Ayudas a las ANPAS que gestionan comedores escolares
Entre 0,66€ y 0,78€ por usuario y día del comedor escolar del curso 2025/2026.
Lo que significa
- Qué es
- Ayuda de la Consejería de Educación de Galicia para cofinanciar los comedores escolares que gestionan las asociaciones de madres y padres.
- Para quién
- Asociaciones, federaciones y confederaciones de madres y padres de alumnado de centros públicos gallegos.
- Cuánto
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- Entre 0,66€ y 0,78€ por persona usuaria y día, según el tamaño del comedor
Las ayudas pueden sufragar hasta un máximo del 100% del gasto justificado por la prestación del servicio de comedor del centro.Número de usuarios del comedor escolar Importe de la ayuda por persona usuaria y día Comedores de 1 a 100 menús diarios 0,78€ Comedores de 101 a 200 menús diarios 0,72€ Comedores con más de 200 menús diarios 0,66€
- Entre 0,66€ y 0,78€ por persona usuaria y día, según el tamaño del comedor
- Qué cubre
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- Gastos de gestión del servicio de comedor escolar
El coste diario del menú por comensal y por los días de asistencia, la vigilancia y el cuidado del alumnado durante el servicio, los gastos de mantenimiento, personal y limpieza, y el menaje, materiales y utensilios para prestar el servicio.
- Pólizas de seguros contratadas por la asociación y vinculadas directamente al servicio de comedor escolar
- No se subvencionan los desayunos ni las meriendas que se ofrezcan en el comedor
- Gastos de gestión del servicio de comedor escolar
- Requisitos
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- Sois una asociación, federación o confederación de madres y padres de alumnado legalmente constituida
- Gestionáis, de forma directa o indirecta, el comedor de un centro público no universitario que imparte enseñanza básica obligatoria o educación infantil
- Las actuaciones se han desarrollado durante el curso académico 2025/2026
- Si prestáis el comedor fuera del centro, se cumplen dos condiciones añadidas
Que existan condiciones adecuadas de seguridad vial en el desplazamiento del alumnado hasta el local, y que el local donde se prestó el servicio haya sido el mismo durante todo el curso académico 2025/2026.
- Todo el personal con contacto habitual con los menores acredita la certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Sométete a las actuaciones de comprobación y de control financiero del órgano que concede la ayuda
- Comunica cualquier otra subvención, ayuda o ingreso que financie el servicio, antes de justificar los fondos
- Conserva los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos
- Da publicidad adecuada a la financiación pública del servicio de comedor escolar
- Informa a la comunidad escolar de las ayudas percibidas para la gestión del comedor
- Si subcontratas más del 20% del importe y este supera los 60.000 euros, firma el contrato por escrito y pide autorización previa
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Sois una asociación de madres y padres que gestiona el comedor de un centro público
- Contratáis personal propio para prestar el servicio de comedor
- Contratáis una empresa especializada para el comedor escolar
- Prestáis el comedor en un local próximo al centro por falta de instalaciones idóneas
- Sois una federación o confederación de asociaciones de madres y padres
- El centro no es un centro público no universitario dependiente de la consejería de educación gallega
- No gestionáis el comedor escolar, ni de forma directa ni indirecta
- El gasto corresponde a desayunos o meriendas
- El servicio no se prestó durante el curso académico 2025/2026
Cuánto puedes recibir
Cobras una cantidad por cada persona usuaria y día: 0,78€ en comedores de 1 a 100 menús diarios, 0,72€ en los de 101 a 200 menús y 0,66€ en los de más de 200. El promedio de menús diarios se calcula dividiendo el total de menús servidos durante el curso entre los días de prestación del servicio, con un máximo de 178 días. La ayuda puede llegar al 100% del gasto justificado y, sumada a otras ayudas, no puede superar el coste de la actividad.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Pide a la empresa gestora el certificado con el número de menús servidos por mes, excluyendo los financiados por los ayuntamientos
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Cumplimenta el Anexo II con la memoria del comedor, los usuarios, los menús servidos y la cuenta justificativa
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Reúne las facturas, las nóminas y los justificantes de pago del servicio
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Presenta la solicitud obligatoriamente por medios electrónicos en la sede electrónica de la Xunta de Galicia
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Hazlo dentro del plazo de un mes, que empieza a contar transcurridos 8 días naturales desde el día siguiente a la publicación en el diario oficial
Documentación necesaria
- Solicitud según el modelo del Anexo I, suscrita por el representante legal, con sus declaraciones responsables
- Documentación acreditativa de la representación de la persona solicitante
- Anexo II con la memoria del comedor, la declaración de usuarios y menús servidos y el presupuesto o cuenta justificativa; las federaciones presentan uno por cada asociación
- Facturas o documentos de valor probatorio equivalente de los gastos, con sus justificantes de pago
- Si hay gastos de personal, nóminas, justificante de su pago y acreditación de las retenciones y de las cotizaciones a la Seguridad Social
- Si se computan pólizas de seguros, informe o declaración de la aseguradora con el porcentaje de la póliza vinculada al comedor
- Certificado de la empresa proveedora con el número de usuarios y menús servidos por meses e importes mensuales
- Copia del contrato o encargo suscrito con el subcontratista cuando las familias pagan directamente a la empresa