Ayuda de 1.200€ para autónomos con hijos en València
Ayuda fija de 1.200€ por hijo nacido o adoptado desde 2024 para autónomos de València
Lo que significa
- Qué es
- Subvención municipal por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de València para autónomos que han tenido o adoptado un hijo.
- Para quién
- Personas trabajadoras autónomas de València que han sido madres o padres por nacimiento o adopción.
- Cuánto
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- 1.200€ fijos por cada nacimiento o adopción, con incrementos a partir del segundo hijo o hija
Si las solicitudes atendidas no agotan el crédito, el sobrante se reparte de forma proporcional entre las personas beneficiarias, con un máximo de 500€ más por solicitud. Si el crédito se agota, la última ayuda concedida puede ser inferior a la cuantía establecida, pero nunca menor de 500€.Situación Importe Por cada nacimiento o adopción desde el 1 de enero de 2024 1.200€ Si es el segundo hijo o hija +300€ Si es el tercer hijo o hija +300€ adicionales, y así sucesivamente
- 1.200€ fijos por cada nacimiento o adopción, con incrementos a partir del segundo hijo o hija
- Qué cubre
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- Las dificultades económicas derivadas del nacimiento o la adopción de tu hijo o hija
- La continuidad de tu actividad emprendedora como persona autónoma
- Requisitos
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- Has tenido o adoptado un hijo o hija desde el 1 de enero de 2024 hasta la fecha en que presentas la solicitud
- Estás dado de alta en el impuesto de actividades económicas y en el régimen especial de trabajadores autónomos antes de publicarse la aprobación de esta convocatoria
- Tu domicilio fiscal o el local donde desarrollas tu actividad está en el término municipal de València
- Estás empadronado en València en el momento de solicitarla, con una antigüedad mínima de 5 años contados desde el 1 de enero de 2016
- Tu plantilla media de trabajadores en alta en los 12 meses anteriores a la solicitud es inferior a 10 personas
- No has sido beneficiario de ayudas de minimis por un importe superior a 300.000€ durante los tres años previos a tu solicitud
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Sométete a las actuaciones de comprobación y control financiero previstas en materia de subvenciones
- Devuelve el dinero recibido si obtuviste la ayuda falseando las condiciones u ocultando datos que lo habrían impedido
- Devuelve los fondos si muestras resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control
- Cumple las obligaciones de publicidad activa de la normativa de transparencia si te resultan aplicables
- Si devuelves voluntariamente todo o parte del importe, hazlo mediante autoliquidación en el sistema municipal de autoliquidaciones
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres persona física trabajadora autónoma
- Has tenido o adoptado un hijo o hija desde el 1 de enero de 2024
- Tu domicilio fiscal o tu local de actividad está en València
- Estás empadronado en València desde hace al menos 5 años
- Tu plantilla media es inferior a 10 personas trabajadoras
- Los dos progenitores sois autónomos y queréis pedirla cada uno
- Desarrollas tu actividad económica a través de una sociedad mercantil, civil, cooperativa o cualquier otra forma de persona jurídica
- Formas parte de una comunidad de bienes u otra entidad sin personalidad jurídica
- Eres personal autónomo colaborador
- El inicio de tu actividad genera alta en una mutualidad profesional
- Tienes alguna deuda pendiente con el Ayuntamiento de València
- Has recibido ayudas de minimis por más de 300.000€ en los tres años previos
Cuánto puedes recibir
Recibes una cantidad fija de 1.200€ por cada nacimiento o adopción legal producido desde el 1 de enero de 2024 hasta que presentas la solicitud. Si se trata de tu segundo hijo o hija, la cuantía se incrementa en 300€, y en otros 300€ si es el tercero, y así sucesivamente. Cuando las solicitudes atendidas no agotan el crédito, el sobrante se reparte de forma proporcional entre las personas beneficiarias con un máximo de 500€ más por solicitud; si el crédito se agota, la última ayuda concedida puede ser menor, pero nunca inferior a 500€. El pago se hace en un pago único por transferencia bancaria a partir de la fecha del acuerdo de concesión, sin que tengas que constituir garantías.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne la documentación que acredita tu alta como autónomo, tu plantilla media y el nacimiento o la adopción
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Asegúrate de disponer de firma electrónica avanzada con un certificado reconocido para personas físicas
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Rellena y firma el formulario de solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento de València, en el apartado de trámites
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Presenta la solicitud únicamente por vía telemática dentro de los 20 días naturales siguientes a la publicación del extracto en el boletín provincial
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Consulta el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento, donde se publican los listados provisionales y todas las notificaciones
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Si apareces en el listado de solicitudes incompletas, subsana o alega en el plazo de 10 días hábiles
Documentación necesaria
- Formulario de solicitud normalizado con declaración responsable y autorizaciones de consulta
- Certificado actualizado de situación en el censo de actividades económicas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
- Acreditación de no estar inscrito como empresario en el sistema de la Seguridad Social, si no tienes ni has tenido trabajadores a tu cargo
- Informe de la Tesorería de la Seguridad Social sobre la plantilla media de trabajadores en alta en los 12 meses anteriores, si tienes o has tenido trabajadores
- Informe de vida laboral actualizado de la persona solicitante
- Certificado actualizado de ayudas de minimis emitido en 2026, aunque no hayas recibido ninguna subvención
- Libro de familia o certificado de inscripción del hijo o hija en el Registro Civil, o documentación equivalente
- Anexo con la relación de tus hijos e hijas y su año de nacimiento
- Certificado de titularidad de la cuenta bancaria indicada en la instancia, que debe pertenecer a la persona solicitante