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Ayudas Claras
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Cultura Huesca Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas a asociaciones para actividades en Altorricón 2026

Ayuda de hasta el 80% del coste para actividades de asociaciones de Altorricón.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia del Ayuntamiento de Altorricón para actividades culturales, educativas, deportivas y festivas de las asociaciones.
Para quién
Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro con domicilio social en Altorricón.
Cuánto
Hasta el 80% del coste de la actividad.
Qué cubre
Gastos directos de las actividades culturales, educativas, deportivas y festivas de tu programa anual
Requisitos
  • Eres una asociación o entidad sin ánimo de lucro
  • Estás constituida en la fecha de la solicitud e inscrita en el Registro de Asociaciones
  • Tienes domicilio social en Altorricón
  • Realizas actividades culturales, educativas, deportivas o festivas
  • La actividad no recibe otra ayuda del propio Ayuntamiento para la misma finalidad
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Aceptas la subvención concedida
  • Realizas la actividad subvencionada y la acreditas ante el Ayuntamiento
  • Haces constar en la publicidad que la actividad está subvencionada por el Ayuntamiento de Altorricón, con su escudo
  • Comunicas al Ayuntamiento otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad
  • Justificas el gasto con una cuenta justificativa en los tres meses siguientes a la finalización de la actividad
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación o entidad sin ánimo de lucro de Altorricón
  • Tienes domicilio social en Altorricón y estás inscrita en el Registro de Asociaciones
  • Vas a realizar actividades culturales, educativas, deportivas o festivas en 2026
  • Las actividades tienen utilidad pública o interés cultural
  • Tu entidad tiene ánimo de lucro
  • No tienes domicilio social en Altorricón
  • La actividad ya recibe otra ayuda del Ayuntamiento para la misma finalidad
  • Solo buscas financiar premios en metálico, comidas o viajes de ocio

Cuánto puedes recibir

Recibes como máximo el 80% del coste de la actividad; el resto lo aportas con fondos propios u otras ayudas. La cuantía concreta se decide según la puntuación, que valora la repercusión cultural, formativa o dinamizadora y la proporcionalidad entre el programa, su coste y sus vías de financiación. Puedes pedir un anticipo de hasta el 50% de la subvención concedida.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Prepara un estudio de las actividades que vas a realizar

  2. Reúne las declaraciones juradas (otras subvenciones, número de socios y no estar en prohibiciones)

  3. Cumplimenta la instancia de solicitud (Anexo I) dirigida a la Alcaldesa

  4. Presenta la solicitud en el registro del Ayuntamiento en los 30 días naturales siguientes a la publicación del extracto

Documentación necesaria

  • Instancia de solicitud (Anexo I)
  • Estudio de las actividades a realizar
  • Declaración jurada de las subvenciones recibidas para la misma actividad
  • Declaración del número de socios inscritos en la asociación
  • Declaración jurada de no incurrir en las prohibiciones para obtener subvenciones

Preguntas frecuentes

¿Qué gastos no se pueden subvencionar?
Los premios en metálico, las comidas, los viajes de ocio y las actividades programadas el mismo día que las del Ayuntamiento de Altorricón.
¿Puedo cobrar por adelantado?
Sí. Puedes recibir un anticipo de hasta el 50% de la subvención antes de justificarla.
¿Cuándo tengo que justificar la subvención?
Con una cuenta justificativa, en un plazo máximo de tres meses desde la finalización de la actividad.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, siempre que el conjunto de ayudas no supere el 80% del coste de la actividad.

Fuentes oficiales

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