Presupuestos participativos en centros de Cartagena
Dotación para que el alumnado decida en qué invertir el dinero de su centro
Lo que significa
- Qué es
- Subvención del Ayuntamiento de Cartagena para que los centros hagan una experiencia de presupuestos participativos
- Para quién
- Centros educativos de Cartagena sostenidos con fondos públicos: infantil, primaria, educación especial y secundaria
- Cuánto
- La cuantía por centro sale de dividir el crédito de la convocatoria entre el total de puntos y multiplicarlo por los puntos obtenidos en tu solicitud
- Qué cubre
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- Las inversiones que resulten votadas por el alumnado: bienes inventariables, con garantía y que no se deterioren rápido con el uso
- Instalaciones y equipamiento con beneficio colectivo para la comunidad educativa
A modo de ejemplo, se considera inversión: instalaciones como columpios, toboganes o rocódromos; ordenadores, pantallas interactivas, tabletas y portátiles; mesas de ping-pong, mesas de picnic, bancos de exterior, cortinas, mobiliario o megafonía.
- El coste de montaje o instalación de las propuestas que lo requieran, si está directamente relacionado con ellas
- Requisitos
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- Eres un centro educativo de Cartagena sostenido con fondos públicos
- Todo el alumnado del centro participa en el proceso de presupuestos participativos
- El equipo directivo designa un profesor o profesora coordinadora que hace de enlace con el ayuntamiento
- Te comprometes a que el centro asista a las reuniones de coordinación del proyecto
- Presentas un proyecto pedagógico de la experiencia que no supere los doce folios a doble cara
- Mantienes los requisitos hasta el 30 de septiembre de 2027, cuando finaliza la justificación
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No estar inhabilitado para recibir subvenciones públicas
Causas de exclusión (art. 13.2 Ley 38/2003):
- Deudas con Hacienda o Seguridad Social.
- Condena firme por delitos contra la administración (prevaricación, cohecho, malversación, fraude).
- Concurso de acreedores.
- Inhabilitación para contratar con el sector público.
- Residencia fiscal en paraíso fiscal.
- Otras causas listadas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003.
- Obligaciones
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- Desarrolla el proceso a lo largo de las fases establecidas y cumple las fechas acordadas
- Remite al servicio de presupuestos participativos las actas de propuestas priorizadas y de resultados
- Compra solo las propuestas ganadoras publicadas: no se admiten facturas anteriores a la publicación de los listados
- Solicita los permisos a la administración titular del centro si la propuesta requiere instalación
- Justifica en los tres meses siguientes al fin de la actividad y, en todo caso, antes del 30 de septiembre de 2027
- Presenta la memoria pedagógica final, la relación clasificada de gastos, las facturas y los justificantes de pago
- Cuándo
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La convocatoria no publica fechas concretas. La administración fija el plazo en el extracto del boletín oficial; consulta la fuente para conocerlo.
¿Te interesa esta ayuda?
Repasa rápidamente si encajas en los requisitos antes de seguir leyendo.
- Eres un centro educativo de Cartagena sostenido con fondos públicos
- Impartes segundo ciclo de infantil, primaria, educación especial o secundaria
- Quieres que tu alumnado decida en qué invertir una dotación del centro
- Puedes designar un profesorado coordinador y un grupo motor de alumnos
- Tu centro no está sostenido con fondos públicos
- El centro no está en el municipio de Cartagena
- Quieres destinar la ayuda a material fungible o a reparaciones
- No vas a implicar a todo el alumnado en el proceso participativo
Cuánto puedes recibir
La cuantía se determina por prorrateo: se suman los puntos obtenidos por todas las solicitudes, se divide el crédito de la convocatoria entre ese total para obtener el valor económico de cada punto y se multiplica por los puntos de cada centro. En ningún caso el conjunto de subvenciones concedidas supera el crédito consignado. La justificación debe referirse a gastos de carácter inventariable ejecutados en el ejercicio 2027.
Cómo solicitarla, paso a paso
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Elige al profesorado coordinador del proyecto y al grupo motor de alumnos
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Redacta el proyecto pedagógico con fundamentación, entorno social, objetivos, metodología, actividades y evaluación
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Reúne el certificado bancario de la cuenta del centro y el de composición del equipo directivo
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Presenta la instancia general y los anexos por la sede electrónica municipal con el certificado digital del centro
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Hazlo en el plazo de un mes desde la publicación de la convocatoria
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Formula alegaciones en diez días si no estás conforme con la propuesta de resolución provisional
Documentación necesaria
- Instancia general dirigida a la Concejalía de Educación
- Solicitud (Anexo I)
- Certificación de la entidad bancaria de la cuenta abierta a nombre del centro, indicando IBAN, titular y autorizados
- Certificación de la secretaría del centro sobre la composición actual del equipo directivo
- Certificados necesarios para acreditar los criterios de baremación
- Declaración responsable firmada por la dirección del centro, con los certificados de las obligaciones ante la Seguridad Social y la Agencia Tributaria (Anexo II)
- Proyecto pedagógico de la experiencia de presupuestos participativos, con un máximo de doce folios a doble cara
- Información sobre el centro y teléfonos de contacto (Anexo III)
- Declaración responsable que autoriza la toma y publicación de imágenes del alumnado menor de edad (Anexo IV)
- Para justificar: memoria pedagógica final, relación clasificada de gastos, facturas, justificantes de pago y Anexo V