 puntos hasta 10.800€, 2 puntos hasta 18.000€ y 1 punto hasta 25.200€), por la situación familiar (desempleo, familia numerosa, monoparentalidad o discapacidad del 33%) y por el patrimonio inmobiliario distinto de la vivienda habitual. Las ayudas se conceden por orden de puntuación hasta agotar la partida.
¿Quién presenta la solicitud si el estudiante es menor de edad?
Pueden solicitarla el padre, la madre o el tutor o tutora legal del menor.
¿Qué pasa si me falta algún documento?
El Ayuntamiento te requerirá para que subsanes la falta o aportes los documentos en 5 días hábiles. Si no lo haces, se entiende que desistes de tu solicitud.
¿Cuánto tarda en resolverse la convocatoria?
El plazo máximo para resolver, notificar y publicar las resoluciones no puede superar los seis meses desde que termina el plazo de presentación de solicitudes.

Fuentes oficiales

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