Ayudas culturales a asociaciones de Calatayud
De 300 a 1.200 euros según la puntuación que obtenga tu actividad cultural
Lo que significa
- Qué es
- Subvención en concurrencia competitiva de la Comarca Comunidad de Calatayud para actividades de promoción y difusión de la cultura.
- Para quién
- Asociaciones y entidades culturales privadas sin ánimo de lucro con domicilio social en la comarca de Calatayud.
- Cuánto
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- Importe según la puntuación que obtenga tu proyecto
La subvención, aisladamente o junto con otros ingresos públicos o privados, no puede superar el 80% del coste de la actividad o el porcentaje declarado en la solicitud.Puntuación obtenida Importe de la subvención Entre 30 y 40 puntos 300 euros Entre 41 y 55 puntos 500 euros Entre 56 y 70 puntos 800 euros Entre 71 y 85 puntos 1000 euros Entre 86 y 100 puntos 1200 euros
- Importe según la puntuación que obtenga tu proyecto
- Qué cubre
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- Actividades de dinamización cultural, artística y patrimonial: intercambios y certámenes, encuentros culturales, artes plásticas, publicaciones, música tradicional, teatro e imagen
- Gastos estrictamente necesarios que respondan de manera indubitada a la naturaleza de la actividad
- Solo los gastos realizados durante el periodo del 1 de octubre de 2025 al 30 de septiembre de 2026
- Requisitos
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- Eres una asociación o entidad cultural de carácter privado y sin ánimo de lucro
- Estás legalmente constituida, tienes código de identificación fiscal y estás inscrita en el registro de la comunidad autónoma
- Tus estatutos recogen entre sus fines la promoción y difusión de la cultura
- Tu domicilio social está en algún municipio de la Comarca Comunidad de Calatayud
- No has suscrito convenios de colaboración con aportación económica con la Comarca en las materias de esta convocatoria
- Dispones del certificado de representante de persona jurídica para presentar la solicitud de forma electrónica
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Realiza la actividad dentro del periodo de ejecución, del 1 de octubre de 2025 al 30 de septiembre de 2026
- Incluye el logotipo de la Comarca en toda la información de la actividad y envíale antes la publicidad para su visto bueno
- Comunica a la Comarca la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien tu actividad
- Recopila el tipo de actividad cultural realizada y el número de participantes o espectadores
- Justifica por el total del presupuesto presentado, no solo por la cantidad subvencionada, hasta el 20 de octubre de 2026
- Acredita los pagos con justificantes bancarios: no se admiten pagos en efectivo, cheques, pagarés ni tiques de compra
- Cuándo
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- Abre: 4 de agosto de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
- Último día: 10 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres una asociación cultural sin ánimo de lucro
- Tu domicilio social está en un municipio de la comarca
- Organizas un certamen, un festival o un encuentro cultural
- Vas a editar una publicación o montar una actividad de artes plásticas
- Tus estatutos recogen la promoción y difusión de la cultura
- Tu entidad tiene ánimo de lucro
- Has firmado un convenio de colaboración con aportación económica con la Comarca
- No estás inscrita en el registro de asociaciones de la comunidad autónoma
- Tu actividad es una verbena, una discomóvil o un viaje meramente recreativo
- Dejaste sin justificar una subvención de la Comarca en los cuatro ejercicios anteriores
Cuánto puedes recibir
La cuantía depende de la puntuación de tu proyecto: 300 euros entre 30 y 40 puntos, 500 euros entre 41 y 55, 800 euros entre 56 y 70, 1000 euros entre 71 y 85 y 1200 euros entre 86 y 100 puntos. La subvención, aisladamente o junto con otros ingresos, no puede superar el 80% del coste de la actividad. Si no justificas el presupuesto total presentado, la subvención se disminuye proporcionalmente. El pago se realiza una vez justificada la actividad.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Prepara la memoria explicativa del proyecto (Anexo 2) con la descripción, las fechas, el público y el presupuesto detallado
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Reúne los estatutos, el CIF, la inscripción en el registro de asociaciones y la ficha de terceros
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Presenta la solicitud (Anexo 1) obligatoriamente de forma electrónica con el certificado de representante de persona jurídica
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Subsana en el plazo máximo e improrrogable de 10 días si el instructor te lo requiere
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Justifica con el Anexo 5 y sus memorias hasta el 20 de octubre de 2026
Documentación necesaria
- Impreso de solicitud de subvención (Anexo 1), que incluye la declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
- Memoria explicativa del proyecto (Anexo 2): descripción de la actividad, objeto, fechas de realización y público al que va dirigida
- Acreditación del representante legal (Anexo 3)
- Copia de los estatutos de la entidad, si no se han presentado antes o se han modificado
- Copia del CIF de la entidad, si no se ha presentado con anterioridad
- Copia de la inscripción en el registro de asociaciones de la comunidad autónoma, si no se ha presentado antes
- Ficha a terceros, si no se ha presentado antes o han cambiado los datos
- Justificación (Anexo 5): memoria de actuación justificativa (Anexo 5.A), certificación con la relación nominativa de gastos (Anexo 5.B), facturas originales o compulsadas, justificantes de pago y memoria fotográfica