Subvenciones a entidades deportivas de Els Pallaresos
Subvención para clubes deportivos sin ánimo de lucro de Els Pallaresos en 2026
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Els Pallaresos para apoyar a las entidades deportivas sin ánimo de lucro.
- Para quién
- Entidades deportivas sin ánimo de lucro del municipio de Els Pallaresos.
- Cuánto
- Consulta directamente con la administración: el importe se determina según la puntuación obtenida, el presupuesto del proyecto y la disponibilidad presupuestaria
- Qué cubre
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- Cuotas federativas, tramitación de licencias deportivas y primas de seguros de la práctica deportiva
- Arbitrajes, derechos de inscripción y desplazamientos por competiciones oficiales
- Material deportivo fungible, alquiler de instalaciones y servicios técnicos y de formación deportiva
No son gastos subvencionables las inversiones en bienes inmuebles, los gastos de personal no vinculados directamente a la actividad deportiva, los gastos de protocolo, comidas, celebraciones o actos sociales internos, las multas, sanciones administrativas o intereses de demora, las actividades con finalidad lucrativa, ni el IVA cuando sea recuperable, deducible, compensable o repercutible por la entidad.
- Requisitos
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- Eres una entidad deportiva sin ánimo de lucro legalmente constituida
- Estás inscrita en el Registro de Entidades del municipio de Els Pallaresos
- Tienes el domicilio social o desarrollas tu actividad deportiva principal en Els Pallaresos
- Estás al corriente de tus obligaciones con la Hacienda Pública y frente a la Seguridad Social
- No mantienes deudas pendientes por ningún concepto con el Ayuntamiento de Els Pallaresos
- Presentas una única solicitud por NIF, obligatoriamente por vía telemática y con certificado digital
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Ejecuta las actuaciones entre el 1 de enero y el 15 de noviembre de 2026
- Presenta la cuenta justificativa simplificada entre el 16 y el 30 de noviembre de 2026
- Aporta la memoria económica, la relación clasificada de gastos con acreedor, importe y fecha, y la documentación del pago
- Acredita documentalmente que has dado publicidad y difusión al carácter público de la financiación municipal
- Declara las otras subvenciones o ingresos obtenidos para la misma actuación: la suma no puede superar el coste total de la actividad
- Si no quieres la subvención, manifiesta tu renuncia expresa en el plazo de un mes desde la notificación de la concesión
- Cuándo
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- Abre: 15 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 20 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una entidad deportiva sin ánimo de lucro de Els Pallaresos
- Estás inscrita en el Registro de Entidades del municipio
- Pagas cuotas federativas, licencias, arbitrajes o seguros deportivos
- Tienes gastos de desplazamiento por participar en competiciones oficiales
- Fomentas el deporte base, el deporte femenino o el deporte adaptado
- Tu actividad tiene finalidad lucrativa
- No estás inscrita en el Registro de Entidades de Els Pallaresos
- No tienes el domicilio social ni desarrollas tu actividad deportiva principal en el municipio
- Mantienes deudas pendientes por algún concepto con el Ayuntamiento de Els Pallaresos
- Ya tienes otra subvención del Ayuntamiento para esa misma actuación
Cuánto puedes recibir
El importe por solicitante no está especificado; consulta directamente con la administración. La cuantía individual se determina de forma proporcional según la puntuación obtenida en los criterios de valoración, el presupuesto de la actividad o proyecto presentado y la disponibilidad presupuestaria. El pago se hace por transferencia bancaria: un 70% anticipado tras la resolución de concesión y sin necesidad de constituir garantías, y el 30% restante una vez presentada y comprobada favorablemente la justificación. Si el importe justificado es inferior al presupuesto elegible aprobado, la subvención se reduce proporcionalmente.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Prepara la memoria deportiva del proyecto y el presupuesto de la actividad
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Cumplimenta el formulario específico de la sede electrónica del Ayuntamiento, con la declaración responsable incluida
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Presenta la solicitud por vía telemática y con certificado digital, entre el 15 de agosto y el 20 de septiembre de 2026
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Ejecuta las actuaciones subvencionadas entre el 1 de enero y el 15 de noviembre de 2026
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Presenta la cuenta justificativa simplificada entre el 16 y el 30 de noviembre de 2026
Documentación necesaria
- Formulario específico de solicitud disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento
- Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos y obligaciones de las bases reguladoras
- Memoria deportiva del proyecto o de la actividad
- Memoria económica descriptiva, en el momento de justificar
- Relación clasificada de los gastos efectuados, con el acreedor, el importe y la fecha
- Documentación acreditativa del pago de los gastos, si procede
- Relación de otros ingresos, subvenciones o ayudas obtenidos para financiar la actuación
- Acreditación del cumplimiento de las obligaciones de publicidad y difusión de la financiación municipal