Ayuda al alquiler para mayores de 36 años en Zumaia
Ayuda municipal al alquiler para mayores de 36 años que viven de alquiler en Zumaia.
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia del Ayuntamiento de Zumaia para pagar parte del alquiler de tu vivienda habitual.
- Para quién
- Personas mayores de 36 años que viven de alquiler en el municipio de Zumaia.
- Cuánto
- Consulta directamente con la administración
- Qué cubre
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- Parte del alquiler de tu vivienda habitual en Zumaia, sin contar garaje, contribuciones ni arbitrios
- Los gastos de alquiler generados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año de la convocatoria
- Requisitos
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- Tienes más de 36 años y vives en el municipio de Zumaia
- Dispones de una vivienda de alquiler que usas como domicilio habitual, con un contrato de al menos un año
- Tus ingresos anuales no superan los 28.000€ si solicitas en solitario, o los 38.000€ si formáis una unidad de convivencia
- Destinas al menos el 30% de tus ingresos a pagar el alquiler
- Ni tú ni ningún miembro de tu unidad de convivencia tenéis vivienda en propiedad o usufructo
- No tienes parentesco hasta el segundo grado con la persona que te alquila la vivienda
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Destina la ayuda a pagar el alquiler de tu vivienda habitual
- Aporta un documento bancario que acredite la titularidad de tu cuenta corriente
- Presenta los justificantes de pago del alquiler del periodo subvencionado
- Entrega la documentación justificativa que falte antes del 15 de enero de 2027
- Comunica si recibes o has solicitado otras ayudas para pagar el alquiler
- Cuándo
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- Abre: 18 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 30 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
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- Tienes más de 36 años y vives en el municipio de Zumaia
- Vives de alquiler en una vivienda que usas como domicilio habitual
- Tus ingresos anuales no superan los 28.000€ si solicitas en solitario
- Vuestros ingresos anuales no superan los 38.000€ si formáis una unidad de convivencia
- Destinas al menos el 30% de tus ingresos a pagar el alquiler
- Tu contrato de alquiler tiene una duración mínima de un año
- Tienes una vivienda en propiedad o en usufructo
- Tu arrendador es familiar tuyo hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad
- No superas los 36 años de edad
- Tu contrato de alquiler dura menos de un año
Cuánto puedes recibir
El importe que recibe cada solicitante no está especificado en la convocatoria; consulta directamente con la administración. La ayuda cubre parte del alquiler de tu vivienda habitual y se paga en un primer y único abono, proporcional a los justificantes de pago que hayas presentado. Si el contrato incluye garaje, contribuciones o arbitrios y no justificas su coste, se descuentan 30€ de la mensualidad.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Consigue el modelo de solicitud en el registro de entrada del Ayuntamiento de Zumaia o en su página web
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Reúne el contrato de alquiler, el documento bancario y los justificantes de pago de la renta
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Presenta la solicitud con toda la documentación antes del 30 de septiembre de 2026
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Entrega después la documentación justificativa que falte, antes del 15 de enero de 2027
Documentación necesaria
- Modelo de solicitud de la convocatoria
- Copia del contrato de arrendamiento de la vivienda
- Documento bancario que acredite la titularidad de tu cuenta corriente
- Documento bancario o justificantes de las transferencias que acrediten el pago del alquiler del periodo subvencionado
- Si eres cotitular de la vivienda: escrituras de herencia, donación o transmisión según corresponda
- Si estás separado, divorciado o has disuelto tu pareja de hecho: sentencia firme y justificantes de la pensión de manutención y de las cargas hipotecarias