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Ayudas Claras
Subvenciones Aragón Empleo
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Subvención por contratar jóvenes o madres en Zaragoza

3.000€ por cada contrato indefinido a tiempo completo, con un máximo de 9.000€.

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Zaragoza para contratar de forma indefinida a jóvenes menores de 35 años en desempleo de larga duración o a mujeres que se reincorporan al mercado laboral tras la maternidad.
Para quién
Autónomos, profesionales y pequeñas y medianas empresas establecidos en la ciudad de Zaragoza que contratan trabajadores.
Cuánto
  • Importe por contrato, con una cuantía máxima de subvención de 9.000€
    Tipo de contratoSubvención
    Indefinido a tiempo completo (sin incluir fijos discontinuos)3.000€
    Fijo discontinuo de nueva creación, a jornada completa1.500€
    Jornada parcial de al menos el 50%Se prorratea en proporción al tiempo de trabajo efectivo
    Máximo 3 contratos por solicitante. La subvención, sola o sumada a ayudas de otras administraciones o entidades, no puede superar el 80% del coste salarial más las cargas sociales a cargo del empleador.
Qué cubre
  • La retribución salarial de la persona contratada
  • Las cotizaciones a la Seguridad Social a cargo del empleador
Requisitos
  • Eres autónomo, profesional de una mutualidad alternativa o pyme

    Autónomos: personas físicas dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social. Profesionales: personas físicas que pertenecen a una mutualidad profesional alternativa a ese régimen. Pymes: empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros.

  • Tu domicilio social y fiscal está en el término municipal de Zaragoza
  • El centro de trabajo de la persona contratada está en el término municipal de Zaragoza
  • Formalizas por escrito un contrato indefinido que se inicia entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2026
  • La persona contratada está en desempleo e inscrita como demandante en el Servicio Aragonés de Empleo antes de la contratación
  • La persona contratada pertenece a uno de los dos colectivos de la convocatoria

    Jóvenes menores de 35 años a la fecha de la firma del contrato que se encuentren en situación de desempleo durante al menos los 12 meses previos a la contratación de forma ininterrumpida. Mujeres que se reincorporen al mercado laboral en los 18 meses posteriores al parto, siempre que acrediten la interrupción de su actividad profesional con motivo de la maternidad.

  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Mantén la relación laboral indefinida durante al menos 180 días
  • Si la persona contratada causa baja, sustitúyela en el plazo de un mes por otra que cumpla los mismos requisitos y comunícalo al ayuntamiento
  • Mantén la plantilla durante el periodo obligatorio de contratación de cada contrato subvencionado
  • No reduzcas tu plantilla más de un 20% entre el 31 de diciembre de 2025 y el periodo de solicitud
  • Informa a la persona trabajadora de que su contrato está subvencionado, incluyéndolo en la nómina
  • Justifica los gastos entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2027 en la sede electrónica del ayuntamiento
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres autónomo, profesional o pyme con domicilio social y fiscal en Zaragoza
  • Vas a contratar de forma indefinida a una persona desempleada
  • Contratas a un joven menor de 35 años con 12 meses en paro
  • Contratas a una mujer que se reincorpora tras el parto
  • El contrato se inicia entre enero y septiembre de 2026
  • El centro de trabajo de la persona contratada está en Zaragoza
  • Eres una administración pública o una entidad dependiente de ella
  • Contratas a un familiar tuyo hasta el segundo grado
  • La persona contratada trabajó en tu empresa en los 3 meses anteriores
  • Has reducido tu plantilla más de un 20% desde diciembre de 2025
  • El contrato es temporal o de duración determinada
  • La jornada del contrato es inferior al 50% de la completa

Cuánto puedes recibir

Recibes 3.000€ por cada contrato indefinido a tiempo completo y 1.500€ si es un contrato fijo discontinuo de nueva creación a jornada completa. En los contratos a jornada parcial de al menos el 50% de la jornada, la cuantía se prorratea en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Puedes presentar como máximo 3 contratos y la cuantía máxima de subvención es de 9.000€.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Formaliza por escrito el contrato indefinido, con fecha de inicio del trabajo entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2026

  2. Reúne la documentación exigida, incluidos los informes de plantilla media y el informe de la demanda de empleo

  3. Presenta el anexo de solicitud por registro electrónico en la sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza

  4. Subsana la solicitud en 10 días hábiles si el ayuntamiento te lo requiere

  5. Presenta la ficha de terceros en la Tesorería Municipal si no figuras en el listado de proveedores municipales

  6. Justifica la subvención entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2027

Documentación necesaria

  • Anexo de solicitud según modelo normalizado, cuya firma supone la declaración responsable de que cumples los requisitos
  • Tarjeta de identificación fiscal y acreditación del domicilio social (empresas y otras personas jurídicas)
  • Copia de la escritura de constitución de la entidad (empresas y otras personas jurídicas)
  • Certificado de composición de la Junta u órgano de Gobierno (empresas y otras personas jurídicas)
  • Justificación de la cifra de negocio: último modelo 200 del Impuesto de Sociedades presentado (empresas y otras personas jurídicas)
  • Copia del documento nacional de identidad (personas autónomas)
  • Copia del último recibo del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o de la mutualidad a la que pertenezcas (personas autónomas)
  • Justificación de la cifra de negocio: modelo 100 de la declaración de la renta de 2025 (personas autónomas)
  • Informe de plantilla media de trabajadores en alta del día anterior al del contrato a subvencionar
  • Informe de plantilla media de trabajadores en alta en la fecha de solicitud
  • Copia del contrato de trabajo de cada persona por la que solicitas la subvención
  • Informe de situación administrativa de la demanda de empleo de cada persona contratada
  • Certificado o documentación que acredite que cada persona contratada pertenece a uno de los colectivos de la convocatoria

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la ayuda por más de un contrato?
Sí, con un máximo de 3 contratos por solicitante, sea cual sea su tiempo de dedicación. No se concede más de una subvención por la contratación de una misma persona, aunque la soliciten empresas o autónomos distintos.
¿Es compatible con otras ayudas?
El contrato subvencionado es incompatible con otras subvenciones a la contratación del Ayuntamiento de Zaragoza convocadas en 2026. Sumada a ayudas de otras administraciones o entidades, la subvención no puede superar el 80% del coste salarial más las cargas sociales a cargo del empleador.
¿Qué pasa si la persona contratada se va antes de los 180 días?
Debes sustituirla en el plazo de un mes desde la baja por otra persona que cumpla los mismos requisitos y en las mismas condiciones. Si no mantienes la contratación durante los 180 días, tendrás que devolver la subvención con los intereses de demora.
¿Cuándo se cobra la subvención?
El pago se realiza una vez aprobada la justificación. Tras la resolución definitiva puedes pedir un anticipo del 80% justificando la necesidad, y si la subvención es igual o inferior a 3.000€ se puede abonar el 100% como anticipo.
¿Qué pasa si mi solicitud tiene defectos?
Te requerirán para que subsanes en el plazo de 10 días hábiles; si no lo haces, se te tendrá por desistido mediante resolución motivada. En ese caso, la fecha de presentación válida pasa a ser la de la subsanación.

Fuentes oficiales

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