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Ayudas Claras
Subvenciones Gran Canaria
desempleo Gran Canaria Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones de empleo y discapacidad en Gran Canaria

Entre 40.000€ y 100.000€ por anualidad para proyectos plurianuales de empleo

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Cabildo de Gran Canaria a proyectos que mejoren la empleabilidad de personas con discapacidad.
Para quién
Entidades sin ánimo de lucro que representan o trabajan con personas con discapacidad intelectual, psicosocial o sensorial.
Cuánto
Entre 40.000€ y 100.000€ por anualidad, subvencionable hasta el 100% de la cuantía presentada
Qué cubre
  • Gastos de personal del proyecto, tanto de nueva incorporación como del personal propio
  • Gastos corrientes del proyecto
  • Acciones de orientación, intermediación laboral, apoyo en el empleo y formación para las personas participantes
Requisitos
  • Eres una entidad sin ánimo de lucro que representa o trabaja con personas con discapacidad intelectual, psicosocial o sensorial
  • Acreditas al menos dos años de vinculación con personas con discapacidad mediante certificado de tu secretaría u órgano equivalente
  • Estás domiciliada en Gran Canaria o tienes sede permanente en la isla, aunque actúes en todo el país
  • Estás válidamente constituida e inscrita en el registro público correspondiente al presentar la solicitud
  • No tienes deudas con el Cabildo de Gran Canaria ni con sus organismos autónomos en vía de apremio
  • Has justificado las subvenciones que el Cabildo te concedió antes, si estabas obligada a ello
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Inicia el proyecto en el plazo de un mes desde que te notifican la concesión
  • Comunica al Servicio de Empleo y Desarrollo Local la fecha de inicio real del proyecto
  • Presenta informes de seguimiento cada tres meses, el primero a los quince días naturales de la concesión
  • Entrega la relación nominal de las personas destinatarias en los quince días naturales siguientes a la concesión
  • Coloca el cartel oficial y da publicidad del carácter público de la financiación
  • Justifica cada anualidad en los dos meses siguientes al fin de su plazo de ejecución, con informe de auditor
Cuándo
  • Abre: 29 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 27 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad sin ánimo de lucro con sede permanente en Gran Canaria
  • Representas o trabajas con personas con discapacidad intelectual, psicosocial o sensorial
  • Puedes acreditar al menos dos años de vinculación con personas con discapacidad
  • Quieres poner en marcha un proyecto de empleo de hasta treinta y seis meses
  • Tu proyecto puede atender al menos a quince personas destinatarias
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • No estás domiciliada ni tienes sede permanente en Gran Canaria
  • Tu entidad no está constituida ni inscrita en el registro público correspondiente
  • Ya has pedido otra ayuda del Cabildo para la misma actuación en esta anualidad
  • Tienes pendiente justificar subvenciones anteriores del Cabildo de Gran Canaria

Cuánto puedes recibir

Tu entidad presenta un proyecto cuya cuantía por anualidad debe estar entre 40.000€ y 100.000€, y se subvenciona hasta el 100% de la cuantía presentada. El porcentaje concreto se fija en la resolución de concesión y se mantiene inalterable salvo modificación expresa. La anualidad 2026 se abona en un único pago anticipado del 100% una vez dictada la resolución; las anualidades 2027 y 2028 se pagan al 100% después de presentar y validar técnicamente el informe de seguimiento del año anterior.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación de tu entidad y redacta el proyecto plurianual de tres años según el modelo de la convocatoria

  2. Cumplimenta la solicitud y fírmala digitalmente con tu representante legal

  3. Presenta la solicitud en la sede electrónica del Cabildo de Gran Canaria dentro de los veinte días hábiles del plazo

  4. Subsana en diez días hábiles si te requieren documentación que falte

  5. Presenta alegaciones en diez días hábiles si no estás de acuerdo con la propuesta de resolución provisional

Documentación necesaria

  • Solicitud en el modelo oficial firmada digitalmente por el representante legal (Anexo I)
  • Proyecto con todos los aspectos a valorar, firmado digitalmente por el representante (Anexo II)
  • Fotocopia de los estatutos o de la escritura de constitución
  • Certificado de inscripción de la entidad en el registro correspondiente, o del depósito de los estatutos
  • Certificado del secretario de la entidad con la composición de su órgano de gobierno
  • Certificado de la secretaría que acredite al menos dos años de vinculación con personas con discapacidad
  • Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del representante de la entidad
  • Fotocopia del documento de identificación fiscal de la entidad
  • Certificados de estar al corriente con la Agencia Tributaria estatal, la canaria, el Cabildo de Gran Canaria y la Seguridad Social

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar varios proyectos o varias solicitudes?
No. Cada entidad puede presentar una única solicitud y un único proyecto plurianual por tres años, detallando las acciones a realizar por anualidades.
¿Es compatible con otras subvenciones?
Sí, con las concedidas por otras administraciones o entidades privadas para el mismo concepto y fin, siempre que la suma de todas no supere el 100% del coste total del proyecto y lo notifiques al Servicio de Empleo y Desarrollo Local. Es incompatible con otra subvención del propio Cabildo para la misma actuación con cargo al mismo ejercicio presupuestario.
¿Puedo subcontratar parte del proyecto?
Sí. Puedes subcontratar la actividad que constituye el objeto de la subvención hasta el 50% de su importe.
¿Qué pasa si no me responden a tiempo?
El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria. Si pasa ese plazo sin resolución expresa, puedes entender desestimada tu solicitud.
¿Qué ocurre si una persona destinataria abandona el proyecto?
Puedes sustituirla siempre que puedan ejecutarse las acciones previstas y quede debidamente acreditado. Las bajas y las sustituciones se recogen en el informe de seguimiento.

Fuentes oficiales

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