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Empleo Álava Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a empresas por contratar jóvenes en Llodio

Subvención a empresas de Llodio que contraten a jóvenes menores de 35 años

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Llodio para empresas y entidades que contratan a personas jóvenes desempleadas.
Para quién
Empresas, entidades privadas y personas físicas con actividad económica en Llodio.
Cuánto
Hasta 2.000 euros por contrato a jornada completa de tres meses y hasta 4.000 euros si dura seis meses o más, con un 10 % adicional cuando contratas a una mujer
Qué cubre
  • La contratación por cuenta ajena de personas jóvenes desempleadas menores de 35 años empadronadas en Llodio
  • Contratos formalizados entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2026
  • Contratos de al menos tres meses de duración, a jornada completa o parcial de al menos el 50 %
  • Cualquier modalidad de contrato, salvo el de formación y aprendizaje y el de prácticas
Requisitos
  • Eres una persona física o jurídica privada, sea cual sea tu forma jurídica
  • Tienes centro de trabajo y actividad económica en el término municipal de Llodio
  • Formalizas un contrato de trabajo por cuenta ajena de al menos tres meses, a jornada completa o parcial de al menos el 50 %
  • La persona contratada está desempleada, inscrita y de alta como demandante de empleo en Lanbide el día anterior al inicio del contrato, y no está de alta en el Régimen General ni en el de autónomos
  • La persona contratada es menor de 35 años y está empadronada en Llodio el día anterior al inicio del contrato
  • El contrato no es para la formación y el aprendizaje ni en prácticas
  • No contratas a tu cónyuge ni a parientes hasta el segundo grado, ni a quienes tengan el control de la empresa o cargos de dirección o administración
  • Presentas una solicitud por cada persona que vayas a contratar, con un máximo de 2 contratos subvencionados por beneficiario
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Acredita que has formalizado el contrato subvencionado y que cumples los requisitos y condiciones que dieron lugar a la concesión
  • Comunica cualquier cambio en las circunstancias que motivaron la concesión y, en particular, el cese de la persona contratada y su sustitución
  • Comunica el importe de otras subvenciones o ayudas concedidas después para la misma actividad por cualquier Administración o ente público
  • Facilita toda la información que te pidan y acepta las actuaciones de comprobación y control
  • Entrega los documentos de cotización y las nóminas del periodo contratado en el plazo que fije la resolución de concesión
  • Mantén el contrato hasta el final del periodo subvencionado: si se extingue antes, pierdes el derecho a cobrar la ayuda o tienes que devolverla
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 30 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una empresa o entidad privada, sea cual sea tu forma jurídica
  • Tienes centro de trabajo y actividad económica en Llodio
  • Vas a contratar a una persona joven menor de 35 años del municipio
  • La persona que contratas está desempleada al iniciar el contrato
  • Has formalizado el contrato entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2026
  • Eres una Administración pública o una sociedad pública
  • Tu entidad está vinculada o depende de una Administración pública
  • Eres un centro especial de empleo
  • No tienes centro de trabajo ni actividad económica en Llodio
  • Ya recibes otra subvención o ayuda por el mismo concepto y finalidad, salvo las bonificaciones de la Seguridad Social

Cuánto puedes recibir

La ayuda máxima es de 2.000 euros por cada contrato a jornada completa de tres meses de duración y de 4.000 euros por cada contrato a jornada completa de duración igual o superior a seis meses. Si el contrato es a tiempo parcial o dura entre tres y seis meses, la ayuda es proporcional a la jornada y al tiempo trabajado. Todas esas cuantías se incrementan un 10 % adicional cuando el contrato se celebra con una mujer. La cuantía final no puede superar el 75 % de los costes salariales y de Seguridad Social de la persona contratada, incluidas las indemnizaciones por fin de contrato y la cuota de Seguridad Social a cargo de la empresa; al aplicar el incremento por contratación de mujeres ese límite no puede superar en ningún caso el 100 % de esos mismos costes. Si tras examinar todas las solicitudes no hay consignación presupuestaria suficiente para pagarlas todas, se reparte de forma proporcional entre todas las entidades beneficiarias. Si el contrato se rescinde durante los meses subvencionados por no superar el periodo de prueba, cese voluntario, despido declarado procedente, muerte o invalidez de la persona contratada, la ayuda se reduce en proporción a la duración efectiva del contrato o puedes formalizar un nuevo contrato en los mismos términos en un plazo de 10 días naturales.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Formaliza el contrato de trabajo con la persona joven desempleada

  2. Reúne la documentación de tu empresa o entidad y la de la contratación

  3. Presenta una solicitud por cada persona contratada, en instancia normalizada, en el servicio de atención a la ciudadanía del ayuntamiento

  4. Subsana en 10 días hábiles si te requieren documentación que falte

  5. Espera la resolución de la Junta de Gobierno Local, que se notifica electrónicamente

  6. Aporta después los documentos de cotización y las nóminas del periodo contratado

Documentación necesaria

  • Instancia normalizada de solicitud de la subvención
  • Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, si eres persona física
  • Copia de la Tarjeta de Identificación Fiscal, Documento Nacional de Identidad y poderes de representación, si eres persona jurídica o entidad
  • Fotocopia de las escrituras de constitución de la empresa o entidad, con sus modificaciones posteriores e inscripción en los registros correspondientes
  • Certificado de altas y bajas en el Impuesto de Actividades Económicas emitido por la Hacienda Foral
  • Copia del contrato de trabajo a subvencionar, donde conste su duración y jornada, y copia del alta de la persona contratada en el régimen general de la Seguridad Social
  • Informe de vida laboral de la empresa emitido por la Seguridad Social del día de la contratación
  • Copia del DNI de la persona contratada, documento que acredite su inscripción en Lanbide e informe actualizado de su vida laboral
  • Informe de Datos para la Cotización emitido por la Seguridad Social
  • Documentos de cotización RLC y RNT
  • Nóminas correspondientes al periodo de contratación
  • Certificado actualizado de la Hacienda Foral de estar al corriente, solo si te opones a la comprobación de oficio

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrar esta ayuda si ya tengo otra subvención por la misma contratación?
No. Estas ayudas son incompatibles con cualquier otra subvención o ayuda concedida por otras administraciones o entidades públicas o privadas por el mismo concepto y finalidad. Sí son compatibles con las bonificaciones de la Seguridad Social.
¿Cuántas solicitudes tengo que presentar si contrato a varias personas?
Una por cada persona a contratar, acompañada de la documentación requerida. No se subvencionan más de 2 contratos por cada beneficiario, y no se concede más de una subvención por la contratación de una misma persona aunque la soliciten empresas distintas.
¿Qué pasa si falta documentación en mi solicitud?
El ayuntamiento te requerirá para que subsanes las faltas o aportes los documentos en un plazo de 10 días hábiles. Si no lo haces, se entiende que desistes y el expediente se archiva sin más trámites.
¿Cuánto tarda en resolverse?
El plazo máximo para dictar la resolución es de 3 meses desde que termina el plazo de presentación de solicitudes. Si pasa ese plazo sin que te notifiquen, la ayuda se entiende desestimada.
¿Qué ocurre si el contrato se rescinde antes de tiempo?
Con carácter general, extinguir el contrato antes de que termine el periodo subvencionado supone perder el derecho a cobrar la ayuda o tener que devolverla. Si la rescisión se debe a no superar el periodo de prueba, cese voluntario, despido declarado procedente, muerte o invalidez de la persona contratada, la ayuda se reduce en proporción a la duración efectiva del contrato o puedes formalizar un nuevo contrato en los mismos términos en un plazo de 10 días naturales.

Fuentes oficiales

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