Subvenciones a AMPA y AFA del Prat de Llobregat
Hasta el 75% del coste del proyecto educativo, con solicitud hasta el 20 de octubre.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento del Prat de Llobregat para financiar proyectos educativos de AMPA y AFA.
- Para quién
- Asociaciones de madres y padres de alumnos (AMPA) y de familiares de alumnos (AFA) de los centros públicos del Prat de Llobregat.
- Cuánto
- Hasta el 75% del coste total de tu proyecto; el importe se reparte de forma proporcional a la puntuación obtenida.
- Qué cubre
-
- Gastos corrientes del proyecto, como personal, alquileres, suministros y seguros
Nóminas y Seguridad Social del personal fijo y eventual; arrendamiento de bienes inmuebles y muebles; suministros de agua, electricidad, gas y combustibles; comunicaciones (teléfono, correo y mensajería), diseño, producción de materiales y difusión de la actividad; material fungible de oficina; seguros; material técnico o de producción fungible; servicios realizados por terceros (limpieza, seguridad, mantenimiento); dietas de personal contratado y voluntario (transporte, alojamiento y manutención); tributos abonados directamente por la entidad.
- Actividades vinculadas al proyecto, incluidas formación, talleres, charlas y trofeos
- Gastos generales de estructura de la entidad, hasta el 10% del coste total del proyecto
- Gastos corrientes del proyecto, como personal, alquileres, suministros y seguros
- Requisitos
-
- Tu entidad es una asociación sin ánimo de lucro
- Estás inscrita en el Registro Municipal de Entidades del ayuntamiento
Excepcionalmente pueden solicitar subvenciones personas físicas o jurídicas no inscritas en el Registro Municipal cuando la actividad desarrollada tenga incidencia o sea de interés para el municipio del Prat de Llobregat.
- Has justificado en plazo las ayudas que te concedió este ayuntamiento en años anteriores
- No pides subvención por el mismo concepto a otro departamento o unidad del ayuntamiento
- Estás al corriente de tus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el ayuntamiento
- Acreditas que quienes tienen contacto habitual con menores no han sido condenados por delitos contra la libertad sexual, trata o explotación de menores
-
No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
-
- Justifica el 100% del presupuesto del proyecto presentado, no solo el importe subvencionado
- Presenta la justificación en los tres meses siguientes al fin de la actividad y, como máximo, el 30 de junio de 2027
- Aporta facturas a nombre de tu entidad, efectivamente pagadas y con su comprobante de pago
- No externalices más del 50% de la gestión del proyecto, salvo justificación razonada
- Si ejecutas el proyecto por debajo del 80% previsto, la subvención se reduce proporcionalmente al grado de ejecución
- Comunica la renuncia a la subvención en un máximo de quince días desde el hecho que la motive
- Cuándo
-
- Abre: 5 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 20 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una AMPA o AFA de un centro público del Prat de Llobregat
- Tu asociación está inscrita en el Registro Municipal de Entidades del ayuntamiento
- Quieres financiar un proyecto educativo para el curso 2026-2027
- Tu proyecto impulsa la participación de las familias en el centro
- Necesitas comprar material informático para la asociación
- Tu entidad tiene ánimo de lucro
- Tu proyecto no encaja en ninguna de las finalidades de la convocatoria
- No has justificado en plazo ayudas anteriores de este ayuntamiento
- Pides subvención por el mismo concepto a otro departamento del ayuntamiento
- Tu proyecto no alcanza el mínimo de 25 puntos en la valoración
- Pides equipos informáticos y ya solicitaste ayuda por ese concepto en los cuatro años anteriores
Cuánto puedes recibir
El importe que recibes no es una cantidad fija: el ayuntamiento reparte el crédito disponible de forma proporcional entre los proyectos que alcanzan al menos 25 puntos, según la puntuación obtenida. La subvención no puede superar el 75% del coste total del proyecto presentado, salvo situaciones debidamente justificadas, así que tu entidad aporta el resto, por sí misma o con cofinanciación de terceros. Cobras el 60% de la subvención concedida tras la resolución y el 40% restante cuando justificas correctamente el proyecto.
Cómo solicitarla, paso a paso
-
Prepara el resumen de proyecto normalizado y el presupuesto normalizado en Excel
-
Pide al Consejo Escolar del centro el certificado que acredita que conoce vuestra solicitud
-
Presenta la solicitud por medios electrónicos en la sede electrónica del ayuntamiento con el certificado digital de la entidad
-
Subsana la documentación en diez días hábiles si el ayuntamiento te lo requiere
-
Espera la resolución de la Junta de Gobierno Local, que se dicta en un máximo de tres meses desde el fin del plazo de solicitud
-
Justifica el proyecto con la memoria normalizada y la cuenta justificativa
Documentación necesaria
- Modelo resumen de proyecto normalizado del ámbito por el que se solicita la subvención (SUB-151)
- Modelo de presupuesto normalizado con el detalle de programas y actividades, en formato Excel sin convertir a PDF
- Póliza de responsabilidad civil vigente o correspondiente al curso 2026-2027, con el justificante de pago
- Certificado de la reunión del Consejo Escolar de Centro o de su comisión permanente en la que se informa de la solicitud
- Proyecto detallado elaborado por la entidad, si el presupuesto del proyecto supera los 10.000€
- Certificado de composición de la Junta Directiva u órgano de gobierno, si ha habido cambios (SUB-53)
- Hoja de domiciliación bancaria con certificado bancario, si cambian los datos bancarios (COM-001)
- Declaración responsable sobre cumplimiento de la normativa de protección jurídica del menor, si hay contacto habitual con menores (SUB-087)
- Certificado de retribuciones de la Junta Directiva, si solicitas una subvención superior a 10.000€ (SUB-086)
- NIF de la entidad, si no lo has presentado antes o ha cambiado algún dato
- Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, si no autorizas al ayuntamiento a consultarlos