Subvenciones a asociaciones sin ánimo de lucro en Moraña
Subvención para actividades culturales, formativas y deportivas de asociaciones
Lo que significa
- Qué es
- Subvención por concurrencia del Ayuntamiento de Moraña para actividades culturales, formativas y deportivas de entidades sin ánimo de lucro
- Para quién
- Personas jurídicas, asociaciones y entidades sin ánimo de lucro de Moraña
- Cuánto
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- Sin cuantía fija: el conjunto de ayudas no puede superar el 100% del coste de la actividad
Criterio de valoración Puntos Actividad que se desarrolla dentro del ámbito municipal 5 Actividad que se desarrolla fuera del ámbito municipal 3 De 1 a 5 ediciones 1 Más de 5 ediciones 2 Actividad promovida solo para los miembros de la asociación 1 Actividad abierta a toda la ciudadanía 2 De 0 a 50 beneficiarios 1 De 51 a 100 beneficiarios 2 Más de 100 beneficiarios 3 De 1 a 5 actividades en el ejercicio anterior 1 Más de 5 actividades en el ejercicio anterior 2 Uso de la lengua gallega en la realización y publicidad de la actividad 2
- Sin cuantía fija: el conjunto de ayudas no puede superar el 100% del coste de la actividad
- Qué cubre
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- Actividades de promoción y cooperación cultural, formativas o similares
- Actividades de promoción del deporte o realización de eventos deportivos
- Requisitos
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- Tu entidad es una persona jurídica, asociación o entidad sin fin de lucro
- Tienes el domicilio social en el Ayuntamiento de Moraña
- Desarrollas tu actividad dentro del ámbito municipal
- Estás válidamente constituida y registrada en el Registro Municipal de Asociaciones
- No tienes pendiente de justificación ninguna subvención o ayuda económica del Ayuntamiento de Moraña
- Presentas una instancia individualizada por cada actividad para la que pides ayuda
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Acepta expresamente la subvención en el plazo de 15 días desde que recibas el acuerdo de concesión
- Destina el dinero a la actividad subvencionada
- Menciona de forma clara el patrocinio del Ayuntamiento de Moraña en programas, carteles y demás material
- En productos digitales, incluye el patrocinio del ayuntamiento en los créditos finales
- Avisa al ayuntamiento con al menos un mes de antelación de las fechas, el horario y la duración de la actividad
- Justifica la realización de las actividades antes del 30 de noviembre de 2026, o hasta el 28 de diciembre de 2026 si se celebran en diciembre
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Tu asociación tiene el domicilio social en el Ayuntamiento de Moraña
- Desarrollas tu actividad dentro del ámbito municipal
- Estás inscrito en el Registro Municipal de Asociaciones
- Tu entidad carece de fin de lucro
- Organizas actividades de promoción y cooperación cultural o formativas
- Promueves eventos deportivos o actividades de promoción del deporte
- Tu entidad tiene ánimo de lucro
- Tu domicilio social está fuera del Ayuntamiento de Moraña
- Tienes pendiente de justificar alguna subvención del Ayuntamiento de Moraña
- La actividad ya está financiada este año por otro convenio con el ayuntamiento
- Solo quieres cubrir gastos de funcionamiento de tu entidad
- Buscas financiar fiestas patronales, orquestas o grupos musicales
Cuánto puedes recibir
No hay una cuantía fija por entidad: las solicitudes se comparan entre sí y se puntúan según el ámbito de la actividad, las ediciones celebradas, el interés general, el número de beneficiarios, las actividades del ejercicio anterior y el uso de la lengua gallega. El conjunto de ayudas que recibas no puede superar el 100% del coste de la actividad. Si te conceden menos de lo que pediste puedes pedir reformular la solicitud, aunque el presupuesto reformulado nunca puede bajar del 50% del inicial y la subvención se reduce en la misma proporción. El pago se hace una vez que la Intervención informe las subvenciones y las apruebe el Pleno.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Prepara una instancia individualizada para cada actividad, firmada por el representante legal
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Reúne la memoria explicativa de las acciones previstas y el presupuesto de gastos e ingresos con las facturas proforma
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Presenta la instancia y la documentación electrónicamente en el registro general del Ayuntamiento de Moraña
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Hazlo dentro de los 30 días naturales siguientes a la publicación del anuncio de las bases en el boletín oficial de la provincia
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Si te lo requieren, enmienda las anomalías advertidas en el plazo de diez días
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Acepta expresamente la subvención en 15 días desde que recibas el acuerdo de concesión
Documentación necesaria
- Instancia individualizada para cada actividad, firmada por el representante legal
- Certificado de la tesorería municipal de estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Moraña
- Declaración del representante legal con las subvenciones obtenidas o solicitadas para la misma finalidad y de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social
- Memoria explicativa de las acciones que se pretenden realizar, con fecha, lugar de celebración, objetivos, edición y estimación de beneficiarios
- Presupuesto de gastos e ingresos de la actividad, detallado en unidades y precios, con las facturas proforma que correspondan
- Memoria de actividades realizadas por la asociación en el año 2025