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Ayudas Claras
Ayudas Bizkaia Cultura
Cultura Bizkaia Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas para aprender euskera en Urduliz 2025-2026

Hasta el 75% de la matrícula de euskera, con un máximo de 615€ por persona.

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Urduliz para los cursos de aprendizaje de euskera.
Para quién
Vecinos y vecinas de Urduliz que estudian euskera en un euskaltegi, barnetegi o centro homologado.
Cuánto
  • Hasta el 75% del coste de matrícula y enseñanza, con un máximo de 615€ por persona
    SituaciónParte del gasto que se subvenciona
    Caso generalHasta el 75% del coste de matriculación y enseñanza
    Estuviste en desempleo la mitad o más de los días del curso100% del gasto subvencionable
    El máximo por persona es en cualquier caso de 615 euros. Si el importe de las ayudas solicitadas supera la consignación presupuestaria, la partida se reparte de forma proporcional entre las solicitudes que cumplan los requisitos.
Qué cubre
  • El coste de matriculación y enseñanza del euskera
  • En los barnetegis solo se subvenciona la matriculación y la enseñanza: el alojamiento y la manutención quedan a tu cargo
Requisitos
  • Estás empadronado en Urduliz durante la realización de los estudios y hasta que terminan
  • Tienes al menos 16 años cumplidos
  • Has abonado antes el precio de la matrícula en el plazo reglamentario
  • Has asistido al menos al 80% de las horas lectivas, o has superado el nivel solicitado
  • No has causado baja como alumno respecto al calendario del nivel
  • Has iniciado el curso y pagado la matrícula en el ejercicio en que pides la ayuda, o como mucho en el anterior
  • Estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y también al corriente del pago de los impuestos, tasas y precios públicos que debas al Ayuntamiento de Urduliz
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Presenta el certificado del centro una vez finalizado el curso para el que pides la ayuda
  • Comunica las otras subvenciones que hayas obtenido para el mismo fin
  • Vuelve a solicitar la ayuda cada curso académico: no se renueva de forma automática
  • Devuelve la ayuda con los intereses de demora si se produce alguna causa de reintegro
Cuándo
  • Abre: 1 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 2 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Estás empadronado en Urduliz
  • Tienes al menos 16 años cumplidos
  • Has hecho un curso de euskera en un euskaltegi oficial u homologado
  • Has realizado un barnetegi oficial u homologado
  • Estuviste en desempleo la mitad o más de los días que duró el curso
  • No estás empadronado en Urduliz durante la realización de los estudios
  • Tienes menos de 16 años
  • No has asistido al menos al 80% de las horas lectivas ni has superado el nivel
  • Has causado baja como alumno respecto al calendario del nivel
  • No has abonado previamente el precio de la matrícula
  • No estás al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social o con los impuestos, tasas y precios públicos del Ayuntamiento de Urduliz

Cuánto puedes recibir

Recibes hasta el 75% de lo que te haya costado la matriculación y la enseñanza del euskera, con un máximo de 615 euros por persona. Si acreditas que estuviste en desempleo la mitad o más de los días que duró el curso, percibes el 100% del gasto subvencionable. Si el importe de todas las ayudas solicitadas supera la consignación presupuestaria, la partida se reparte de forma proporcional entre las solicitudes que cumplan los requisitos. El abono se realiza a lo largo de los meses de enero y febrero del año siguiente.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Termina el curso y pide al euskaltegi, barnetegi o centro el certificado original

  2. Reúne el justificante del abono de la matrícula

  3. Rellena el impreso de solicitud de subvención para el aprendizaje de euskera

  4. Indica las otras subvenciones que hayas recibido para el mismo curso

  5. Presenta la solicitud en el registro municipal o en los trámites online del Ayuntamiento de Urduliz

Documentación necesaria

  • Solicitud cumplimentada en el impreso preparado al efecto
  • Certificado original del euskaltegi, barnetegi o centro con la fecha de inicio y de fin del curso
  • Certificado con los niveles realizados y si has superado cada uno de ellos
  • Certificado con las horas lectivas impartidas y las horas asistidas, con el porcentaje de asistencia
  • Certificado con el importe de la matrícula, desglosando enseñanza y manutención o alojamiento en el caso de barnetegi
  • Certificación de las ayudas que te haya otorgado el propio centro, si las hubiera
  • Justificante del abono de la matrícula
  • Ficha de tercero firmada por la entidad bancaria, o documento bancario con el número de cuenta y el nombre y DNI de su titular
  • Documento acreditativo de la vida laboral del periodo del curso, si quieres optar al 100% por haber estado en desempleo
  • Documento que acredite la representación, si actúas en nombre de otra persona
  • Detalle de otras subvenciones obtenidas para el mismo fin

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrar esta ayuda si ya recibo otra subvención por el mismo curso?
Sí. Es compatible con otras subvenciones de organismos públicos o privados para el mismo objeto, pero no puede haber sobrefinanciación: en ese caso se reduce la subvención a conceder.
¿La ayuda se renueva automáticamente el curso siguiente?
No. Debes presentar la solicitud y la documentación en cada curso académico, y solo tienen validez para ese curso.
¿Qué pasa si me falta algún documento?
El Ayuntamiento te requerirá para que en diez días hábiles subsanes los defectos formales o aportes los documentos. Si no lo haces, se te tendrá por desistido de tu petición.
¿Cuentan las faltas de asistencia justificadas?
No se tienen en consideración las faltas justificadas por enfermedad, consultas médicas, cumplimiento de deberes ineludibles o asistencia a exámenes reglados.
¿Cuánto tarda en resolverse la solicitud?
El plazo máximo para resolver y notificar no puede exceder de seis meses. Si vence sin notificación, puedes entender desestimada tu solicitud por silencio administrativo.

Fuentes oficiales

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