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Ayudas Claras
Subvenciones Cataluña Cultura
Cultura Cataluña Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Subvenciones para actividades de cultura popular en Cataluña

Entre 400€ y 40.000€ por proyecto para actividades de cultura popular catalana.

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural para actividades de cultura popular y asociacionismo.
Para quién
Asociaciones, fundaciones y otras entidades privadas sin ánimo de lucro de Cataluña, y también ayuntamientos y entes que dependen de ellos.
Cuánto
Entre 400€ y 40.000€ por proyecto
Qué cubre
  • Cachés, honorarios, derechos de autor y personal técnico que participa en la actividad
  • Alquiler de salas, espacios, equipos de iluminación y sonido y mobiliario como sillas y escenarios
  • Material de promoción y difusión, vestuario, escenografía, seguros, material fungible y desplazamientos
    ConceptoLímite
    Vestuario y elementos de protección y seguridadHasta 4.000€
    EscenografíaHasta 4.000€
    Creación de partiturasHasta 4.000€
    Desplazamiento y manutención, si no se cobran cachés38€ por persona y día
    Desplazamiento en vehículo0,30€ por kilómetro, peajes incluidos aparte
    Las entidades privadas pueden imputar gastos generales o indirectos con un límite del 30% del presupuesto de gasto directo; los ayuntamientos y los entes que dependen de ellos, no.
Requisitos
  • Si eres una entidad privada sin ánimo de lucro, tienes el domicilio social en Cataluña
  • Has hecho o vas a hacer una de las actividades culturales que recoge esta línea de ayudas
  • La actividad se celebra en Cataluña durante el año natural de la concesión
  • Pides al menos 400€ y el presupuesto de tu proyecto llega a 800€
  • El presupuesto total de tu proyecto no supera los 80.000€
  • Respetas el número de solicitudes que puedes presentar según la modalidad

    Para las actividades que fomentan o difunden la cultura popular, tradicional y el asociacionismo solo puedes presentar un proyecto, con una única solicitud. Para las fiestas y elementos festivos debes presentar una solicitud por cada fiesta, con un máximo de 3 solicitudes.

Obligaciones
  • Acepta la subvención por escrito cuando se publique la propuesta provisional de concesión
  • Presenta la documentación adicional que se te pida junto con esa aceptación
  • Realiza la actividad cultural en Cataluña durante el año de la concesión
  • Justifica la subvención con la cuenta justificativa que te corresponde: los ayuntamientos y sus entes con Intervención, mediante declaración responsable de la Intervención; el resto, con cuenta justificativa sin aportar los justificantes de gasto
  • Haz todos los trámites de concesión y justificación por vía electrónica
Cuándo
  • Abre: 4 de septiembre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.
  • Último día: 6 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Eres una asociación o fundación cultural sin ánimo de lucro de Cataluña
  • Organizas actividades de cultura popular y tradicional catalana o aranesa
  • Programas una fiesta o un elemento festivo con reconocimiento en Cataluña
  • Eres un ayuntamiento o un ente que depende de él
  • La actividad se celebra en Cataluña durante el año de la concesión
  • Eres una federación de entidades
  • Tu entidad representa a colectivos de otras comunidades autónomas con presencia en Cataluña
  • Tu proyecto es un curso o una actividad de formación
  • Pides ayuda para viajes fuera de Cataluña o para viajes turísticos
  • Tu proyecto es un festival o una programación con artistas profesionales
  • Pides menos de 400€ o tu proyecto cuesta menos de 800€

Cuánto puedes recibir

Recibes entre 400€ y 40.000€ por proyecto, según la valoración que obtenga tu solicitud. No se admiten peticiones por debajo de 400€ ni proyectos con un presupuesto inferior a 800€, y tampoco se conceden ayudas a proyectos que, una vez valorados, se queden por debajo de 400€.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba que tu entidad y tu actividad encajan en esta línea de subvenciones

  2. Prepara el proyecto de actividad y su presupuesto

  3. Consigue un sistema de identificación y firma electrónica: si eres administración pública o ente dependiente, la tarjeta del personal de las administraciones públicas catalanas

  4. Presenta la solicitud exclusivamente por vía electrónica: las administraciones públicas y sus entes por la extranet de las administraciones catalanas, y el resto por el portal de trámites de la Generalitat

  5. Hazlo entre el 4 de septiembre y el 6 de octubre de 2026, hasta las 14:00 del último día

  6. Acepta la subvención si apareces en la propuesta provisional de concesión

Documentación necesaria

  • Formulario de solicitud firmado electrónicamente
  • Documento de aceptación de la subvención, cuando salga la propuesta provisional de concesión
  • Cuenta justificativa de la subvención

Preguntas frecuentes

¿Hasta qué hora puedo presentar la solicitud el último día?
El 6 de octubre de 2026 puedes presentarla hasta las 14:00:00 horas.
¿Puedo presentar más de una solicitud?
Depende de la modalidad. Para las actividades de fomento y difusión de la cultura popular solo puedes presentar un proyecto en una única solicitud. Para fiestas y elementos festivos, una solicitud por cada fiesta, con un máximo de 3.
¿Qué pasa si no me contestan?
El acuerdo debe dictarse y publicarse en un plazo máximo de seis meses desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria. Si pasa ese plazo sin publicarse, puedes entender que tu solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo.
¿Cómo me entero de si me la conceden?
Las propuestas provisionales y los acuerdos de concesión o denegación se publican en el tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya. Esa publicación sustituye a la notificación individual.
¿Puedo reclamar si me deniegan la subvención?
Sí. Puedes interponer un recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Cultura en el plazo de un mes desde la fecha de publicación.

Fuentes oficiales

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