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Ayudas Claras
Subvenciones Comunidad Valenciana Cultura
Cultura Comunidad Valenciana Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a las artes escénicas en la Comunitat Valenciana

Ayudas de 2.500€ a 30.000€ según modalidad para profesionales de las artes escénicas.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Instituto Valenciano de Cultura para impulsar la creación y la difusión de las artes escénicas.
Para quién
Autores, profesionales de las artes escénicas, empresas productoras, editoriales, asociaciones y entidades sin ánimo de lucro.
Cuánto
  • Cuantía máxima que puedes solicitar según la modalidad
    ModalidadCuantía máxima
    Creación de escritura escénica4.500€
    Formación2.500€
    Investigación3.000€
    Edición7.500€
    Residencias escénicas20.000€
    Producción emergente de un montaje escénico30.000€
    Asistencia a ferias y acontecimientos de mercado10.000€
    El importe de la ayuda solicitada tiene que ser inferior al 65% del presupuesto aportado.
Qué cubre
  • Gastos estrictamente necesarios de la actividad subvencionada ejecutados entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2026
  • Gastos indirectos como nóminas del personal administrativo y de gestión, alquiler de oficinas, mantenimiento, suministros o asesoría laboral, hasta un máximo del 30% de la justificación
  • Quedan excluidos los gastos de merchandising y los objetos promocionales
Requisitos
  • Dispones de establecimiento o sucursal en la Comunitat Valenciana cuando se hagan efectivas las ayudas
  • Acreditas tu condición de profesional con el alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores
  • Cumples las condiciones propias de la modalidad a la que te presentas
    ModalidadQuién puede pedirla
    Creación de escritura escénicaPersonas físicas
    FormaciónPersonas físicas
    InvestigaciónPersonas físicas, empresas, asociaciones y entidades sin ánimo de lucro y entes sin personalidad jurídica
    EdiciónEmpresas, entes sin personalidad jurídica y entidades sin ánimo de lucro que editen libros y revistas
    Residencias escénicasEmpresas y entes sin personalidad jurídica con trayectoria mínima de tres años en teatro o dos en danza, circo o artes de calle, y con un agente cultural externo que colabore
    Producción emergenteEmpresas productoras de montajes escénicos en la Comunitat Valenciana con antigüedad máxima de cinco años
    Ferias y acontecimientos de mercadoEmpresas que realizan una actividad comercial relacionada con las artes escénicas, incluidas asociaciones profesionales y entidades sin ánimo de lucro, y entes sin personalidad jurídica
  • Realizas la actividad entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2026
  • Solo presentas una solicitud por modalidad de ayuda
  • Tu proyecto obtiene como mínimo 50 puntos en la valoración
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Presenta la justificación de la ayuda como máximo el 30 de noviembre de 2026
  • Justifica un gasto mínimo equivalente al 50% del presupuesto del proyecto presentado o al importe concedido, el que sea mayor
  • Incluye los logotipos institucionales del organismo y haz constar que la actividad se realiza en colaboración con la Generalitat
  • Comunica por escrito cualquier cambio sustancial del proyecto y pide autorización antes de hacerlo
  • Presenta en la justificación un informe sobre las medidas de sostenibilidad de tu empresa, salvo en escritura escénica, formación e investigación
  • Participa en las actividades de fomento y difusión cultural de la Generalitat si te lo piden
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Escribes textos escénicos en castellano o en valenciano
  • Eres profesional de las artes escénicas y quieres especializarte
  • Investigas sobre artes escénicas
  • Tu empresa edita libros o revistas sobre artes escénicas
  • Tu compañía escénica tiene cinco años de actividad o menos
  • Quieres asistir a ferias escénicas fuera de la Comunitat Valenciana
  • Eres una asociación sin ánimo de lucro y pides la ayuda a residencias escénicas
  • Eres un festival y pides la ayuda a residencias escénicas
  • Pides la ayuda a producción emergente y tu empresa productora supera los cinco años de antigüedad
  • Pides la ayuda a producción emergente y tu compañía ya recibió una ayuda del Instituto Valenciano de Cultura para producir un montaje profesional
  • No tienes establecimiento ni sucursal en la Comunitat Valenciana
  • Ya tienes una subvención nominativa de la Conselleria por esas mismas actuaciones

Cuánto puedes recibir

La cuantía máxima que puedes solicitar depende de la modalidad y va desde 2.500€ en formación hasta 30.000€ en producción emergente de un montaje escénico. En escritura escénica se reparten 20 ayudas de importe fijo de 4.500€ y en investigación, 16 ayudas de importe fijo de 3.000€. En el resto de modalidades el importe se calcula de forma proporcional a la puntuación obtenida, a la asignación económica de la modalidad y a la cantidad solicitada. Cobras la ayuda después de justificarla correctamente.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Elige la modalidad de ayuda que encaja con tu proyecto

  2. Rellena el anexo I indicando el nombre del proyecto, su coste previsto, la modalidad y la cuantía que solicitas

  3. Prepara el resumen del proyecto en el modelo normalizado de tu modalidad y, salvo si pides escritura escénica o investigación, también la ficha presupuestaria

  4. Firma electrónicamente la solicitud antes de presentarla

  5. Preséntala por vía telemática en el registro de la sede electrónica del organismo dentro de los 10 días hábiles

  6. Si te lo requieren, enmienda la solicitud en el plazo improrrogable de cinco días hábiles

Documentación necesaria

  • Solicitud de ayuda al fomento de las artes escénicas (Anexo I)
  • Resumen del proyecto en el modelo normalizado de la modalidad
  • Ficha presupuestaria de la modalidad en modelo normalizado, salvo en escritura escénica e investigación
  • Declaración responsable de no estar en ninguna de las situaciones que impiden ser beneficiario
  • Constitución e inscripción en el registro correspondiente, si eres una entidad con personalidad jurídica
  • Copia del plan de igualdad con el visado de la dirección general competente, si estás obligado a tenerlo

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentarme a más de una modalidad?
Sí, puedes presentarte a varias modalidades aunque sean incompatibles entre sí, pero solo puedes solicitar una ayuda por modalidad. Si resultas beneficiario de una de ellas, tienes cinco días hábiles para renunciar o desistir de la incompatible.
¿Es compatible con otras subvenciones?
Sí, es compatible con ayudas de cualquier administración o entidad pública o privada, siempre que la suma no supere el coste de la actividad subvencionada. No puedes optar si ya eres beneficiario de una subvención nominativa de una entidad dependiente de la Conselleria por esas mismas actuaciones.
¿Cuándo tengo que realizar la actividad?
Entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2026. El estreno de los espectáculos de producción emergente puede hacerse como máximo el 31 de enero de 2027.
¿Qué pasa si no justifico la ayuda a tiempo?
La falta de justificación en el plazo previsto determina la revocación de la subvención concedida.
¿Qué ocurre si mi solicitud está incompleta?
El órgano competente te requiere para que la enmiendes en un plazo máximo e improrrogable de cinco días hábiles. Los requerimientos pueden hacerse de forma individual o mediante una lista publicada en la web del organismo.

Fuentes oficiales

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