Saltar al contenido
Ayudas Claras
Subvenciones Cataluña Cultura
Cultura Cataluña Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones a clubes y entidades deportivas de Torelló

Subvención para las actividades de los clubes y entidades deportivas de Torelló

Lo que significa

Qué es
Subvención en régimen de concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Torelló para las actividades de los clubes y entidades deportivas
Para quién
Clubes y entidades deportivas del municipio de Torelló
Cuánto
Consulta directamente con la administración
Qué cubre
  • Las actividades ordinarias y extraordinarias de tu club o entidad deportiva
  • Proyectos y actividades de interés público o social que promuevan y diversifiquen la práctica de la actividad física y deportiva en Torelló
Requisitos
  • Eres una persona jurídica legalmente constituida
  • Tu entidad deportiva está inscrita en el Registro de Entidades del Ayuntamiento de Torelló
  • Eres tú quien realiza la actividad por la que pides la subvención
  • El proyecto o la actividad se desarrolla entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica la subvención concedida como máximo el 25 de octubre de 2026
  • Presenta la justificación con los modelos normalizados del Ayuntamiento y la documentación que exigen las bases
  • Si justificas un importe inferior al concedido, presenta tu renuncia con el modelo normalizado
  • Devuelve al Ayuntamiento el anticipo cobrado si no justificas adecuadamente la subvención
  • Comunica al Ayuntamiento las subvenciones o ingresos que obtengas en el futuro para la misma finalidad
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres un club o una entidad deportiva de Torelló
  • Tu entidad está inscrita en el Registro de Entidades del Ayuntamiento de Torelló
  • Eres una persona jurídica legalmente constituida
  • Vas a realizar actividades deportivas ordinarias o extraordinarias durante 2026
  • Tu entidad no está inscrita en el Registro de Entidades del Ayuntamiento de Torelló
  • Tu entidad deportiva no es de Torelló
  • No estás constituido legalmente como persona jurídica
  • La actividad que presentas no se desarrolla a lo largo de 2026

Cuánto puedes recibir

El importe por solicitante no está especificado; consulta directamente con la administración. Las subvenciones se otorgan a las entidades que obtienen mejor valoración una vez aplicados los baremos de la convocatoria. Del importe aprobado puedes pedir un anticipo, y el Ayuntamiento te paga el 60% de la cuantía una vez aprobada; el 40% restante se abona cuando presentas la documentación de la justificación.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Descarga el modelo normalizado de solicitud en el apartado de Trámites de la web del Ayuntamiento de Torelló

  2. Reúne la documentación exigida que debe acompañar a la solicitud

  3. Firma la solicitud como persona interesada o como representante legal de la entidad

  4. Presenta la solicitud junto con la documentación en el Registro del Ayuntamiento de Torelló

  5. Si la documentación está incompleta, rectifícala en los diez días hábiles siguientes a la notificación

Documentación necesaria

  • Fotocopia del DNI del representante legal
  • Escritura de constitución o Estatutos
  • Poderes de representación o certificado del secretario de la entidad que acredite la representación legal del solicitante
  • Fotocopia del Número de Identificación Fiscal de la entidad peticionaria
  • Declaración responsable de que se cumplen los requisitos para obtener la condición de beneficiario, según modelo normalizado
  • Declaración de compromiso de cumplimiento de las condiciones impuestas para el otorgamiento de la subvención, según modelo normalizado
  • Declaración de las subvenciones u otros ingresos obtenidos para la misma finalidad y compromiso de comunicar los que se obtengan en el futuro, según modelo normalizado
  • Memoria del proyecto o actividad a realizar por la que se pide la subvención, según modelo normalizado
  • Presupuesto previsto para el proyecto por el que se solicita la subvención, según modelo normalizado
  • Declaración responsable relativa a las retribuciones anuales de los órganos de dirección o administración, si eres beneficiario de una subvención de importe superior a 10.000€
  • Ficha de acreedores, según modelo normalizado, si procede

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si presento la documentación incompleta o incorrecta?
El Ayuntamiento te requerirá para que la rectifiques en un plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente a la notificación. Si no lo haces, se entenderá que desistes de tu solicitud.
¿Cuánto se tarda en resolver la convocatoria?
Todas las solicitudes presentadas en plazo se examinan juntas y se resuelven en un único acto. El plazo para otorgar las subvenciones es como máximo de tres meses desde la fecha de cierre del periodo de presentación de solicitudes; si no hay resolución en ese plazo, la solicitud se entiende desestimada.
¿Qué ocurre si justifico menos dinero del que me concedieron?
Debes presentar tu renuncia con los modelos normalizados del Ayuntamiento de Torelló. Si no cumples con la justificación, puede iniciarse un procedimiento de revocación parcial o total de la subvención concedida.
¿Puedo recurrir la resolución?
La resolución pone fin a la vía administrativa. Puedes interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su notificación y, de forma potestativa, recurso de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes.

Fuentes oficiales

Otras fichas relacionadas