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Ayudas Claras
Subvenciones Comunidad de Madrid Servicios sociales
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Ayudas a proyectos de inclusión social en Alcorcón

Subvención a entidades sin ánimo de lucro por proyectos de inclusión social

Lo que significa

Qué es
Subvención municipal a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos de inclusión social en Alcorcón.
Para quién
Entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas que atiendan a personas vulnerables o en riesgo de exclusión residentes en Alcorcón.
Cuánto
Como máximo el 80% del coste del proyecto y nunca más de lo solicitado: el importe de partida se obtiene aplicando al importe solicitado la puntuación obtenida sobre 100, y se recorta a prorrata si el crédito de la línea no alcanza para todas las solicitudes aprobadas
Qué cubre
  • Gastos corrientes realizados y efectivamente pagados durante 2026 que respondan de manera directa a la actividad subvencionada
  • Material fungible indispensable para realizar la actividad, como papelería o consumibles
  • Gastos de difusión y mantenimiento de la web de la entidad derivados del proyecto, hasta un máximo del 10% del coste total
  • Transporte para el desarrollo de actividades: autocares y transporte público, combustible y alquiler de vehículos a nombre de la entidad
  • Alojamiento necesario para las actividades del proyecto, incluido el de un acompañante por persona beneficiaria cuando se justifique que necesita asistencia personal
  • Alquiler del material necesario para las actividades y gastos de conferencias, ponencias y acciones formativas puntuales
  • Suministros como teléfono, agua, gas, electricidad, seguros, internet o alquiler de locales, hasta un máximo del 20% del importe total del proyecto
  • Gastos del personal directamente relacionado con las actividades, quedando fuera quien realiza funciones generales de dirección, coordinación y administración
Requisitos
  • Ser una entidad sin ánimo de lucro legalmente reconocida, con ámbito de actuación en Alcorcón y con la inclusión social entre sus fines
  • Estar inscrita en algún registro oficial de entidades sin ánimo de lucro o en el Registro Municipal de Entidades de Participación Ciudadana de Alcorcón
  • Encuadrar el proyecto en una única línea y tipología de las previstas

    Línea 1, atención a personas con discapacidad. Línea 2, atención a población inmigrante, a población infantil y juvenil en riesgo de exclusión, a personas mayores frente a la soledad no deseada, y lucha contra la pobreza y la exclusión social.

  • Presentar un único proyecto por entidad, que no se haya presentado a otra convocatoria del Ayuntamiento de Alcorcón
  • Financiar el proyecto con medios propios o privados en al menos un 20% de su coste total
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social antes de la propuesta de resolución
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecutar el proyecto completo en los términos que fundamentan la concesión
  • Justificar la realización de la actividad y el cumplimiento de los requisitos y condiciones de la subvención
  • Someterse a las comprobaciones del ayuntamiento y de los órganos de control, aportando la información que te pidan
  • Comunicar cualquier otra ayuda o ingreso que financie la actividad en cuanto la conozcas y, en todo caso, antes de justificar
  • Hacer constar expresamente la financiación municipal en la difusión de la actividad
  • Conservar los documentos que justifican el uso de los fondos y llevar libros contables y registros diligenciados
  • Devolver los fondos cuando proceda, en especial si no justificas o la justificación es insuficiente
  • No subcontratar más del 50% del coste del proyecto, salvo ampliación autorizada por el ayuntamiento
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una entidad sin ánimo de lucro legalmente constituida con actuación en Alcorcón
  • Tienes entre tus fines la inclusión social de colectivos vulnerables o en riesgo de exclusión
  • Vas a desarrollar durante 2026 un proyecto dirigido a personas con discapacidad o a colectivos vulnerables que residan en Alcorcón
  • Puedes financiar al menos el 20% del coste del proyecto con medios propios o privados
  • Eres una persona física o una empresa con ánimo de lucro
  • Tu entidad no está inscrita en ningún registro oficial de entidades sin ánimo de lucro ni en el Registro Municipal de Entidades de Participación Ciudadana de Alcorcón
  • El proyecto no se desarrolla en Alcorcón ni tiene repercusión directa en el municipio
  • Quieres presentar a esta convocatoria un proyecto que ya has presentado a otra del mismo ayuntamiento

