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Ayudas Claras
Subvenciones Badajoz Cultura
Cultura Badajoz Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para asociaciones de Ribera del Fresno

Hasta 1.500€ por asociación para actividades culturales y sociales en Ribera del Fresno

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Ribera del Fresno para actividades culturales y sociales de asociaciones.
Para quién
Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro con domicilio social en Ribera del Fresno.
Cuánto
  • Hasta 1.500€ por asociación, según la puntuación obtenida
    PuntuaciónSubvención
    40 a 60 puntos1.500€
    30 a 39 puntos1.000€
    29 puntos800€
    10 a 19 puntos600€
    0 a 9 puntos400€
    Hasta el 100% de los gastos del proyecto, con un máximo de 1.500€ por asociación. Si pides menos que el máximo, recibes la cantidad solicitada.
Qué cubre
  • Gastos de proyectos y actividades culturales y sociales realizados en el municipio
  • Actividades realizadas entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2026
Requisitos
  • Ser una asociación o entidad sin ánimo de lucro con domicilio social en Ribera del Fresno
  • Realizar programas culturales y sociales durante 2026
  • Ejecutar todas las actividades del proyecto dentro del municipio de Ribera del Fresno
  • Estar al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Realiza las actividades subvencionadas en los plazos establecidos
  • Justifica los gastos antes del 12 de diciembre de 2026
  • Comunica al Ayuntamiento cualquier otra subvención o ayuda que obtengas para la misma finalidad
  • Da publicidad a la colaboración del Ayuntamiento, incluyendo el escudo municipal en cada actividad y su difusión
  • Colabora con el Ayuntamiento en acciones y actividades relacionadas con tu entidad
  • Sométete a las actuaciones de comprobación y control financiero del Ayuntamiento
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación o entidad sin ánimo de lucro con domicilio social en Ribera del Fresno
  • Organizas actividades culturales o sociales durante 2026
  • Tus actividades se realizan dentro del municipio de Ribera del Fresno
  • Puedes justificar los gastos antes del 12 de diciembre de 2026
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • Tu asociación no tiene domicilio social en Ribera del Fresno
  • Tus actividades se desarrollan fuera del municipio
  • No estás al corriente de tus obligaciones tributarias o con la Seguridad Social

Cuánto puedes recibir

Recibes hasta el 100% de los gastos de tu proyecto, con un máximo de 1.500€ por asociación. La cantidad concreta depende de la puntuación que obtenga tu solicitud: desde 400€ con la puntuación más baja hasta 1.500€ con la más alta. Si solicitas menos que el máximo, recibes la cantidad pedida. El importe se abona antes de la justificación.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación exigida y redacta el proyecto de las actividades

  2. Presenta la solicitud dirigida al Alcalde-Presidente en el Registro del Ayuntamiento dentro del plazo de diez días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia

  3. Espera la valoración de la Comisión de Valoración y la resolución, que se dicta en un plazo máximo de seis meses

  4. Justifica los gastos realizados antes del 12 de diciembre de 2026

Documentación necesaria

  • Fotocopia compulsada del CIF de la entidad y del DNI de su representante
  • Declaración responsable de no estar incursa en prohibiciones para obtener subvenciones (Anexo II)
  • Certificación de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • Proyecto para el que se solicita la subvención, firmado por la persona responsable
  • Certificado del Secretario con el número de socios y la antigüedad de la entidad (Anexo III)
  • Declaración de insuficiencia financiera (Anexo IV)
  • Declaración sobre otras subvenciones concurrentes (Anexo V)
  • Certificado del Secretario que acredite la representación legal de quien firma (Anexo VI)

Preguntas frecuentes

¿Es compatible con otras subvenciones?
Sí, es compatible con otras subvenciones para la misma finalidad, siempre que la suma no supere el coste de la actividad. Debes comunicar al Ayuntamiento cualquier otra ayuda que obtengas.
¿Qué pasa si no justifico la subvención?
La falta de justificación en plazo da lugar al reintegro de la subvención. Si el incumplimiento es parcial y afecta a elementos no relevantes, se paga la parte proporcional.
¿Cuánto tarda en resolverse?
El plazo máximo para resolver y notificar es de seis meses desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Si no hay respuesta en ese plazo, la solicitud se entiende desestimada.
¿Cuándo se cobra la ayuda?
El importe se abona antes de la justificación, como financiación para poder realizar las actividades. No obstante, no se paga si no estás al corriente de tus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Fuentes oficiales

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