Ayudas al deporte federado para entidades de Ripollet
Hasta 8.000€ por solicitud para llevar deportistas a ligas federadas o escolares
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Ripollet para la participación de deportistas en ligas federadas o escolares
- Para quién
- Clubes y asociaciones deportivas sin ánimo de lucro de Ripollet, AMPAs y entidades vecinales que fomentan el deporte
- Cuánto
- Hasta 8.000€ por solicitud, según la puntuación obtenida
- Qué cubre
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- Gastos de personal, monitoraje y contratación de servicios deportivos
- Licencias y fichas deportivas, arbitrajes y gastos de la federación o el consejo deportivo
- Alquileres, material no inventariable, seguros, difusión y desplazamientos
Topes de desplazamiento, alojamiento y manutención fijados en la convocatoria.Gasto Tope Desplazamiento en transporte privado 0,26 euros por kilómetro Alojamiento y manutención con pernocta en España 53,34 euros diarios por persona Alojamiento y manutención con pernocta fuera de España 91,35 euros diarios por persona Manutención sin pernocta en España 26,67 euros diarios por persona Manutención sin pernocta fuera de España 48,08 euros diarios por persona
- Requisitos
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- Tu entidad está legalmente constituida y no tiene ánimo de lucro
- Tienes sede social o delegación en Ripollet
- Estás inscrito en el registro de entidades de la Generalitat de Catalunya y en el del Ayuntamiento de Ripollet
- Tienes contratado un seguro de responsabilidad civil que cubre el riesgo de la actividad frente a terceros
Capitales mínimos de 600.000,00 euros por siniestro y 150.000,00 euros por víctima. Si se usan centros educativos, las sumas aseguradas mínimas son de 150.000 euros por víctima individual y de 1.200.000 euros por siniestro. A estos efectos también se consideran terceros los propios deportistas participantes.
- No estás en ningún proceso de reintegro de subvenciones anteriores del Ayuntamiento de Ripollet
- No recibes otra ayuda por el mismo concepto que, sumada a esta, supere el coste de la actividad
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ejecuta el proyecto o la actividad deportiva por la que te conceden la subvención
- Justifica la subvención en los tres meses siguientes al fin del plazo para realizar la actividad y, en todo caso, antes del 31 de marzo del año siguiente
- Haz constar la colaboración con la fórmula "con el apoyo del Ayuntamiento de Ripollet" y su logotipo en todas las actividades subvencionadas
- Comunica al Ayuntamiento cualquier otra subvención, ayuda o ingreso que financie la misma actividad
- Conserva los documentos justificativos del gasto durante un mínimo de 6 años
- Sométete a las actuaciones de comprobación e inspección y al control financiero de los órganos competentes
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu club o asociación deportiva tiene sede o delegación en Ripollet
- Llevas deportistas a competiciones oficiales de federaciones o consejos deportivos
- Eres una asociación de madres y padres de un centro del municipio que fomenta el deporte
- Eres una entidad vecinal o cívica sin ánimo de lucro que promueve la actividad física
- Tu entidad está inscrita en el registro de entidades del Ayuntamiento de Ripollet
- Tu entidad tiene ánimo de lucro
- No tienes sede social ni delegación en Ripollet
- Tu entidad no está inscrita en el registro de entidades de la Generalitat de Catalunya
- No tienes contratado un seguro de responsabilidad civil para la actividad
- Estás en un proceso de reintegro de subvenciones anteriores del Ayuntamiento de Ripollet
- Ya has presentado otra solicitud a este mismo programa
Cuánto puedes recibir
La subvención máxima por solicitud en este programa no puede superar los 8.000€. La cantidad concreta que recibes depende de la puntuación de tu entidad: el crédito del programa se reparte entre todas las solicitudes admitidas que alcanzan la puntuación mínima, de forma proporcional a los puntos de los criterios con contenido económico. Cobras un anticipo del 50% cuando se aprueba la concesión y el segundo pago al terminar el proyecto, una vez aprobada la justificación.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Comprueba que tu entidad cumple los requisitos: solo se admite una solicitud por entidad o asociación
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Reúne el proyecto y el presupuesto de la actividad junto con el resto de documentación en los modelos normalizados
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Presenta la solicitud con el modelo normalizado en el registro electrónico de la sede electrónica del ayuntamiento
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Hazlo dentro de los 20 días hábiles siguientes a la publicación de la convocatoria en el boletín oficial de la provincia de Barcelona
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Si te requieren subsanar la documentación, corrígela en un plazo máximo de diez días hábiles desde el día siguiente a la notificación
Documentación necesaria
- Modelo de solicitud normalizado
- Proyecto y presupuesto por el que se solicita la subvención
- Declaración sobre las condiciones relacionadas con el trabajo con menores, obligatoria si participan menores de edad en las actividades
- Declaración responsable del grado de cumplimiento de los criterios de otorgamiento (modelo específico)
- Certificado de titularidad de la cuenta bancaria
- Seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos derivados de las actividades subvencionadas
- Recibo de la prima que acredite que está al corriente de pago
- Certificado de licencias federativas, con un máximo de dos modalidades por persona y excluyendo al personal técnico y auxiliar
- Escritura de constitución o estatutos vigentes de la entidad, si no obran en poder del Ayuntamiento o se han actualizado
- Certificado de estar inscrita en el registro oficial correspondiente, en el caso de asociaciones o fundaciones nuevas