Cuánto puedes recibir

El crédito de la convocatoria es de 300.000 euros, repartido en dos líneas con 150.000 euros cada una: atención a personas con discapacidad, y atención a colectivos vulnerables o en riesgo de exclusión social. No hay una cuantía fija por entidad. El importe inicial de cada proyecto resulta de aplicar al importe solicitado la puntuación obtenida sobre 100, sin superar en ningún caso lo solicitado ni el 80% del coste del proyecto presentado; los proyectos que no lleguen a 50 puntos quedan fuera. Si los importes concedidos en una línea agotan su crédito, se reasignan primero los remanentes que hayan sobrado en la otra línea y, solo si aun así no alcanza, las cuantías se recortan prorrateando el crédito disponible entre las solicitudes aprobadas. La subvención es compatible con otras ayudas, pero el conjunto no puede superar el coste del proyecto, y el pago se hace por transferencia bancaria una vez aprobada la cuenta justificativa.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tu entidad cumple los requisitos y decide en qué línea y tipología encaja el proyecto

  2. Prepara el proyecto de actividades y los datos económicos en los modelos que incorpora la convocatoria como anexos

  3. Reúne la documentación de la entidad: inscripción registral, estatutos, acreditación del representante legal, NIF y certificación bancaria

  4. Presenta la solicitud firmada por el representante legal dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

  5. Atiende en diez días hábiles el requerimiento de subsanación si la documentación está incompleta

  6. Ejecuta el proyecto durante 2026 y presenta la cuenta justificativa para cobrar la subvención

Documentación necesaria

  • Solicitud cumplimentada y suscrita por el representante legal de la entidad
  • Documentación que acredite la inscripción en un registro oficial de entidades sin ánimo de lucro o en el Registro Municipal de Entidades de Participación Ciudadana
  • Estatutos donde conste la inexistencia de ánimo de lucro y la atención a colectivos vulnerables entre los fines
  • Documento que acredite la condición de representante legal y su DNI o NIE
  • Certificación del secretario de la entidad con el número de socios o colaboradores en activo y de personas beneficiarias directas en Alcorcón
  • Tarjeta de identificación fiscal de la entidad
  • Certificación de los datos bancarios sellada y firmada por el banco, con antigüedad máxima de un año
  • Proyecto de actividades, datos económicos del proyecto, declaración responsable, declaración jurada y autorización de consulta de datos, en los anexos correspondientes

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo hay para presentar la solicitud?
Diez días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
¿Puede mi entidad presentar varios proyectos?
No. Cada entidad puede presentar únicamente un proyecto, y además no puede presentar ese mismo proyecto a otras convocatorias del Ayuntamiento de Alcorcón.
¿Cómo se decide cuánto recibe cada entidad?
La comisión de valoración puntúa el proyecto sobre 100 con los criterios de la convocatoria y el importe inicial resulta de aplicar esa puntuación al importe solicitado, con el límite del 80% del coste del proyecto y sin pasar nunca de lo solicitado. Los proyectos con menos de 50 puntos no son subvencionables. Si los importes de una línea superan su crédito, se le añaden primero los remanentes de la otra línea y, si no bastan, las cuantías se recortan a prorrata entre las solicitudes aprobadas.
¿Qué gastos quedan fuera?
No son subvencionables los intereses deudores de cuentas bancarias, los impuestos indirectos, los recargos y sanciones, los procedimientos judiciales, la notaría y gestoría, la protección de la propiedad intelectual y las ayudas directas a usuarios en concepto de alimentación, suministros, vivienda o transporte.
¿Cuándo se cobra la subvención?
El pago se efectúa por transferencia bancaria a la cuenta designada por la entidad, previa aprobación de la cuenta justificativa.

Fuentes oficiales

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