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Ayudas Claras
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Comercio y turismo Zaragoza Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Cheque-Bebé Cariñena: 200€ por hijo nacido o adoptado

200€ por cada hijo nacido o adoptado en 2021-2025, para comercios locales.

Lo que significa

Qué es
Ayuda del Ayuntamiento de Cariñena por el nacimiento o adopción de un hijo, en bonos para gastar en comercios locales.
Para quién
Madres, padres o, en su caso, tutores de niños nacidos o adoptados.
Cuánto
200€ por cada hijo nacido o adoptado entre 2021 y 2025; el 50% si solo lo solicita un progenitor.
Qué cubre
  • Compras en los comercios locales adscritos al Plan de Comercio Local
  • No cubre gastos en alcohol, tabaco ni apuestas
Requisitos
  • Ser español o extranjero con residencia legal en España (ambos progenitores)
  • Haber tenido o adoptado un hijo entre 2021 y 2025
  • Estar empadronado en Cariñena, al menos el solicitante, con una antigüedad mínima de 12 meses
  • El bebé debe estar empadronado en tu domicilio en el momento de la solicitud
  • En caso de adopción, la persona adoptada debe ser menor de edad
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Gastar la ayuda solo en comercios locales adscritos al Plan de Comercio Local
  • No destinar la ayuda a alcohol, tabaco ni apuestas
  • Conservar los tickets o facturas originales de las compras
  • Presentar la justificación con los tickets o facturas antes del 30 de noviembre
Cuándo
  • Abre: 24 de julio de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 7 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Has tenido o adoptado un hijo entre 2021 y 2025
  • Estás empadronado en Cariñena desde hace al menos 12 meses
  • Tu bebé está empadronado en tu domicilio al solicitar la ayuda
  • Eres español o extranjero con residencia legal en España
  • Estás al corriente de pagos con el Ayuntamiento, Hacienda y Seguridad Social
  • Tu hijo nació o fue adoptado antes de 2021
  • No estás empadronado en Cariñena o llevas menos de 12 meses
  • En caso de adopción, la persona adoptada es mayor de edad
  • Tienes deudas pendientes con el Ayuntamiento, Hacienda o Seguridad Social

Cuánto puedes recibir

Recibes 200€ por cada hijo que hayas tenido o adoptado entre 2021 y 2025. Si la ayuda la solicita un solo progenitor, te corresponde el 50%. El dinero se abona por transferencia una vez justificadas las compras, en un plazo de 30 días desde el fin del periodo de justificación.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne el DNI de ambos progenitores, el libro de familia y los certificados de estar al corriente de pagos

  2. Presenta la solicitud dirigida a la Alcaldía en el Registro General del Ayuntamiento

  3. Espera la notificación de la resolución de concesión

  4. Compra en los comercios locales adscritos y guarda los tickets o facturas

  5. Presenta el Anexo III con los tickets originales antes del 30 de noviembre

  6. Recibe el abono por transferencia en la cuenta que hayas indicado

Documentación necesaria

  • Fotocopia del DNI o tarjeta de residencia en vigor de ambos progenitores
  • Fotocopia del libro de familia (o documento acreditativo del nacimiento o adopción)
  • Certificados de estar al corriente de pagos con Hacienda y la Seguridad Social de cada progenitor o tutor
  • Impreso de solicitud (Anexo I)
  • Ficha de terceros con los datos bancarios (Anexo IV)

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la ayuda por más de un hijo?
Sí. Puedes presentar tantas solicitudes como hijos hayas tenido o adoptado entre 2021 y 2025, y te corresponden 200€ por cada uno.
¿En qué puedo gastar los 200€?
En compras en los comercios locales adscritos al Plan de Comercio Local. No se admiten gastos en alcohol, tabaco ni apuestas.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí. Esta ayuda es compatible con cualquier otra que percibas por el nacimiento o la adopción.
¿Qué pasa si solo la solicita uno de los progenitores?
Si solo la pide un progenitor, por no estar el otro empadronado o en caso de separación o divorcio, se concede el 50% del importe.
¿Hasta cuándo puedo justificar los gastos?
Puedes presentar la justificación con los tickets o facturas originales hasta el 30 de noviembre, incluido.

Fuentes oficiales

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