Subvenciones a aficionados de artes escénicas en Cantabria
Subvenciones para producción, giras y edición de proyectos de aficionados en Cantabria.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia del Gobierno de Cantabria para producción de obras, giras y edición musical y audiovisual de aficionados.
- Para quién
- Personas físicas y entidades privadas sin ánimo de lucro aficionadas al teatro, el circo, la magia, la danza o la música.
- Cuánto
- Hasta 5.000€ por proyecto, sin superar el 90% del presupuesto subvencionable
- Qué cubre
-
- Producción de obras y espectáculos: artistas y técnicos, escenografía, vestuario, iluminación, estudio de grabación y derechos de autor
Los gastos de publicidad y promoción de la obra (carteles, programas) se admiten hasta un máximo del 10% del presupuesto subvencionable del proyecto.
- Giras escénicas y musicales: transporte, combustible, manutención y alojamiento de artistas y técnicos
El alojamiento se admite, en general, cuando la localidad de la gira está a 120 kilómetros o más del domicilio fiscal del beneficiario.Concepto Límite Combustible 0,26€ por kilómetro recorrido Manutención Hasta 45,00€ por día Alojamiento Hasta 120,00€ por pernoctación Publicidad y promoción Hasta el 10% del presupuesto subvencionable del proyecto - Edición musical y audiovisual: pre-grabación (escritura, arreglos, ensayos), grabación y post-grabación (mezcla, masterización, duplicación, diseño, marketing)
- Producción de obras y espectáculos: artistas y técnicos, escenografía, vestuario, iluminación, estudio de grabación y derechos de autor
- Requisitos
-
- Eres persona física o jurídica privada sin ánimo de lucro
- Tienes el domicilio fiscal y desarrollas tu actividad habitual en Cantabria
- Actúas como aficionado: solo percibes como compensación los gastos de la actividad, y no es tu actividad principal retribuida
- Tu proyecto se desarrolla mayoritariamente en Cantabria, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
- Cuentas con las autorizaciones de las personas autoras o de las entidades de gestión para representar la obra
- Si tu proyecto es una gira, programas un número mínimo de representaciones
Mínimo cinco representaciones: cuatro en Cantabria y la quinta en otra comunidad autónoma o en otro país. Si dispones de espacio escénico o musical propio, al menos tres de las representaciones en Cantabria deben realizarse en otros espacios de la región.
-
No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
-
- Mantén los requisitos que te dieron acceso a la ayuda hasta que justifiques el uso de los fondos
- Desarrolla la actividad conforme a la memoria técnica y económica presentada con la solicitud
- Presenta la cuenta justificativa de la actividad antes del 31 de enero de 2027
- Incluye el logotipo del Gobierno de Cantabria y una referencia a la subvención en la publicidad y difusión de las actividades
- Entrega una grabación audiovisual y fonográfica de la obra o espectáculo en formato digital; en edición musical y audiovisual, una copia del producto editado
- Declara de forma individualizada otros ingresos, subvenciones y fondos propios que financien la actividad
- Fechas estimadas
-
- Abre: Consulta directamente con la administración
- Último día: 31 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
Las fechas son estimadas: la convocatoria fija el plazo desde su publicación en el boletín y las calculamos a partir de ese dato. Confírmalas en la convocatoria oficial antes de solicitar.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Haces teatro, circo, magia, danza o música como aficionado
- Tienes tu domicilio fiscal y tu actividad habitual en Cantabria
- Eres persona física o entidad privada sin ánimo de lucro
- Tu proyecto se desarrolla entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026
- Quieres producir una obra nueva, hacer una gira o editar un proyecto musical o audiovisual
- Esta actividad es tu actividad principal retribuida
- Realizas la actividad exclusivamente con ánimo de lucro
- Tu proyecto se desarrolla mayoritariamente fuera de Cantabria
- Ya percibes otra subvención de la Dirección General de Cultura y Patrimonio Histórico para el mismo proyecto
- Solicitas de forma conjunta la producción y la gira de una misma obra o espectáculo
Cuánto puedes recibir
La subvención no puede superar el 90% del presupuesto subvencionable del proyecto ni la cuantía máxima de 5.000€, y queda limitada por el importe que solicites. La cuantía concedida es proporcional a la puntuación obtenida por el proyecto; se exige un mínimo de 45 puntos para recibir subvención. La ayuda es compatible con otras subvenciones o ingresos para la misma finalidad, sin que el total recibido pueda superar el coste de la actividad subvencionada.
Cómo solicitarla, paso a paso
-
Prepara la memoria técnica y económica del proyecto, con el presupuesto detallado de gastos e ingresos
-
Cumplimenta y firma la solicitud en el modelo oficial
-
Presenta la solicitud en el plazo de 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto; las personas jurídicas deben hacerlo por registro electrónico
-
Si te requieren subsanar, aporta la documentación que falte en el plazo de diez días hábiles
-
Consulta las notificaciones en el tablón electrónico de anuncios de la sede electrónica del Gobierno de Cantabria
Documentación necesaria
- Solicitud en el modelo oficial (Anexo I)
- Declaración responsable de la condición de aficionado (Anexo I)
- DNI, NIE o pasaporte del solicitante (personas físicas) o NIF de la entidad (personas jurídicas)
- Documento acreditativo del domicilio del solicitante
- Documento constitutivo de la persona jurídica sin ánimo de lucro y estatutos vigentes, en su caso
- Documentación acreditativa de la representación de quien firma la solicitud, en su caso
- Certificados de estar al corriente con la Agencia Tributaria, con la Administración de Cantabria y con la Seguridad Social
- Memoria técnica y económica del proyecto (máximo 20 folios), con declaración responsable sobre los derechos de autoría y calendario de la actividad
- Presupuesto detallado de gastos e ingresos conforme al modelo del Anexo II