Subvenciones a asociaciones locales de Hornachuelos
Ayudas del Ayuntamiento de Hornachuelos a las actividades de sus asociaciones
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Hornachuelos para las actividades que organizan las asociaciones locales.
- Para quién
- Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro de Hornachuelos, y vecinos que representan a un grupo en una iniciativa puntual.
- Cuánto
- El importe se fija en la resolución según la puntuación obtenida y no puede superar los 2.000 € por asociación, sumando gastos corrientes e inversión. En gastos de inversión, el máximo subvencionable es de 1.000€ y no puede superar el 50% de la subvención concedida.
- Qué cubre
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- Actividades de cultura, deporte, educación, juventud, salud, medio ambiente, participación vecinal y patrimonio
- Gastos corrientes necesarios para ejecutar las actividades: servicios, productos fungibles y bienes que se entregan a los participantes
- Gastos de inversión en bienes que se quedan en la asociación
Importe máximo subvencionable: 1.000 euros. No puede superar el 50% del total de la subvención concedida, incluidas las dos líneas de ayuda. El bien no puede venderse ni destinarse a otro fin durante 2 años, o 5 años si es un bien inscribible en un registro público, debe incorporarse al inventario de la entidad y estar relacionado con los fines de la asociación y con las actividades del proyecto presentado. No puede estar relacionado con el funcionamiento ordinario de la asociación.
- Requisitos
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- Tu asociación está legalmente constituida y no tiene ánimo de lucro
- Tiene su sede en Hornachuelos
- Está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones
- Desarrolla sus actividades principalmente en el municipio
- No tienes suscrito un convenio de colaboración con el Ayuntamiento para realizar actividades en el mismo año que las ayudas
- La actividad y los gastos para los que pides la ayuda se corresponden con los fines de tu asociación según sus estatutos
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Realiza las actividades subvencionadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año en que se te concede la ayuda
- Justifica la subvención con la cuenta justificativa en un plazo máximo de tres meses desde que termina el periodo de ejecución
- Aporta las facturas y los justificantes de su pago; si pagas en efectivo, el importe no puede superar los 1.000,00€
- Justifica al menos el importe auxiliable total que figure en la resolución definitiva de concesión
- Haz constar la mención expresa de la subvención del Ayuntamiento de Hornachuelos en carteles, programas y material gráfico de la actividad
- Comunica al Ayuntamiento, en el plazo máximo de un mes, si obtienes otras ayudas que financien las mismas actividades
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu asociación es una entidad sin ánimo de lucro legalmente constituida
- Tu asociación tiene su sede en Hornachuelos
- Estáis inscritos en el Registro Municipal de Asociaciones de Hornachuelos
- Desarrolláis vuestras actividades principalmente en el municipio
- Organizáis actividades de cultura, deporte, educación, juventud, salud o patrimonio
- Representas a un grupo vecinal de Hornachuelos en una iniciativa puntual sin ánimo de lucro
- Tu asociación tiene un convenio de colaboración con el Ayuntamiento para actividades de este año
- Tu entidad no tiene su sede en Hornachuelos
- La actividad está dirigida en exclusiva a las personas socias de la asociación
- Solo quieres cubrir los gastos de funcionamiento ordinario de la asociación
- El gasto corresponde a comidas, bebidas o consumiciones en bares y restaurantes
- La actividad para la que pides la ayuda tiene ánimo de lucro
Cuánto puedes recibir
No hay una cantidad fija por asociación: las solicitudes compiten entre sí y el crédito total de la convocatoria, 23.000 €, se reparte en proporción a los puntos obtenidos en la baremación (el valor de un punto sale de dividir esos 23.000 € entre la suma de puntos de todas las solicitudes). En ningún caso puede concederse a una sola asociación más de 2.000 €, incluidas las dos líneas de ayuda: gastos corrientes e inversión. La resolución definitiva fija, para cada beneficiaria, el importe auxiliable, el porcentaje de subvención y el importe de la ayuda concedida. Si pides gastos de inversión, el máximo subvencionable es de 1.000€ y esa línea no puede superar el 50% del total de la subvención que te concedan. El pago de la subvención se realiza de forma anticipada.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que tu asociación está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones de Hornachuelos
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Prepara la memoria del proyecto con una ficha por cada actividad para la que pides ayuda
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Rellena la autobaremación y adjunta la documentación que acredite cada punto
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Presenta la solicitud dirigida a la Alcaldía en el registro de entrada del Ayuntamiento o en su sede electrónica
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Revisa el tablón de anuncios de la sede electrónica: si falta documentación, tienes diez días para subsanarla
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Comunica tu aceptación o rechazo de la ayuda concedida en los diez días hábiles siguientes a la publicación de la propuesta de resolución definitiva
Documentación necesaria
- Solicitud (Anexo I)
- Memoria resumen por actividad, para gastos de circulante (Anexo II.1)
- Memoria resumen por inmovilizado, para gastos de inversión (Anexo II.2)
- Memoria resumen global del total de actividades (Anexo III)
- Autobaremación del proyecto presentado, con la documentación que la acredite (Anexo IV)
- Certificado de estar al corriente en las obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria de la Junta de Andalucía (Modelo C02)
- Certificado de titularidad bancaria de la asociación, si no lo entregaste antes en el Ayuntamiento
- Documentos justificativos de las modificaciones respecto a lo presentado en el Registro Municipal de Asociaciones, si las hubiera