Ayudas al emprendimiento para autónomos y pymes en Utebo
Hasta el 80% de tus gastos, con un máximo de 2.500€, al abrir negocio en Utebo.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Utebo para quienes abren una nueva actividad económica en el municipio.
- Para quién
- Personas autónomas, pymes y sociedades civiles que emprenden en Utebo.
- Cuánto
- Hasta el 80% de los gastos subvencionables, con un máximo de 2.500€
- Qué cubre
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- Reformas, instalaciones, maquinaria, mobiliario y equipamiento informático
- Notaría, registro, asesoramiento, publicidad, página web, tasas y licencias
- Alquiler del local, alta de suministros, gestoría, seguros y Seguridad Social de los trabajadores
- Requisitos
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- Tienes el domicilio social de tu actividad en el término municipal de Utebo
- Iniciaste la actividad o te diste de alta entre el 1 de enero de 2026 y tu solicitud
- Has invertido en activos fijos o asumido gastos corrientes de al menos 500€
- No has estado de alta como autónomo en los tres meses anteriores, salvo cese involuntario
- Dispones de las licencias o la comunicación previa necesarias para tu actividad
- Te comprometes a mantener la actividad al menos dos años desde su inicio
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Mantén tu actividad y tu alta en la Seguridad Social durante al menos dos años
- Si causas baja antes de ese plazo, comunícalo por escrito en un máximo de tres meses
- Comunica en el plazo de un mes cualquier otra ayuda que recibas para la misma finalidad
- Devuelve la ayuda si cesas en la actividad o incumples las condiciones
- Sométete a las actuaciones de control de los servicios técnicos del Ayuntamiento
- Facilita en quince días la información que te requiera el Ayuntamiento sobre transparencia
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres persona física o jurídica que inicia una nueva actividad económica
- Te das de alta en la Seguridad Social o en tu mutualidad profesional
- Tienes el domicilio social de tu actividad en el término municipal de Utebo
- Has invertido o gastado al menos 500€ desde el 1 de enero de 2026
- Puedes comprometerte a mantener la actividad durante al menos dos años
- Eres autónomo colaborador o autónomo económicamente dependiente
- Tu entidad es una asociación, una fundación o no tiene ánimo de lucro
- Estuviste de alta como autónomo en los tres meses anteriores al inicio
- Ya recibiste esta ayuda de Utebo por la misma actividad en tres años
- Tienes deudas pendientes con Hacienda, la Seguridad Social o el Ayuntamiento
- Eres una administración pública, una empresa pública u otro ente público
Cuánto puedes recibir
Recibes como máximo el 80% de los gastos subvencionables del presupuesto de tu proyecto y, en cualquier caso, nunca más de 2.500€. Si al final justificas menos gasto del previsto, la subvención se reduce en la misma proporción. Además, la ayuda no puede superar, sola o sumada a otras, el coste del proyecto o la actividad.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Date de alta en la Seguridad Social o en tu mutualidad e inicia tu actividad en Utebo
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Reúne las facturas y los justificantes de pago bancario de los gastos realizados
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Rellena los modelos normalizados de solicitud, memoria descriptiva y memoria justificativa
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Firma electrónicamente la solicitud y los anexos y preséntalos en la sede electrónica del Ayuntamiento
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Si te lo requieren, subsana la documentación en el plazo de diez días naturales
Documentación necesaria
- Fotocopia del DNI, NIE o CIF de la persona o entidad que solicita la ayuda
- Acreditación de la representación, cuando proceda
- Escritura de constitución y estatutos actualizados, si eres persona jurídica
- Contrato de constitución de la sociedad civil, si el solicitante es una sociedad civil
- Certificado de situación censal o copia de la declaración censal de alta de la Agencia Tributaria
- Resolución o certificación de alta en el régimen de autónomos o en la mutua profesional
- Justificante de demanda de empleo, si acreditas desempleo previo o de larga duración
- Relación nominal de trabajadores actualizada, en caso de creación de empleo
- Solicitud de participación y declaración responsable (Anexo I)
- Memoria descriptiva de la propuesta empresarial (Anexo II)
- Memoria justificativa y compromisos (Anexo III)
- Facturas y justificantes de pago bancario de las inversiones y gastos subvencionables
- Ficha de terceros cumplimentada, firmada y sellada por la entidad bancaria