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Ayudas Claras
Subvenciones Badajoz Servicios sociales
Servicios sociales Badajoz Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para asociaciones de Oliva de la Frontera

Hasta 1.800€ por asociación para proyectos de interés social en el municipio.

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera para proyectos y actividades de asociaciones locales.
Para quién
Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro de Oliva de la Frontera.
Cuánto
Hasta el 100% de los gastos del proyecto, con un máximo de 1.800€ por asociación.
Qué cubre
  • Gastos corrientes ligados directamente al desarrollo y ejecución de la actividad
  • Gastos realizados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
  • Desplazamientos de los participantes solo si la actividad los exige de forma explícita e imprescindible y están contemplados en el presupuesto del proyecto presentado
Requisitos
  • Tu entidad está legalmente constituida e inscrita en el registro que le corresponde
  • Estás inscrita en el Registro de Asociaciones de Oliva de la Frontera
  • Tienes el domicilio social en Oliva de la Frontera o vienes trabajando allí de forma estable
  • Tu entidad carece de fines de lucro
  • Si eres una ONG, dispones de sede central o delegación permanente en el municipio
  • Presentas una sola solicitud, con un proyecto anual o con actividades concretas
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Destina la ayuda solo al proyecto subvencionado y ejecútalo en Oliva de la Frontera
  • Haz constar en todo el material del proyecto que el Ayuntamiento lo subvenciona e incluye su imagen corporativa
  • Comunica al Ayuntamiento cualquier acto público de presentación del proyecto
  • Avisa de cualquier imprevisto en el desarrollo de las actividades en cuanto se produzca
  • Comunica si obtienes otras subvenciones para el mismo proyecto y devuelve el sobrante si superan su coste
  • Presenta la documentación justificativa antes del 31 de diciembre de 2026
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación o entidad sin ánimo de lucro legalmente constituida
  • Estás inscrita en el Registro de Asociaciones de Oliva de la Frontera
  • Tienes tu domicilio social en Oliva de la Frontera
  • Vas a realizar en 2026 un proyecto o actividad de interés social en el municipio
  • Vienes realizando actividades de forma notoria y estable en la localidad
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Recibes una subvención directa o nominativa del Ayuntamiento este ejercicio
  • Tu entidad no está inscrita en el registro que le corresponde por su naturaleza
  • Las actividades de tu proyecto se realizan fuera de Oliva de la Frontera
  • Tu proyecto consiste en excursiones o viajes culturales fuera de la localidad

Cuánto puedes recibir

Puedes recibir hasta el 100% de los gastos de tu proyecto, con un tope de 1.800€ por asociación. El dinero disponible se reparte de forma proporcional a la puntuación entre los proyectos que alcancen un mínimo de 50 puntos sobre 100. Nunca se subvenciona un proyecto por encima de su coste, descontados los ingresos que obtengas para financiarlo. El pago se hace tras presentar la justificación, salvo que la resolución de concesión establezca excepcionalmente un pago anticipado.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tu asociación está inscrita en el Registro de Asociaciones de Oliva de la Frontera

  2. Rellena la instancia normalizada de solicitud del Anexo I

  3. Redacta la memoria detallada del proyecto o actividad del Anexo III

  4. Reúne la declaración responsable y el resto de documentación exigida

  5. Presenta la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento o en su sede electrónica dentro de los quince días siguientes a la publicación del extracto

  6. Si te requieren subsanar la solicitud, corrígela en el plazo de diez días hábiles

Documentación necesaria

  • Instancia normalizada de solicitud (Anexo I)
  • Declaración responsable (Anexo II)
  • Memoria detallada de la actividad o proyecto (Anexo III)
  • Certificado de la Secretaría de la entidad sobre la representación legal del firmante y el número de socios actuales
  • CIF de la entidad y NIF de la persona representante
  • Escritura, documento o acta de constitución de la asociación y sus estatutos
  • Certificación de inscripción en el Registro de Asociaciones de la Junta de Extremadura o el que corresponda, con la fecha de inscripción
  • Certificado de la entidad financiera con la titularidad de la cuenta donde ingresar la subvención

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si mi asociación ya recibe otra subvención del Ayuntamiento?
No. Quedan excluidas las entidades que perciben subvenciones directas o nominativas incluidas en el Presupuesto General del Ayuntamiento de este ejercicio.
¿Puedo presentar varios proyectos?
No. Cada entidad solo puede presentar una solicitud, en la que puedes incluir actividades concretas o un proyecto anual.
¿Es compatible con ayudas de otras administraciones?
Sí, pero la suma de todas las ayudas no puede superar el coste de la actividad. Si se produce esa sobrefinanciación, tendrás que comunicarlo y devolver la cantidad que sobre.
¿Qué pasa si no presento la justificación?
El incumplimiento de las obligaciones de justificación abre el procedimiento de reintegro de la cantidad cobrada o no justificada.
¿Cuánto tarda la resolución?
El Ayuntamiento debe resolver en un plazo máximo de tres meses desde que termina el plazo de presentación de solicitudes. Si pasa ese plazo sin respuesta, tu solicitud se entiende desestimada.

Fuentes oficiales

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