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Ayudas Claras
Subvenciones A Coruña Cultura
Cultura A Coruña Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a asociaciones culturales de Ribeira 2026

Entre 300€ y 2.000€ de subvención para actividades culturales en Ribeira.

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Ribeira para actividades culturales de entidades sin ánimo de lucro.
Para quién
Asociaciones y entidades de carácter cultural sin ánimo de lucro radicadas en el municipio de Ribeira.
Cuánto
Entre 300€ y 2.000€ de subvención, con un máximo del 50% del gasto acreditado
Qué cubre
  • Organización de actividades o proyectos de promoción y difusión cultural realizados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
  • Gastos de funcionamiento, solo si están directamente relacionados con la actividad

    El importe de los gastos de funcionamiento no puede ser más del 13% de los gastos directos de la actividad subvencionada.

Requisitos
  • Eres una asociación o entidad de carácter cultural sin ánimo de lucro
  • Tu domicilio social o tu sede está en el municipio de Ribeira
  • Estás inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones antes de la fecha fijada en la convocatoria
  • Cuentas con un mínimo de veinte socios
  • No tienes pendiente de justificar ninguna ayuda anterior del ayuntamiento, salvo que te concedieran una prórroga
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina la ayuda al proyecto o actividad concretos que indicaste en la solicitud: no puedes justificar gastos de otros distintos
  • Realiza los gastos dentro del periodo subvencionable, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026
  • Justifica la subvención en el plazo de un mes desde que te notifiquen la concesión
  • No presentes la justificación después del 30 de abril de 2027, ni siquiera con prórroga concedida
  • Entrega una memoria justificativa con las facturas originales o copias compulsadas y copia de los carteles de difusión
  • Haz constar en toda la publicidad de las actuaciones realizadas tras recibir la comunicación de la resolución que has obtenido una subvención del ayuntamiento, usando el escudo municipal
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Tu entidad cultural sin ánimo de lucro tiene su sede en Ribeira
  • Tu asociación está inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones
  • Tu asociación cuenta con veinte socios o más
  • Vas a organizar actividades de promoción y difusión cultural durante 2026
  • Puedes financiar al menos la mitad del gasto de la actividad con recursos propios u otras subvenciones
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Eres un centro educativo o una asociación de madres y padres que organiza viajes educativos o actividades extraescolares
  • Eres una asociación de mayores o de personas con diversidad funcional y la actividad va dirigida solo a tus integrantes
  • La actividad es un festejo patronal o un evento equiparable
  • Tienes pendiente de justificar una ayuda anterior del ayuntamiento sin prórroga concedida

Cuánto puedes recibir

Cada entidad solicitante puede percibir como máximo 2.000€, y el importe mínimo de la aportación concedida es de 300€. La cantidad final se calcula como un porcentaje del coste realmente ejecutado y justificado, y esa proporción no puede superar el 50%. Cobras la subvención después de que el ayuntamiento verifique tu documentación justificativa.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Define la actividad o proyecto cultural que vas a desarrollar en 2026 y su presupuesto estimado de gastos

  2. Rellena los modelos normalizados que figuran como anexos de la ordenanza reguladora

  3. Adjunta el material publicitario de la actividad para la que pides la subvención

  4. Presenta la solicitud en el registro general del Ayuntamiento de Ribeira o en cualquier otro registro público admitido

  5. Consulta la lista de solicitantes y la resolución en el tablón de anuncios del ayuntamiento

Documentación necesaria

  • Designación de la persona representante de la entidad ante el ayuntamiento (Anexo I)
  • Declaración responsable del representante de la entidad (Anexo II)
  • Modelo de solicitud de subvención (Anexo III)
  • Designación de la cuenta bancaria en la que se ingresará la subvención (Anexo IV)
  • Material publicitario de la actividad para la que se solicita la ayuda

Preguntas frecuentes

¿Puede mi entidad recibir más de una subvención?
Con carácter general solo se concede una subvención por entidad, salvo excepciones previstas en las convocatorias específicas. Se consideran una sola entidad aquellas que comparten más del 50% de socios o de miembros de la junta directiva.
¿Puedo compaginar esta ayuda con otras subvenciones?
Sí, pero el importe de esta subvención, sola o junto con otras ayudas de administraciones públicas o de entes públicos o privados, no puede superar el coste total de la actividad.
¿Qué pasa si justifico menos gasto del presupuestado?
Si justificas al menos el 50% del presupuesto subvencionado, cobras la parte proporcional de la subvención. Si justificas menos del 50%, no se abona ninguna cantidad.
¿Qué gastos quedan fuera de la subvención?
Quedan excluidos la manutención, el alojamiento y las atenciones protocolarias, los viajes de ocio, las comidas y eventos gastronómicos, las inversiones reales y los festejos patronales o eventos equiparables.
¿Puedo pedir una prórroga para justificar la ayuda?
Puedes solicitarla a instancia de parte y solo se concede una. Si no hay resolución expresa antes de que acabe el plazo de justificación, se entiende desestimada.

Fuentes oficiales

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