Ayuda a asociaciones del comercio de Santa Cruz de La Palma
Ayuda a asociaciones para dinamizar el comercio de Santa Cruz de La Palma
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma para proyectos de dinamización del comercio local
- Para quién
- Asociaciones empresariales sin ánimo de lucro con sede social en Santa Cruz de La Palma
- Cuánto
- Se abona por adelantado el 100% del importe concedido; la cuantía depende de la valoración de tu proyecto
- Qué cubre
- Proyectos para dinamizar la actividad comercial de Santa Cruz de La Palma desarrollados durante 2026
- Requisitos
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- Ser una asociación empresarial sin ánimo de lucro con sede social en Santa Cruz de La Palma
- Estar inscrita en el Registro de Asociaciones de Canarias, con los estatutos depositados con una antigüedad mínima de 6 meses
- Estar al corriente en la presentación de documentación en el Registro Municipal de Asociaciones
- Haber justificado las subvenciones municipales concedidas anteriormente
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias estatales y autonómicas, con el ayuntamiento y con la Seguridad Social
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ejecutar el proyecto de dinamización comercial entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026 (plazo improrrogable)
- Presentar la aceptación expresa de la subvención (Anexo III) en 10 días hábiles desde la notificación
- Justificar técnica y económicamente la subvención antes del 28 de febrero de 2027
- Reintegrar la subvención si se incumplen las condiciones establecidas
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Representas a una asociación empresarial sin ánimo de lucro de Santa Cruz de La Palma
- Tu asociación tiene un proyecto para dinamizar el comercio local en 2026
- Tu asociación está inscrita en el Registro de Asociaciones de Canarias
- Has justificado las subvenciones municipales que recibiste en años anteriores
- Tu asociación no tiene sede social en Santa Cruz de La Palma
- Eres una empresa o comerciante individual, no una asociación empresarial
- No estás al corriente de tus obligaciones tributarias o con la Seguridad Social
- No has justificado subvenciones municipales concedidas anteriormente
Cuánto puedes recibir
El importe de cada subvención depende de la valoración de tu proyecto dentro de la concurrencia competitiva; la convocatoria no fija una cuantía individual. Una vez concedida y aceptada expresamente, se abona por adelantado el 100% de los fondos.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Prepara el proyecto de dinamización comercial y la memoria técnica (Anexo II)
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Reúne la documentación de la asociación: identificación fiscal, estatutos, certificados y alta a terceros
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Cumplimenta la solicitud (Anexo I)
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Presenta la solicitud en el Registro General del Ayuntamiento o en el Registro Electrónico, en los 10 días hábiles siguientes a la publicación del extracto
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Si te la conceden, presenta la aceptación expresa (Anexo III) en 10 días hábiles
Documentación necesaria
- Solicitud (Anexo I)
- Memoria Técnica del proyecto (Anexo II)
- Documento de Identificación Fiscal de la asociación
- DNI del presidente de la asociación
- Certificado del secretario sobre la representación del presidente
- Estatutos y certificado de su depósito en Canarias (antigüedad mínima de 6 meses)
- Certificado con la relación de empresas asociadas (nombre, NIF y actividad)
- Alta a terceros
- Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Acreditación de haber justificado ayudas de años anteriores, si procede