Ayudas para educación infantil 0-3 años en Hornachuelos
Entre 15€ y 35€ al mes por niño para familias de Hornachuelos según su renta.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Hornachuelos para el gasto de educación infantil de menores de 3 años.
- Para quién
- Padres, madres y tutores legales de niños y niñas menores de 3 años.
- Cuánto
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- Entre 15€ y 35€ al mes por niño, según la renta per cápita neta anual de la familia
La cuantía se calcula por los meses de asistencia real del menor, con un máximo de 11 al año (7 si entra en el segundo ciclo en septiembre). Si el conjunto de solicitudes supera el crédito disponible, las cuantías se reducen proporcionalmente.Renta per cápita neta anual Ayuda al mes por niño/a Hasta 7.200€ 35€ Más de 7.200€ y hasta 9.360€ 25€ Más de 9.360€ y hasta 11.520€ 15€
- Entre 15€ y 35€ al mes por niño, según la renta per cápita neta anual de la familia
- Qué cubre
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- El gasto de custodia y educación que el centro infantil supone a tu familia durante 2026
- Los meses de asistencia real del menor al centro, hasta un máximo de 11 al año
- Requisitos
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- Eres padre, madre o tutor legal de un niño o niña menor de 3 años
- El menor está matriculado en un centro de educación infantil autorizado
- Eres mayor de 18 años, estás emancipado o has iniciado el trámite de emancipación
- Estás empadronado en Hornachuelos o pasas en el municipio la mayor parte de tu jornada laboral, debidamente justificada
- La renta per cápita neta anual de tu familia no supera el umbral que fija la convocatoria
El extracto y la base 4ª fijan el límite en 2,5 veces el IPREM de 2025 (7.200 x 2,5 = 18.000,00€), mientras que la base 10ª de criterios de valoración lo rebaja a 1,6 veces el IPREM de 2025 (11.520€), que es el tope de los tramos de ayuda. Las fuentes no coinciden: confirma el umbral aplicable con el Ayuntamiento antes de solicitarla.
- Estás al corriente de tus obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria estatal y autonómica, con el Ayuntamiento y con la Seguridad Social
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Declara si has recibido otra ayuda por el mismo concepto y su importe
- Comprueba que la suma de todas las ayudas no supere la cantidad que pagas al centro
- Aporta la documentación adicional que te pida la Comisión de Valoración para baremar tu solicitud
- Permite que la Comisión de Valoración supervise la documentación justificativa de la ayuda concedida
- Cuándo
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- Abre: Consulta directamente con la administración
- Último día: 2 de diciembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres padre, madre o tutor legal de un niño o niña menor de 3 años
- El menor está matriculado en un centro de educación infantil autorizado
- Estás empadronado en Hornachuelos
- Pasas la mayor parte de tu jornada laboral en el municipio
- Eres mayor de 18 años o estás emancipado legalmente
- Tu hijo o hija ya ha cumplido los 3 años
- La renta per cápita neta anual de tu familia supera los 11.520€, tope de los tramos de ayuda (el extracto y la base 4ª fijan otro límite, 18.000€: confirma cuál se aplica con el Ayuntamiento)
- El centro donde está matriculado el menor no está autorizado
- No estás al corriente con Hacienda, el Ayuntamiento o la Seguridad Social
- Eres menor de 18 años y no has iniciado el trámite de emancipación
Cuánto puedes recibir
Cobras entre 15€ y 35€ al mes por cada niño o niña, según la renta per cápita neta anual de tu familia: 35€ si no supera los 7.200€, 25€ si supera los 7.200€ y no pasa de 9.360€, y 15€ si supera los 9.360€ y no pasa de 11.520€. La cantidad final depende de los meses de asistencia real del menor al centro, con un máximo de 11 meses al año o de 7 si entra en el segundo ciclo en septiembre. Si el conjunto de solicitudes supera el crédito disponible, las cuantías se reducen proporcionalmente. El pago se realiza una vez resuelta la propuesta de adjudicación y, prioritariamente, antes de que acabe el año de la solicitud.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación que exige la convocatoria
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Rellena la solicitud (Anexo I) dirigida al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento
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Marca en el Anexo I si autorizas al Ayuntamiento a pedir los datos al centro infantil o si aportas tú el certificado
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Presenta la solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento o en su registro de entrada
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Espera la resolución, que se dicta como máximo en 15 días desde que termina el plazo de solicitud
Documentación necesaria
- Solicitud cumplimentada (Anexo I)
- Copia del DNI del solicitante y de todos los miembros computables mayores de 14 años
- Copia de la declaración del IRPF de 2025 o, en su defecto, certificado de imputaciones de cada miembro de la unidad familiar mayor de 16 años
- Certificado de no ser deudor de la Agencia Tributaria de Andalucía (Modelo C02)
- Copia del libro de familia o documento que acredite la edad del menor
- Certificado de titularidad de la cuenta bancaria donde se ingresará la ayuda
- Certificado del centro de educación infantil con los meses matriculados, la cuota mensual y las subvenciones recibidas por el mismo concepto, si no autorizas al Ayuntamiento a pedirlo
- Declaración responsable (Anexo II)
- Certificado de discapacidad, si hay personas con discapacidad en la unidad familiar