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Ayudas Claras
Subvenciones La Palma Comercio y turismo
Comercio y turismo La Palma Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas al emprendimiento y a la empresa en Breña Baja

Subvención de hasta 1.500€ para emprender o modernizar tu empresa en Breña Baja.

Lo que significa

Qué es
Subvención por concurrencia competitiva del Ayuntamiento de Breña Baja para crear una empresa nueva o modernizar una ya existente.
Para quién
Personas emprendedoras, sociedades, comunidades de bienes, agrupaciones de personas y empresas con actividad en Breña Baja.
Cuánto
  • 1.500€ fijos en la línea Emprende o el 75% del gasto en la línea Consolida
    LíneaAyuda
    Línea 1 · EmprendeSubvención fija de 1.500€, siempre que justifiques una inversión mínima subvencionable de igual importe
    Línea 2 · Consolida75% del gasto subvencionable, con un máximo de 1.500€ por solicitante
Qué cubre
  • Línea Emprende: gastos de puesta en marcha del negocio

    Gastos de constitución, honorarios profesionales, equipamiento, mobiliario, equipos informáticos, software, reformas, publicidad inicial y bienes de inversión.

  • Línea Consolida: inversiones para mejorar la competitividad

    Reformas, modernización, digitalización, equipamiento, eficiencia energética, sostenibilidad y cambio de local.

  • Solo cuentan los gastos realizados y pagados entre el 1 de noviembre de 2025 y el 15 de octubre de 2026
Requisitos
  • Si vas a la línea Emprende, iniciaste la actividad entre el 1 de noviembre de 2025 y el 15 de octubre de 2026
  • Estableces tu actividad en Breña Baja, con domicilio social o fiscal en el municipio
  • Si ya venías desarrollando la actividad, te instalas por primera vez en Breña Baja dentro de ese mismo periodo
  • Mantienes el cumplimiento de los requisitos tanto al presentar la solicitud como durante todo el procedimiento
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Mantén la actividad económica durante un mínimo de 12 meses
  • Realiza y paga los gastos subvencionables entre el 1 de noviembre de 2025 y el 15 de octubre de 2026
  • Acredita que cumples los requisitos exigidos para que te abonen la ayuda por transferencia bancaria
  • Si acumulas otras subvenciones, no superes entre todas el coste de la actividad subvencionada
Cuándo
  • Abre: Consulta directamente con la administración
  • Último día: 15 de octubre de 2026 Fecha calculada según la convocatoria oficial. Pueden existir matices (festivos locales, modificaciones posteriores); confirma siempre con la fuente oficial antes del último día.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Has puesto en marcha un negocio nuevo desde el 1 de noviembre de 2025
  • Tu empresa tiene domicilio social o fiscal en Breña Baja
  • Ya tenías actividad y te instalas por primera vez en Breña Baja
  • Quieres modernizar, digitalizar o reformar tu empresa ya implantada en el municipio
  • Eres una sociedad civil, comunidad de bienes o agrupación de personas de nueva creación
  • Tu actividad no está domiciliada en Breña Baja
  • Quieres la línea Emprende pero iniciaste la actividad antes del 1 de noviembre de 2025
  • Los gastos que quieres justificar se pagaron fuera del periodo subvencionable
  • El gasto está excluido expresamente por las bases reguladoras

Cuánto puedes recibir

Si has creado un negocio nuevo (línea Emprende) recibes una subvención fija de 1.500€, siempre que justifiques una inversión mínima subvencionable de ese mismo importe. Si ya tienes empresa y vas a modernizarla (línea Consolida), la ayuda cubre el 75% del gasto subvencionable, con un máximo de 1.500€ por solicitante. El pago se hace por transferencia bancaria una vez acreditado que cumples los requisitos exigidos.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Comprueba en qué línea encajas: Emprende, si acabas de crear el negocio, o Consolida, si vas a modernizar el que ya tienes

  2. Descarga los modelos normalizados en la página web del Ayuntamiento de Breña Baja o recógelos en la Agencia de Empleo y Desarrollo Local

  3. Reúne la documentación exigida y la relación de facturas de los gastos

  4. Presenta la solicitud, preferentemente en la sede electrónica del Ayuntamiento, antes del 15 de octubre de 2026

Documentación necesaria

  • Solicitud (Anexo I)
  • Ficha de la línea Emprende (Anexo IA)
  • Ficha de la línea Consolida (Anexo IB)
  • Relación de documentación (Anexo II)
  • Declaración responsable (Anexo III)
  • Relación de facturas (Anexo IV)

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedirla si ya tengo otra subvención por lo mismo?
Sí. Las ayudas son compatibles con otras subvenciones siempre que entre todas no se supere el coste de la actividad subvencionada.
¿Qué pasa si presento la solicitud incompleta?
El Ayuntamiento te concede un plazo de diez días hábiles para subsanarla. Si no subsanas, se entiende que desistes de la solicitud.
¿Cuánto tardan en resolver?
El plazo máximo para resolver es de seis meses desde que termina el plazo de presentación de solicitudes. Si pasa ese plazo sin resolución expresa, la solicitud puede entenderse desestimada.
¿Desde cuándo cuentan los gastos que presente?
Solo se subvencionan las actuaciones efectivamente realizadas y pagadas entre el 1 de noviembre de 2025 y el 15 de octubre de 2026.
¿Tengo que usar los modelos oficiales?
Sí. Los modelos normalizados están disponibles en la página web del Ayuntamiento y en la Agencia de Empleo y Desarrollo Local, y su uso es obligatorio para presentar la solicitud.

Fuentes oficiales

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