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Ayudas Claras
Subvenciones El Hierro Cultura
Cultura El Hierro Versión legible elaborada con ayuda de inteligencia artificial a partir de fuentes oficiales.

Ayudas para instrumentos y vestimenta de grupos folclóricos

Ayuda para comprar instrumentos y vestimenta tradicional canaria artesanales

Lo que significa

Qué es
Subvención en concurrencia competitiva del Cabildo Insular de Tenerife para comprar instrumentos musicales y vestimenta tradicional canaria
Para quién
Asociaciones culturales y otras entidades sin ánimo de lucro que cuentan con un grupo folclórico estable en la isla de Tenerife
Cuánto
Hasta el 80% del coste de la inversión subvencionable, con un máximo de 10.000€ por entidad beneficiaria
Qué cubre
  • Instrumentos musicales propios del folclore tradicional canario y los que emplean habitualmente los grupos folclóricos canarios
  • Vestimenta tradicional o típica canaria completa, o los elementos esenciales que permitan completar un conjunto
  • Telas, tejidos y demás materiales para confeccionar la vestimenta, como parte del coste de la prenda o del conjunto
Requisitos
  • Sois una asociación cultural u otra entidad sin ánimo de lucro con un grupo folclórico estable en la isla de Tenerife
  • Los bienes que adquirís tienen la consideración de bienes inventariables
  • Los bienes se destinan al desarrollo de la actividad propia del grupo folclórico
  • Los bienes están elaborados artesanalmente en Canarias y responden a las características propias del folclore canario
  • No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
    • Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
    • Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
    • Concurso de acreedores.
    • Inhabilitación para contratar con el sector público.
    • Residencia fiscal en paraíso fiscal.
    • Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
Obligaciones
  • Justifica la realización del 100% del importe de la inversión subvencionable
  • Presenta la justificación de los bienes adquiridos tras la resolución en los dos meses siguientes al fin del plazo de ejecución de diez meses
  • Aporta una memoria de actuación con la relación detallada de los bienes adquiridos, su cantidad y su coste
  • Aporta documentación gráfica de los bienes adquiridos y, en su caso, de su uso por el grupo
  • Reintegra la subvención, total o parcialmente, si no justificas o la justificación es inadecuada
Cuándo

La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.

¿Te interesa esta ayuda?

Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.

  • Sois una asociación cultural o entidad sin ánimo de lucro con un grupo folclórico estable en Tenerife
  • Necesitáis comprar instrumentos musicales del folclore tradicional canario
  • Vais a adquirir vestimenta tradicional o típica canaria, o las telas para confeccionarla
  • Los bienes que vais a comprar están elaborados artesanalmente en Canarias
  • Sois una asociación de mayores con grupo folclórico, aunque no sea vuestro objeto principal
  • Sois una escuela de folclore o un grupo adscrito a ella
  • Los bienes no están elaborados artesanalmente en Canarias
  • Los bienes no tienen la consideración de inventariables
  • Los bienes no se destinan al desarrollo de la actividad propia del grupo folclórico

Cuánto puedes recibir

La subvención puede alcanzar hasta el 80% del coste de la inversión subvencionable, con un importe máximo de 10.000€ por entidad beneficiaria; el porcentaje restante hasta cubrir el coste total lo financia la entidad con recursos propios o con aportaciones de otras entidades. Para que la solicitud se admita a trámite, el presupuesto de la inversión subvencionable debe ser igual o superior a 2.000€: por debajo de esa cifra queda excluida. El importe, solo o sumado a otras ayudas, no puede superar el coste de la inversión subvencionable. El abono es anticipado, del 100% de la subvención concedida. Si el importe de la inversión justificada resulta inferior al que sirvió de base para calcular la subvención concedida, tendrás que reintegrar de forma proporcional la parte anticipada y no justificada, más los intereses de demora.

Cómo solicitarla, paso a paso

  1. Reúne la documentación de la entidad: identificación fiscal, estatutos y acreditación de la inscripción registral

  2. Prepara la memoria de solicitud y el presupuesto de ingresos y gastos de la inversión

  3. Accede al trámite en la sede electrónica del Cabildo Insular de Tenerife identificándote con un medio reconocido

  4. Cumplimenta el formulario normalizado oficial, adjunta los documentos y firma la presentación

  5. Presenta la solicitud dentro de los 30 días naturales siguientes a la publicación de la convocatoria

  6. Subsana en diez días hábiles si te lo requieren en el tablón de anuncios de la sede electrónica

Documentación necesaria

  • Modelo normalizado oficial de solicitud, cumplimentado y firmado por el representante legal
  • Tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal definitivo de la entidad
  • Escrituras o acuerdo de constitución, estatutos y sus modificaciones, en su caso
  • Acreditación de la inscripción en el registro público correspondiente: certificado del Registro de Asociaciones de Canarias o del Registro de Fundaciones de Canarias
  • Acreditación de la representación de quien firma la solicitud
  • Certificado expedido por la persona que ejerce la secretaría de la entidad (Anexo VI)
  • Documento de alta o modificación de datos de terceros con la cuenta corriente de la entidad
  • Memoria de solicitud de la subvención (Anexo II)
  • Presupuesto de ingresos y gastos de la inversión (Anexo III)
  • Para justificar: memoria de actuación, documentación gráfica de los bienes adquiridos y declaración de ingresos y gastos (Anexo V)

Preguntas frecuentes

¿Pueden pedirla las escuelas de folclore?
No. Quedan expresamente fuera de estas bases las escuelas de folclore, de cualquier titularidad, y los grupos adscritos a ellas, por tratarse de formaciones de carácter formativo y no de agrupaciones folclóricas estables.
¿Y las asociaciones de mayores?
Sí pueden ser beneficiarias, aunque la actividad folclórica no constituya su objeto principal, siempre que cuenten con un grupo folclórico, con o sin cuerpo de baile, y cumplan el resto de requisitos.
¿Qué es un bien elaborado artesanalmente en Canarias?
Aquel cuya fabricación o confección se haya realizado en Canarias mediante procedimientos artesanales y responda a las características propias de los instrumentos musicales y de la vestimenta tradicional o típica canaria objeto de subvención.
¿Puedo ajustar el proyecto si me conceden menos de lo pedido?
Sí. Si la propuesta de resolución provisional concede un importe inferior al solicitado, puedes reformular el proyecto en el plazo de diez días hábiles, siempre que mantengas al menos la misma puntuación, sigas cumpliendo los requisitos y no suponga una solicitud sustancialmente distinta.
¿Cómo me comunican las resoluciones?
El requerimiento de subsanación, las propuestas provisional y definitiva y la resolución se publican en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Cabildo. Las notificaciones posteriores a la resolución se practican de forma individual a través de la Dirección Electrónica Habilitada única.

Fuentes oficiales

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