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Ayudas Claras
Ayudas Navarra Vivienda
Vivienda Navarra Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas para reformar viviendas de alquiler en Navarra

El 100% de las obras, entre 500€ y 15.000€ por vivienda, en Navarra.

Lo que significa

Qué es
Subvención del Departamento de Vivienda del Gobierno de Navarra para obras de mejora y adecuación interior de viviendas.
Para quién
Personas y entidades propietarias de viviendas cedidas a la Bolsa de Alquiler, e inquilinos del programa de rehabilitación por renta.
Cuánto
  • El 100% de la actuación sin IVA, con un máximo de 15.000€ y un mínimo de 500€ por vivienda
    ActuaciónImporte máximo
    Equipamiento de cocinas5.000 €
    Equipamiento de baños3.500 €
    Instalaciones de fontanería2.000 €
    Instalaciones eléctricas2.000 €
    Sustitución o reparación de caldera individual de gas2.000 €
    Sustitución o reparación de radiadores1.000 €
    Ventilación (rejillas o extractores)400 €
    Trasdosado de fachadas por el interior4.000 €
    Insuflado en cámara de aire1.500 €
    Carpintería exterior6.000 €
    Carpintería interior2.500 €
    Certificado de eficiencia energética150 €
    Licencia urbanística o declaración responsable de obras750 €
    No se aceptan gastos que superen el valor de mercado ni los límites máximos de cada actuación.
Qué cubre
  • Obras de mejora y adecuación de la habitabilidad y el uso de la vivienda
  • Equipamiento de cocinas y baños, instalaciones, carpintería y revestimientos interiores
  • Certificado de eficiencia energética y licencia urbanística de las obras
Requisitos
  • Eres propietario de una vivienda que se incorpora a la Bolsa de Alquiler en 2026
  • O eres inquilino de una vivienda incluida en el programa de rehabilitación por renta
  • Cuentas con el informe de revisión inicial de Nasuvinsa sobre las actuaciones necesarias
  • Tienes un presupuesto detallado de las obras necesarias y aconsejables
  • Acreditas el compromiso de ceder la vivienda a la Bolsa de Alquiler
  • Estás al corriente de tus obligaciones con la Hacienda Foral de Navarra y con la Seguridad Social
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Ejecuta las actuaciones conforme a las condiciones y requisitos de la convocatoria
  • Presenta la justificación en un plazo máximo de 3 meses desde el fin de las obras, o desde la concesión de la ayuda si las obras se iniciaron o terminaron antes de solicitar, y siempre antes del 20 de noviembre de 2026
  • Sométete a las comprobaciones que realice el órgano gestor
  • Comunica al órgano gestor cualquier otra ayuda o ingreso que financie la misma actuación
  • Conserva los documentos justificativos del uso de los fondos mientras puedan ser comprobados
  • Si eres propietario, mantén la vivienda cedida a la Bolsa de Alquiler durante 7 años
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 1 de noviembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres propietario de una vivienda que cedes a la Bolsa de Alquiler en 2026
  • Eres inquilino de una vivienda incluida en el programa de rehabilitación por renta
  • Tu vivienda necesita obras de mejora de habitabilidad o de uso
  • Vas a ejecutar las obras entre el 1 de enero y el 1 de noviembre de 2026
  • Cuentas con el informe de revisión inicial de Nasuvinsa sobre la vivienda
  • Tu vivienda no se va a incorporar a la Bolsa de Alquiler
  • Eres inquilino y no tienes el permiso de la persona propietaria
  • Las obras se ejecutan fuera del 1 de enero al 1 de noviembre de 2026
  • No puedes comprometerte a ceder la vivienda durante 7 años
  • El crédito presupuestario de la convocatoria ya se ha agotado

Cuánto puedes recibir

Recibes el 100% del coste de la actuación sin IVA, con un mínimo de 500€ y un máximo de 15.000€ por vivienda. Cada tipo de obra tiene además su propio tope, desde 150€ del certificado de eficiencia energética hasta 6.000€ de la carpintería exterior. El cobro se hace de oficio en un único pago, una vez comprobada la documentación justificativa.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Pide a Nasuvinsa el informe de revisión inicial que determine las actuaciones necesarias en tu vivienda

  2. Reúne un presupuesto detallado de las obras necesarias y aconsejables

  3. Cumplimenta y firma el modelo normalizado de solicitud (Anexo 2) con la documentación exigida

  4. Presenta la solicitud preferiblemente de forma telemática, en el catálogo de trámites del Gobierno de Navarra, o en el Registro del Servicio de Vivienda en Pamplona

  5. Subsana la solicitud en 10 días hábiles si la administración te lo requiere

Documentación necesaria

  • Solicitud de subvención y declaración responsable (Anexo 2)
  • Documentación identificativa de la persona solicitante y, en su caso, de su representación
  • Informe de revisión inicial de Nasuvinsa
  • Presupuesto detallado de las obras
  • Compromiso y conformidad para la cesión de la vivienda a la Bolsa de Alquiler (Anexo 3)
  • Documento acreditativo de la titularidad de la vivienda, con antigüedad no superior a 2 meses
  • Contrato de arrendamiento de la vivienda
  • Autorización de la persona propietaria para incluir la vivienda en el programa de rehabilitación por renta
  • Acuerdo de representación en favor de Nasuvinsa, si tramitas la solicitud a través de esta entidad (Anexo 4)

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la ayuda si las obras ya están hechas?
Sí. Las obras pueden iniciarse o terminarse antes de presentar la solicitud, siempre que se ejecuten entre el 1 de enero y el 1 de noviembre de 2026. Lo haces bajo tu responsabilidad y no genera por sí mismo derecho a la subvención.
¿Cómo se decide quién recibe la ayuda?
Las solicitudes se tramitan y resuelven por orden de presentación mientras haya crédito disponible. Si se agotan los recursos presupuestarios, el resto de solicitudes se desestiman.
¿Cuánto tarda en resolverse mi solicitud?
Debe resolverse en el plazo de tres meses desde la fecha de entrada de tu solicitud. Si no hay resolución expresa en ese plazo, se entiende desestimada.
¿Es compatible con otras ayudas para la misma obra?
Sí, es compatible con otras ayudas de entes públicos o privados para el mismo objeto y finalidad. La suma de todas ellas no puede superar el coste de la actuación.
¿Qué pasa si dejo de ceder la vivienda antes de los 7 años?
Tienes que reintegrar la subvención en proporción al tiempo transcurrido, más el interés de demora. No cuenta como desistimiento si Nasuvinsa te devuelve la vivienda por falta de demanda de alquiler tras un mínimo de 3 meses.

Fuentes oficiales

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