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Ayudas Claras
Subvenciones Guadalajara Educación
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Subvenciones para AMPAS de Azuqueca de Henares 2026

Hasta 1.500€ por asociación para proyectos de las AMPAS de Azuqueca de Henares

Lo que significa

Qué es
Subvención en régimen de concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares para proyectos y actividades de las AMPAS.
Para quién
Asociaciones de madres y padres del alumnado de centros de Educación Infantil, Primaria y Secundaria del municipio.
Cuánto
Hasta 1.500€ por asociación
Qué cubre
  • Gastos corrientes necesarios para desarrollar el proyecto
    ConceptoQué incluye
    ActividadesMateriales (incluidos alimentos) para el desarrollo y la organización de las actuaciones relacionadas con el proyecto
    Organización y diseño de actividadesGastos relativos al diseño de las actuaciones y la organización de las mismas
    Difusión y material publicitarioLo preciso para la promoción de las actuaciones previstas en el proyecto
    Gastos de formaciónPagos a formadores, ponentes o conferenciantes y manuales de formación
    Gastos de gestiónGestoría, licencia de programa informático, app
  • Materiales para las actividades, incluidos los alimentos
  • Pagos a formadores, ponentes o conferenciantes y manuales de formación
Requisitos
  • Tu asociación está legalmente constituida y tiene personalidad jurídica propia antes de aprobarse la convocatoria
  • Tu asociación está domiciliada en Azuqueca de Henares e inscrita en el Registro Municipal de asociaciones
  • Tu asociación ha desarrollado su actividad en los dos últimos años
  • Es una asociación sin ánimo de lucro y así consta en sus estatutos o documentos de constitución
  • Los destinatarios finales de la actividad son el alumnado del centro educativo y sus familias
  • Estás al corriente de tus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza el proyecto y las actividades previstas en los términos descritos en tu solicitud
  • Ejecuta el proyecto dentro del plazo: la ejecución finaliza el 31 de diciembre de 2026
  • Incorpora de forma visible el logo del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares en el lugar donde ejecutes el proyecto y en el material editado (carteles, publicaciones, publicidad), citando que la actuación está subvencionada por el Ayuntamiento
  • Presenta la cuenta justificativa, con facturas y memoria económica, hasta el 31 de enero de 2027
  • Comunica al Ayuntamiento si obtienes otras ayudas que financien la misma actividad
  • Conserva los documentos que justifican el uso de los fondos y facilita las comprobaciones del Ayuntamiento
  • Devuelve los fondos percibidos si se da alguno de los supuestos de reintegro
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación de madres y padres del alumnado de un centro educativo
  • Tu centro es de Educación Infantil, Primaria o Secundaria de Azuqueca de Henares
  • Tu asociación está inscrita en el Registro Municipal de asociaciones
  • Quieres financiar un proyecto dirigido al alumnado del centro y a sus familias
  • Vas a ejecutar el proyecto en el término municipal de Azuqueca de Henares
  • Tu asociación no está domiciliada en Azuqueca de Henares
  • Tu asociación tiene ánimo de lucro
  • Tu asociación no ha desarrollado actividad en los dos últimos años
  • Tu proyecto no supera los 50 puntos en la valoración
  • Tu proyecto ya se financia con otros fondos del presupuesto municipal

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo 1.500€ por asociación para tu proyecto. La subvención es prepagable: se abona por anticipado y completa antes de que justifiques el gasto, mediante transferencia a la cuenta bancaria que conste en la documentación que entregues. No se paga si tu asociación no está al corriente de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social o con el Ayuntamiento.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara el proyecto de actividades con título, objetivos, destinatarios, fecha y lugar de celebración y presupuesto económico

  2. Reúne la documentación obligatoria: certificado censal, estatutos, NIF del representante y certificados de estar al corriente

  3. Firma la solicitud como presidente o presidenta de la asociación, o con la delegación debidamente acreditada

  4. Preséntala electrónicamente en los 10 días naturales siguientes a la publicación de la convocatoria

  5. Si te lo requieren, subsana la solicitud en el plazo de diez días desde que recibas el requerimiento

  6. Espera la propuesta de resolución provisional: tienes 10 días para alegar o puedes renunciar a ese trámite

Documentación necesaria

  • Solicitud de subvención (Anexo 1)
  • Certificado censal de la asociación
  • Estatutos de la asociación, si no se presentaron en ejercicios anteriores o se han modificado
  • NIF del representante de la asociación designado para solicitar la subvención
  • Certificado del secretario o secretaria con el número de asociados al corriente de pagos
  • Certificado de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social y con Hacienda
  • Declaración responsable de no estar incursa en las prohibiciones para ser entidad beneficiaria (Anexo 2)
  • Comunicación de datos bancarios con el IBAN a nombre de la asociación (Anexo 3)
  • Proyecto de actividades a subvencionar con el presupuesto de gastos a realizar

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir esta ayuda si ya tengo otra subvención para el mismo proyecto?
Sí, es compatible con otras ayudas para la misma finalidad, vengan de donde vengan. La suma nunca puede superar el coste de la actividad subvencionada.
¿Qué pasa si mi solicitud está incompleta o tiene errores?
El Ayuntamiento te requerirá para que la subsanes en el plazo de diez días desde que recibas el requerimiento. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de tu solicitud.
¿Qué ocurre si no justifico la subvención?
Tienes hasta el 31 de enero de 2027 para presentar la cuenta justificativa con las facturas y la memoria económica. Si no cumples, deberás reintegrar los fondos percibidos.
¿Cuánto tardan en resolver?
El plazo máximo para resolver y notificar es de tres meses desde la publicación de la convocatoria. Si vence sin notificación, puedes entender desestimada tu solicitud por silencio administrativo.
¿Puedo recurrir si deniegan mi solicitud?
Sí. Puedes presentar recurso de reposición ante el Ayuntamiento en el plazo de un mes desde la comunicación, o recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de Guadalajara en dos meses.

Fuentes oficiales

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