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Ayudas Claras
Subvenciones Granada Prestaciones
Prestaciones Granada Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a cofradías y hermandades de Motril

Hasta 1.000€ por cofradía o hermandad de Motril para patrimonio procesional

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Motril para proyectos de patrimonio procesional de la Semana Santa.
Para quién
Cofradías y hermandades de Motril, incluidas las hermandades de gloria que realizan salidas procesionales.
Cuánto
  • Hasta 1.000€ por entidad beneficiaria, según la puntuación de tu proyecto
    Puntuación del proyectoPorcentaje subvencionado
    De 70 a 100100%
    De 40 a 6990%
    Menos de 4080%
    El porcentaje se aplica sobre el importe que solicitas y la subvención no puede superar 1.000€ por entidad beneficiaria.
Qué cubre
  • Compra de material de orfebrería, bordado, imaginería y escultura religiosa
  • Conservación y restauración del patrimonio procesional
  • Bienes y materiales inventariables que duren más de un ejercicio
Requisitos
  • Eres una entidad sin ánimo de lucro legalmente constituida a través de sus estatutos
  • Estás inscrita en el registro de entidades religiosas del Ministerio de Presidencia, en el Registro de asociaciones de Andalucía o en el registro municipal de asociaciones de Motril
  • Tienes el domicilio social en el término municipal de Motril
  • Procesionas o haces tu estación de penitencia o salida anual durante 2026
  • No tienes pendiente de reintegro ni de justificación, fuera de los plazos establecidos, otras subvenciones del Ayuntamiento de Motril
  • No eres deudora de la Hacienda Municipal
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta el proyecto completo y cumple la finalidad por la que se concedió la ayuda
  • Justifica los gastos en los tres meses siguientes al fin de la actividad y como máximo el 31 de marzo de 2027
  • No subcontrates ni total ni parcialmente el proyecto subvencionado
  • Comunica al Ayuntamiento de Motril cualquier otra ayuda o ingreso que financie el proyecto
  • Incluye de forma visible el escudo del Ayuntamiento en los materiales de difusión del proyecto
  • Conserva los documentos justificativos de los fondos recibidos
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una cofradía o hermandad legalmente constituida sin ánimo de lucro
  • Tu entidad tiene el domicilio social en el término municipal de Motril
  • Vas a procesionar o hacer tu estación de penitencia durante 2026
  • Quieres financiar un proyecto de orfebrería, bordado o imaginería religiosa
  • Necesitas conservar o restaurar tu patrimonio procesional
  • Tu entidad no está inscrita en ninguno de los registros exigidos
  • Eres deudora de la Hacienda Municipal del Ayuntamiento de Motril
  • Tienes pendiente, fuera de los plazos establecidos, la justificación o el reintegro de otra subvención municipal
  • No presentaste la memoria de proyectos subvencionados en años anteriores
  • Tu proyecto solo incluye material fungible o gastos corrientes de la entidad

Cuánto puedes recibir

Cada cofradía o hermandad puede recibir como máximo 1.000€. La cantidad sale de aplicar al importe que has solicitado un porcentaje que depende de la puntuación de tu proyecto: el 100% si obtienes de 70 a 100 puntos, el 90% de 40 a 69 puntos y el 80% por debajo de 40. El pago es anticipado, así que cobras los fondos antes de justificar el gasto.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara un único proyecto detallado con los elementos a adquirir y el desglose de gastos e ingresos

  2. Reúne los anexos, los estatutos y los certificados que exige la convocatoria

  3. Presenta la solicitud telemáticamente en la sede electrónica del Ayuntamiento de Motril, firmada por tu representante legal

  4. Hazlo dentro de los 15 días hábiles siguientes a la publicación de las bases

  5. Si te lo requieren, subsana la solicitud en un plazo de 10 días hábiles

  6. Consulta la propuesta provisional en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y presenta alegaciones en 10 días hábiles si no estás de acuerdo

Documentación necesaria

  • Modelo de solicitud de subvención (Anexo I)
  • Proyecto exhaustivo con presupuesto detallado de gastos e ingresos previstos (Anexo II)
  • Declaración expresa de no estar incurso en causas que impiden ser beneficiario (Anexo III)
  • Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con la Junta de Andalucía (los de la Agencia Tributaria y la Seguridad Social puedes sustituirlos por una declaración responsable, al no superar la ayuda los 3.000 euros)
  • Acreditación de la representación y cargo del responsable de la entidad
  • DNI de la persona que ostenta la representación
  • CIF de la entidad
  • Certificación bancaria del número de cuenta donde cobrar la ayuda
  • Estatutos de la hermandad o cofradía
  • Justificante de inscripción en el registro de entidades religiosas, en el Registro de asociaciones de Andalucía o en el registro municipal de asociaciones

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si ya tengo otra ayuda para el mismo proyecto?
Sí, es compatible con ayudas de otras administraciones o entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales. Eso sí, la suma de todas no puede alcanzar ni superar el 100% del coste de la actividad subvencionada.
¿Cuántas solicitudes puede presentar mi hermandad?
Solo una. Cada entidad presenta una única solicitud en la convocatoria y con un único proyecto.
¿Qué gastos no se subvencionan?
Quedan fuera los materiales fungibles, la adquisición de bienes destinados a la venta y, en general, los gastos corrientes de funcionamiento o suministros de la entidad.
¿Qué ocurre si solo justifico una parte del proyecto?
Si justificas al menos el 60% del presupuesto del proyecto y tu actuación se aproxima al cumplimiento total, la subvención se ajusta de forma proporcional en lugar de retirarse. Esto no se aplica si incumples requisitos formales, como acreditar que estás al corriente con Hacienda o la Seguridad Social.
¿Cuánto tarda en resolverse la convocatoria?
El plazo máximo para resolver y notificar es de tres meses desde el día siguiente al cierre del periodo de presentación de solicitudes. Si pasa ese plazo sin notificación, puedes entender desestimada tu solicitud.

Fuentes oficiales

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