Ayudas para arreglar cubiertas y fachadas en Montanuy
Hasta 3.000€ por beneficiario por rehabilitar cubiertas y fachadas en Montanuy
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Montanuy para obras de rehabilitación de cubiertas y fachadas.
- Para quién
- Propietarios de viviendas o de edificios completos y comunidades de vecinos con inmuebles en los núcleos urbanos de Montanuy.
- Cuánto
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- Cuantía por metro cuadrado según el tipo de actuación, con un máximo de 3.000€ por expediente y beneficiario
La subvención no puede superar el 35% del presupuesto de la actividad, con un máximo de 3.000€ por expediente y por beneficiario.Actuación Cuantía Cubierta de inmueble urbano ejecutada en teja 18€/m2 Cubierta de inmueble urbano ejecutada en pizarra 21€/m2 Revocado de fachada con la técnica de piedra vista 10€/m2 Pared nueva con aplacado de piedra 13€/m2
- Cuantía por metro cuadrado según el tipo de actuación, con un máximo de 3.000€ por expediente y beneficiario
- Qué cubre
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- Rehabilitación o mejora de cubiertas ejecutadas en teja o en pizarra
- Revocado de fachadas mediante la técnica de piedra vista
- Ejecución de paredes nuevas con aplacado de piedra
- Requisitos
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- Eres propietario de la vivienda o del edificio, o sois una comunidad de vecinos
- Si la comunidad de vecinos no está constituida, firmáis la solicitud todos los propietarios
- El inmueble está en uno de los núcleos urbanos del municipio de Montanuy
- Has solicitado y obtenido la licencia de obras o el título habilitante que corresponda
- Has pagado las obligaciones tributarias derivadas de la actuación
- La obra está terminada entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Acredita la superficie realmente rehabilitada con certificación técnica o declaración responsable
- Permite que los servicios técnicos municipales comprueben después lo que has declarado
- Declara si has recibido otros ingresos o subvenciones para la misma actuación
- Aporta la documentación de estar al corriente con Hacienda, la Seguridad Social y el ayuntamiento si te conceden la ayuda
- Indica una cuenta bancaria de tu titularidad para recibir el pago
- Cuándo
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- Abre: Consulta directamente con la administración
- Último día: 31 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres propietario de una vivienda en un núcleo urbano de Montanuy
- Eres propietario de un edificio completo en el municipio
- Formas parte de una comunidad de vecinos que ha hecho obras en el edificio
- Has renovado la cubierta de tu inmueble con teja o con pizarra
- Has revocado la fachada con la técnica de piedra vista
- Terminaste la obra entre septiembre de 2025 y octubre de 2026
- Tu actividad empresarial es construir inmuebles para venderlos después
- La obra que has hecho es de nueva planta
- El edificio está fuera de ordenación
- Has actuado en paredes que no están orientadas a la vía pública
- No has obtenido la licencia de obras ni el título habilitante
Cuánto puedes recibir
Cobras una cuantía por cada metro cuadrado rehabilitado: 18€/m2 en cubiertas de teja, 21€/m2 en cubiertas de pizarra, 10€/m2 en revocado de fachada con piedra vista y 13€/m2 en paredes nuevas con aplacado de piedra. La ayuda no puede superar el 35% del presupuesto de la actividad ni 3.000€ por expediente y beneficiario. Si la suma de todas las solicitudes agota el crédito, se reparte de forma proporcional al coste de las obras de cada solicitante, con ese mismo tope de 3.000€.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Obtén la licencia de obras o el título habilitante antes de ejecutar la actuación
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Reúne la certificación del técnico competente con la superficie sobre la que has actuado, o la declaración responsable si es obra menor
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Rellena la solicitud del Anexo I y la declaración responsable del Anexo II
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Presenta la documentación en el registro de entrada del Ayuntamiento de Montanuy hasta el 31 de octubre de 2026
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Si te lo requieren, subsana la solicitud en el plazo máximo e improrrogable de 10 días
Documentación necesaria
- Solicitud de participación en la convocatoria (Anexo I)
- Documentos que acrediten la personalidad del solicitante y, en su caso, la representación de quien firma
- Declaración responsable (Anexo II)
- Presupuesto total con el coste de las actividades propuestas y las fuentes de financiación
- Certificación de técnico competente sobre la actuación ejecutada, con la superficie subvencionable
- Declaración responsable de obras menores (Anexo III), cuando la obra sea menor
- Certificado de final de obra, en caso de que resulte aplicable
- Certificado de titularidad de la cuenta bancaria designada para el pago