Ayudas a comercios y hostelería del Valle de Egüés
Hasta 300€ por actividad para comercios y hostelería del Valle de Egüés
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia del Ayuntamiento del Valle de Egüés para actividades de promoción y dinamización de los negocios locales
- Para quién
- Titulares de comercios, servicios y hostelería del municipio: personas físicas, autónomos, comunidades de bienes o sociedades
- Cuánto
- Hasta el 100% del gasto subvencionable, con un máximo de 300€ por actividad
- Qué cubre
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- Materiales fungibles y honorarios de profesionales externos
- Alquiler de equipamiento específico y asistencia técnica para la actividad
- Comunicación, difusión y seguros específicos de la actividad
- Requisitos
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- Eres titular de un comercio, servicio u hostelería con actividad abierta al público en el municipio
- Estás empadronado y al corriente de pago del IAE en el Valle de Egüés
- Dispones de las licencias y autorizaciones necesarias para tu actividad
- Mantienes la actividad económica durante toda la ejecución y justificación de la ayuda
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ofrece la actividad de forma gratuita y abierta al público
- Contrata un seguro de responsabilidad civil que cubra la actividad
- Incluye el logotipo del Ayuntamiento, en castellano y euskera, en toda la publicidad
- Envía la publicidad del evento al área de desarrollo local al menos 10 días antes
- Facilita al Ayuntamiento los datos de asistencia y resultados tras la actividad
- Justifica la actividad antes del 15 de enero de 2027
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres titular de un comercio, servicio u hostelería en el Valle de Egüés
- Quieres organizar talleres, catas, demostraciones o jornadas abiertas al público
- Puedes ofrecer la actividad de forma gratuita a los participantes
- Tu actividad económica está abierta al público en el municipio
- Tu establecimiento está fuera del municipio del Valle de Egüés
- Regentas un salón de juego, casa de apuestas o negocio con máquinas de juego
- No estás al corriente con Hacienda, la Seguridad Social o el Ayuntamiento
- No dispones de las licencias y autorizaciones para tu actividad
Cuánto puedes recibir
Puedes recibir hasta el 100% del gasto subvencionable, con un máximo de 300€ por actividad. En ningún caso la ayuda supera el coste real de lo que organices. El pago se hace tras justificar la actividad, aunque puedes cobrar un anticipo de hasta el 70%.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Reúne el formulario de solicitud y la documentación exigida
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Presenta la solicitud en el registro electrónico del Ayuntamiento antes de realizar la actividad
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Espera la resolución, que se notifica en un plazo máximo de dos meses
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Realiza la actividad a lo largo de 2026
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Justifica la actividad antes del 15 de enero de 2027 para cobrar la ayuda
Documentación necesaria
- Formulario de solicitud
- Declaración de otras ayudas solicitadas u obtenidas y del régimen de mínimis (Anexo I)
- Declaración responsable (Anexo II)
- Breve memoria del proyecto empresarial (Anexo III)
- Solicitud de abono por transferencia (Anexo IV)
- Presupuesto detallado