Ayuda para notaría y registro a jóvenes en Isuerre
Hasta 600€ por los gastos de notaría y registro de tu primera vivienda
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Isuerre para los gastos de notaría y registro de la primera vivienda.
- Para quién
- Jóvenes de 18 a 39 años que adquieren su primera vivienda en el municipio de Isuerre.
- Cuánto
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- El gasto de notaría y registro, con un tope según el tipo de vivienda
Si uno de los compradores no cumple alguno de los requisitos, se concede el 50% de la ayuda que correspondería, siempre que el otro los cumpla todos.Tipo de vivienda Límite máximo Vivienda protegida (V.P.A.) 600 euros Vivienda sin calificación de protegida 500 euros
- El gasto de notaría y registro, con un tope según el tipo de vivienda
- Qué cubre
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- Gastos de notaría de la escritura de compraventa o de obra nueva
- Hasta dos copias de esa escritura
- Gastos de inscripción de la vivienda en el Registro de la Propiedad
- Requisitos
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- Tienes entre 18 y 39 años en el momento de firmar la escritura pública
- Eres español o extranjero con residencia legal en España
- Estás empadronado en Isuerre al menos desde que presentas la solicitud
- Es tu primera vivienda y la destinas a domicilio habitual y permanente
- No eres titular de otra vivienda ni de un derecho real de uso o disfrute sobre ella
- La escritura está firmada entre el 16 de diciembre de 2025 y el 15 de diciembre de 2026
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Destina la ayuda a la finalidad para la que se concede
- Facilita la inspección, el control y la supervisión del ayuntamiento
- Mantén tu domicilio habitual, fiscal y el empadronamiento en Isuerre durante los 5 años siguientes a la compra
- Declara cualquier otra ayuda pública que recibas para el mismo fin
- Devuelve las cantidades cobradas, con los intereses legales, si incumples las condiciones
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tienes entre 18 y 39 años al firmar la escritura pública
- Compras tu primera vivienda en el municipio de Isuerre
- Estás empadronado en Isuerre al presentar la solicitud
- Firmas la escritura entre el 16 de diciembre de 2025 y el 15 de diciembre de 2026
- La vivienda va a ser tu domicilio habitual y permanente
- La vivienda que compras está fuera del municipio de Isuerre
- Tienes 40 años o más cuando firmas la escritura pública
- Ya eres titular de otra vivienda o de un derecho de uso sobre ella
- Ya recibiste esta misma ayuda en una convocatoria anterior del ayuntamiento
- La vivienda no reúne las condiciones de habitabilidad o de legalidad urbanística
Cuánto puedes recibir
Recibes el importe de los gastos de notaría y de registro de la vivienda, con un tope de 600 euros si se trata de vivienda protegida y de 500 euros si no tiene esa calificación. Quedan fuera los gastos de IRPF y los derivados del préstamo hipotecario. Si uno de los compradores no cumple alguno de los requisitos, se concede el 50% de la ayuda que correspondería, siempre que el otro los cumpla todos. El abono se hace en un único pago, después de comprobar que cumples los requisitos exigidos.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la escritura de compraventa o de obra nueva y las facturas de notaría y registro
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Rellena la solicitud oficial del Anexo I de las bases
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Presenta la solicitud con toda la documentación en el Registro del Ayuntamiento de Isuerre
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Subsana en un plazo máximo de diez días hábiles si el ayuntamiento te avisa de que falta algo
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Espera la resolución del Alcalde, que se dicta como máximo en dos meses desde que termina el plazo de solicitudes
Documentación necesaria
- Solicitud cumplimentada (Anexo I)
- Escritura de compraventa o escritura de obra nueva en los supuestos de autopromoción
- DNI, NIF o NIE
- Certificación del padrón catastral de bienes inmuebles de naturaleza urbana
- Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón
- Declaración responsable de cumplimiento de requisitos para obtener la condición de beneficiario (Anexo II)
- Memoria económica justificativa del coste de los gastos subvencionables (Anexo III)
- Ficha de terceros cumplimentada por la entidad bancaria (Anexo IV)
- Facturas detalladas de los gastos notariales y de registro
- Justificantes de pago efectivo de las facturas
- Documento que acredite la calificación de vivienda protegida, cuando proceda
- Nota de consulta al Índice General de titularidades de los Registros de la Propiedad