Ayudas al pago de luz y gas en San Martín del Rey Aurelio
Ayuda municipal para pagar la luz, el gas u otras energías de tu vivienda
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de San Martín del Rey Aurelio para pagar suministros energéticos de la vivienda.
- Para quién
- Familias monoparentales, mujeres víctimas de violencia de género, personas desempleadas, pensionistas y personas con bajos ingresos.
- Cuánto
- Consulta directamente con la administración. La ayuda nunca supera el importe de los gastos y facturas que acredites.
- Qué cubre
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- El consumo de electricidad y gas de tu vivienda habitual
- Otras energías como carbón, leña o gasóleo
- El alta de suministros tras un corte de energía
- Requisitos
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- Eres mayor de 18 años o menor emancipado legalmente
- Resides y estás empadronado en San Martín del Rey Aurelio
- Eres titular del contrato de suministro energético o justificas su uso y consumo
- Los ingresos de tu unidad de convivencia no superan las cuantías fijadas en la convocatoria
- La dirección en la que estás empadronado coincide con la del suministro
- Tienes tramitado o en trámite el bono social con tu compañía eléctrica
- Obligaciones
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- Justifica el pago de las facturas en un máximo de 15 días desde la concesión si cobras por anticipado
- Devuelve de inmediato el importe que no llegues a justificar
- Acredita de forma detallada el consumo de energía de la vivienda habitual y el pago de las facturas
- Permite el seguimiento de tu caso por parte de los servicios sociales
- Informa si recibes otra ayuda para el mismo fin de cualquier administración o entidad
- Aporta y acredita la documentación completa de tus ingresos y bienes: ocultar datos anula la ayuda
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Estás empadronado en San Martín del Rey Aurelio
- Eres titular de un contrato de luz o gas en vigor
- Vives de alquiler y el contrato te obliga a pagar los suministros
- Tienes el suministro cortado por impago de facturas
- Te cuesta pagar los suministros básicos de tu vivienda
- El inmueble no tiene cédula de habitabilidad como vivienda
- Rechazaste una intervención propuesta por los servicios sociales municipales
- Alguien empadronado en tu vivienda ya recibe otra ayuda de suministro energético
- Entre los convivientes tenéis más de 6.000€ en cuentas bancarias
- Hay parentesco hasta el tercer grado entre tú y la persona arrendadora
- Recibiste ayuda con el mismo fin de otra entidad en los tres meses anteriores
Cuánto puedes recibir
El importe máximo por solicitante y unidad de convivencia no aparece especificado; consulta directamente con la administración. La ayuda no puede superar en ningún caso el importe de los gastos y facturas que acredites, y solo se concede una ayuda por vivienda y persona de la unidad de convivencia. El pago se hace por transferencia bancaria a la cuenta que designes.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne las facturas de los suministros y la documentación sobre tu situación económica
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Pide en el centro de servicios sociales el modelo normalizado de solicitud (Anexo I)
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Fírmala junto a todas las personas mayores de 16 años empadronadas en la vivienda
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Presenta la solicitud con la documentación en la Unidad de Trabajo Social de tu localidad de residencia
Documentación necesaria
- Solicitud firmada en el modelo normalizado (Anexo I)
- DNI del solicitante y de todas las personas empadronadas en la vivienda
- Libro de familia o actas de nacimiento de los menores de 16 años sin DNI
- Pasaporte, permiso de residencia o autorización de residencia o permanencia, si eres extranjero
- Certificado de estancia emitido por casa de acogida de mujeres maltratadas, centro terapéutico, penitenciario o de menores
- Certificado del INSS de la pensión o del Ingreso Mínimo Vital, o certificado negativo
- Informe de vida laboral
- Movimientos bancarios de todas las personas empadronadas de los 3 meses anteriores al mes de apertura del plazo
- Declaración de la renta o, en su caso, certificado negativo
- Justificante de los ingresos líquidos de los 3 meses anteriores, si trabajas por cuenta ajena
- Justificante de las declaraciones a cuenta del último trimestre, si trabajas por cuenta propia
- Certificación del Servicio Público de Empleo sobre las prestaciones percibidas, si estás desempleado
- Sentencia de separación o divorcio y convenio regulador, en caso de separación o divorcio
- Facturas y justificantes de pago, o presupuesto de reenganche, de las empresas suministradoras
- Contrato de arrendamiento en vigor y declaración jurada de la parte arrendadora, si los suministros no están a tu nombre
- Contrato de alquiler o hipoteca y los tres últimos recibos de abono
- Ficha de acreedor cumplimentada a nombre del solicitante
- Declaración responsable sobre situación socioeconómica y cumplimiento de requisitos (Anexo II)
- Resolución del grado de dependencia o discapacidad, en su caso
- Auto judicial de orden de protección o justificante de estancia en casa de acogida, en su caso